La Administración Pública Estatal y Tributaria: Estructura, Hacienda y Derechos del Ciudadano

Enviado por Programa Chuletas y clasificado en Francés

Escrito el en español con un tamaño de 6,99 KB

La Administración Pública. La Administración Pública Estatal, la Hacienda Pública y la Administración Tributaria. El Ciudadano y la Administración

La Administración Pública

La Administración Pública comprende el conjunto de órganos y personas encargadas de realizar la función pública administrativa, con personalidad jurídica con derechos y obligaciones.

El art. 1.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA) entiende por Administración Pública:

  • La Administración del Estado.
  • La Administración de las comunidades autónomas.
  • La Administración local.
  • Las corporaciones e instituciones públicas sometidas a la tutela del Estado.

Principios

Su función principal, según el art. 103 de la C.E., es la de servir con objetividad los intereses generales actuando para ello con acuerdo a los principios de:

  • Eficacia
  • Jerarquía
  • Descentralización
  • Desconcentración
  • Coordinación

Con sometimiento pleno a la ley y al derecho.

La Administración Pública Estatal

La Administración Pública estatal ejerce sus competencias en todo el territorio nacional y se caracteriza por:

  • Actuar para el cumplimiento de sus fines con personalidad jurídica única.
  • Estar al servicio del Estado como unidad política.
  • Constituirse como personalidad jurídica territorial.

Su ejercicio corresponde al Gobierno, el cual dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado, toda vez que ejerce la potestad ejecutiva y reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.

El Gobierno se compone de:

  • El Presidente
  • Los Vicepresidentes
  • Los Ministros
  • Demás miembros que determine la ley

Para el ejercicio de sus competencias, la Administración estatal se dota de una serie de órganos que se clasifican en:

1. Órganos Centrales

  • Órganos superiores: Presidente, Vicepresidentes, Ministros, Comisiones delegadas, Secretarios de Estado.
  • Órganos directivos: Subsecretarios, Secretarios generales, Secretarios generales técnicos, Directores generales, Subdirectores generales.

2. Órganos Locales de la Administración Estatal

Los Delegados del Gobierno en las C.C.A.A. y los Subdelegados del Gobierno en las provincias.

3. Órganos Consultivos

El Consejo de Estado (constituido por 21 miembros, es el supremo órgano consultivo del Gobierno, adoptando sus resoluciones en forma de dictámenes y propuestas).

La Hacienda Pública y la Administración Tributaria

La Hacienda Pública: Es el conjunto de bienes cuya titularidad corresponde al Estado y a sus órganos autónomos.

La Administración Tributaria: Se trata de aquella parte de la Administración del Estado que tiene como finalidad la fiscalización de los ingresos y los gastos públicos.

Así pues, podemos encontrar:

  • Ingresos públicos: Ordinarios y extraordinarios, de derecho público y de derecho privado, presupuestarios y extrapresupuestarios.
  • Tributos: Tasas, contribuciones, impuestos.

Los Presupuestos Generales del Estado

Los Presupuestos Generales del Estado incluirán la totalidad de los gastos e ingresos públicos estatales, serán elaborados con carácter anual por el Gobierno, correspondiendo su examen, enmienda y aprobación a las Cortes Generales.

Así pues, el control de la actividad presupuestaria corresponde a:

  • La propia Administración
  • El Parlamento
  • El Tribunal de Cuentas

El Ciudadano y la Administración

Las relaciones entre los ciudadanos y la Administración pública en sus actuaciones se regula por el procedimiento administrativo y garantiza el principio de igualdad de todos los ciudadanos ante la Administración.

Tienen capacidad de obrar (es decir, pueden actuar) ante la Administración, además de las personas que tienen capacidad civil, los menores de edad en los casos en los que pretendan defender sus derechos o intereses y el procedimiento administrativo correspondiente les permita actuar sin la asistencia de las personas que ejercen sobre ellos la patria potestad, tutela o curatela.

Los incapacitados no pueden actuar ante la Administración si su incapacidad afecta al ejercicio de los derechos o intereses que pretenden hacer valer ante la misma.

Se consideran interesados en el procedimiento administrativo:

  • Los que lo inician como titulares de derechos o intereses, ya sean individuales o colectivos.
  • Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tienen derechos que puedan verse afectados por la decisión que se adopte en el procedimiento administrativo.
  • Las asociaciones y organizaciones que representen intereses económicos y sociales.
  • Los herederos del interesado en el procedimiento administrativo.

Derechos de los Ciudadanos en sus Relaciones con la Administración

  • Conocer, en cualquier momento, el estado de la tramitación del procedimiento, y obtener copias de los documentos que contenga el expediente administrativo.
  • Solicitar que los funcionarios responsables de la tramitación del procedimiento se identifiquen y exigir ser tratados con respeto.
  • Obtener una copia sellada de todos los documentos que presenten e incluso solicitar la devolución de los mismos.
  • Utilizar las lenguas que sean oficiales en el territorio de nuestra comunidad autónoma.
  • Formular alegaciones y aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia.
  • Estos documentos y alegaciones deben ser tenidos en cuenta por el órgano administrativo al redactar la resolución.
  • Obtener información y orientación sobre los requisitos de las solicitudes que deseen formular, así como acceder a los registros y archivos de las administraciones públicas.
  • Exigir responsabilidades a la Administración pública y a sus funcionarios.

Los ciudadanos están obligados a facilitar a la Administración informes, la realización de inspecciones y de aquellos otros actos de investigación solo en los casos en los que esta obligación esté prevista legalmente.

De la misma forma, los ciudadanos solo están obligados a comparecer en las oficinas públicas cuando esta posibilidad se prevea en alguna ley.

En estos casos, la citación debe expresar el lugar, la fecha, la hora, el objeto de la comparecencia y las consecuencias que pueden derivarse si no acuden.

La Obligación de Resolver de la Administración

La Administración está obligada a dictar una resolución expresa en todos los procedimientos administrativos, independientemente de que estos se inicien a instancias de los interesados o de la propia Administración.

Entradas relacionadas: