La administración local y sus entidades

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T5

La administración

Está formada por entes con responsabilidad jurídica propia.

Entidades locales necesarios :

1) Municipios, provincias e islas

2) Mancomunidades de municipios, áreas metropolitanas, comarcas entes locales menores.

La autonomía local

es una autonomía administrativa, no política, ya que carece de potestad legislativa, solo tiene potestad reglamentaria y de autooganizacion.

El municipio

es el territorio en el ejerce sus competencias, como es el ayuntamiento, y está integrado por el alcalde y concejales elegido por sufragio universal. Sus elementos son:

a) Término municipal: territorio donde ejerce su competencia el Ayto

b) Población municipal: conjunto de personas que reside y no reside en el municipio

c) Organización municipal: órganos de gobierno del municipio

El gobierno municipal

Órganos necesarios: son 4

1. Alcalde: es un órgano unipersonal que preside la corporación. Es elegido entre los concejales por mayoría absoluta. Atribuciones: -Representar al Ayto.-Dirigir el gobierno y administración municipales- Nombrar y cesar a los tenientes de alcalde- Presidir las sesiones del pleno- Dirigir la política municipal- Ejercer la jefatura superior de la corporación

2. Tenientes alcalde: son concejales que en ocasiones sustituyen al alcalde.

3. Pleno municipal: integrados por concejales y alcalde. Atribuciones: -Elegir y destituir al alcalde- Aprobar y modificar los presupuestos- Aprobar la plantilla de personal y las bases de su puesto de trabajo- Aprobar planes urbanísticos y proyectos.

4. Junta de gobierno local: presente en +5000h, integrado por el alcalde y concejales no superiores a un tercio del número legal. Atribuciones: -Asistencia permanente al alcalde- Otras que el alcalde u otros órganos deleguen.

Órganos complementarios: son 7

1. Concejales delegados: ostentan algunas materias o sectores de actividad.

2. Comisiones informativas: formados por los representantes de todos los grupos políticos para el estudio de cuestiones a llevar al pleno

3. Comisión especial de cuentas: es examinar, estudiar e informar de todas las cuentas que debe aprobar el pleno.

4. Consejos sectoriales: proponen iniciativas de distintas sectores.

5. Representantes personales: nombrados por el alcalde en los poblados o barriadas separadas del caso urbano.

6. Juntas municipales de distrito: para gestionar mejor los asuntos municipales.

7. Comisión especial de sugerencias y reclamaciones: creadas para la defensa de los vecinos antes la administración municipal.

El régimen de concejo abierto

se aplica en municipios de pocos habitantes, menos de 100 o mas de 100 si ya se aplicaba. Formado por el alcalde y una asamblea de vecinos.

Régimen de organización de los municipios de gran población

1. Distritos: son divisiones territoriales dotadas de órganos de gestión desconcentrada, para impulsar y desarrollar la participación ciudadana.

2. Consejo social de la ciudad: integrado por representantes de las organizaciones económicas, sociales y profesionales de vecinos más representativas. Dicho consejo emitirá informenes, estudios y realizara presupuestos.

3. Asesoría jurídica: órgano administrativo responsable de la asistencia jurídica al alcalde y a la junta de gobierno local y a los órganos directivos.

Servicios municipales

A )En todos:                                                        b) En + de 5000h

- Cementerio                                                       - Parque publico

- Limpieza viaria                                                   - Biblioteca

- Alcantarillado                                                     - Mercado

- Agua domiciliaria                                               - Tratamiento de residuos

- Pavimentación vía pública

c) +de 20000h                                                     d) + de 50000h

- Protección civil                                                  - Transporte urbano

- Servicios sociales                                              - Protección de medio ambiente

- Prevención y extinción de incendios

- Instalaciones deportivas y matadero

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