Administración central y periférica del estado

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Comisiones delegadas del gobierno

Evolución y caracteres: Se crean en 1957, llevando una existencia irregular desde entonces. Se duce porque ha habido momentos que determinados presidentes se han apoyado mucho en CDG y otros las han vaciado prácticamente de competencias. Hoy en día son órganos de apoyo muy importantes. Son comités reducidos de Ministros de ámbito sectorial. Objetivo: Agilizar el funcionamiento del Gobierno y coordinar determinadas áreas. Regulación actual: Se crean, modifican y suprimen por el CM mediante RD, a propuesta del Presidente del Gobierno. Puede crear todas las que quiera el presidente. Composición: Presidente, Vicepresidente(s), Ministros y posibilidad de órganos inferiores (SE). Las preside el Presidente, que puede delegar en los Vicepresidentes. Todas las CDG las preside el presidente aunque puede delegar la presidencia al vicepresidente. Funciones (art. 6.4 LG).Coordinación de la labor de varios ministerios.Preparación de las tareas del Gobierno en materias de propuesta conjunta de varios ministerios.Función desconcentradora, con resolución de asuntos que afecten a varios ministerios y que no requieran pronunciamiento expreso del CM.Las CDG pueden dejar asuntos resueltos, toman decisiones que no tienen que pasar por el CM, a diferencia de la comisión general de secretarios de estado y subsecretarios. 

Comisión general de secretarios de estado y subsecretarios


: Gran volumen de asuntos de los que tiene que conocer el Gobierno. Que esos asuntos no lleguen crudos al CM. El órgano que asegura la representación de todos los ministerios son los subsecretarios. La subsecretaria sí que es un órgano de existencia obligatoria. Regulación actual. Están representados todos los Ministerios. La componen cargos de nivel inferior al de Ministro. Se reúnen los miércoles por la tarde. La preside el vicepresidente del gobierno.

El subsecretario de la presidencia actúa de secretario en la CGSESS. Dejan materialmente resueltos los asuntos sobre los que el CM tiene que emitir su decisión. Estos no pueden adoptar acuerdos. Los remiten en distintas carpetas. No pueden adoptar acuerdos formales, a diferencia de las CDG. Nacimiento. Por acuerdo del CM de 1 de Octubre de 1976, no publicado en el BOE nunca.  Funciones. Prepara las sesiones del CM, sin dejar resuelto formalmente.

La administración periférica

Javier de Burgos fue el precursor de nuestra adción periférica contemporánea, dividiendo el territorio en provincias y creando la figura del Delegado de Fomento (1833), que en 1 año se convierte en Gobernador Civil (1834).

Gobernador civil y prefecto francés en un principio eran totalmente semejantes. 

Evolución de la figura del Gobernador Civil opuesta a la del Prefecto francés, en el que se inspiró, lo que produce una cantonalización. El prefecto se va profesionalizando. En España ocurre lo inverso. El GC se va politizando, por cuestiones históricas. Se politiza tanto que llega la CE de 1978 y había que hacer algo con GC. CE no nombra a GC si no al delegado del gobierno por encima del GC. En 1997 desaparece el GC.Impacto de la aprobación de la CE de 1978 y del proceso autonómico. 

Delegado del gobierno

 Origen es art. 154 de la CE. Su figura está tomada del comisario del gobierno de la constitución italiana. Inicialmente su figura se vio con recelo por parte de las CCAA. La CE garantiza su autonomía, pero pone órgano de vigilancia. Esto no es así. DG no ejerce competencias de control sobre ejercicio de competencias autonómicas. Su labor es coordinar las competencias propias, no coarta competencias ajenas. Dependen primariamente de la presidencia del gobierno, adscritos a M de la presidencia. Pero dadas sus competencias, y por ser órgano a mayor nivel de competencias estatales en territorios, tienen relación con todos los departamentos ministeriales. Incluso aquellos cuyos servicios periféricos no están integrados. Es alto cargo nombrado y cesado libremente por CM a propuesta del presidente. No hay delegaciones del gobierno ni de defensa ni de hacienda. Los servicios territoriales de defensa son delegaciones de defensa. FUNCIONES (art. 73 ley 40/2015)
: Representante del gobierno en el territorio de la CA/ Dirige AGE en el territorio de la CA/ Coordina la APE con la de la CA y la de los EELL/ Ejerce las potestades administrativas superiores. Estas son por ejemplo expropiación forzosa (aquellas que van por procedimiento ordinario), competencias sancionadoras/ Es el jefe de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado en la CA. Jefe de la policía y guardia civil. 

Subdelegados del gobierno

Son los antiguos GC. Los GC desparecen en el 97 y la LOFAGE crea la figura de los subdelegados. GC desparecen por estar muy politizados.  Había dos ideologías que se lo querían cargar. Una la izquierda porque durante el régimen franquista lo veían como la cara más visible del recorte de libertades públicas. Eran los que daban palos. Los GC ejercían labor de jefe de policía y represión. Otra ideología que se los querían cargar eran los entonces nacionalistas porque el GC encarnaba el nacionalismo. En 1997 se crean los subdelegados del gobierno. Se diferencian de los GC en que tienen unas competencias mucho más limitadas. Se crea una figura claramente subordinada a la del delegado del gobierno. Actualmente son el segundo escalón de la admin. Periférica. Regulados en arts. 74 y 75 de la ley 40/2015 y en RD 617/1997. Nombramiento y cese. Aquí se ve la degradación. En la actualidad puede desarrollar el cargo de subdelegado un funcionario del grupo A1. Se nombra mediante resolución del delegado del gobierno por libre designación. Son meros funcionarios, se quiere profesionalizar, que no sea cargo político si no administrativo. FUNCIONES: Iguales que delgado del gobierno, pero circunscritas a la provincia y subordinado a lo que mande el delegado. 

Directores insulares

Antes delegados insulares, lo cambió la LOFAGE. Son el tercer escalón. Arts. 70 de la ley 40/2015. Existen en las islas menores. Ej. Baleares DG que reside en palma de Mallorca. No hay subdelegado del gobierno y hay directores insulares en Menorca y en Ibiza-Formentera. Ej. Canarias. DG en las palmas, subdelegado en cada provincia (GC y Tenerife) y directores insulares Lanzarote y Fuerteventura (GC) y en la palma, la gomera y el hierro (provincia de Tenerife). No confundir con cabildos insulares que son administración local o los consejos insulares de baleares. FUNCIONES: mismas que subdelegados del gobierno, pero referidas a la isla. Su nombramiento y cese lo hace el delegado del gobierno entre funcionarios del grupo A1. 

Administración general del estado en el exterior

La LOFAGE lo regulaba todo. Ahora esto se ha sacado de la administración general solo mención en art. 80 de la ley 40/2015 que se remite a la ley 2/2014 que es la ley del servicio exterior. Altos cargos son: embajadores y representantes permanentes en organismos internacionales. 

Las organizaciones administrativas especializadas

 La IGAE Intervención general de la admin. Del estado. Está en los servicios centrales, periféricos. Función muy específica: fiscalización y control. Órganos de fiscalización y control. ESTRUCTURA tres niveles: 1.Nivel central:
ministerio de hacienda dentro de la subsecretaría. Titular: interventor general del estado. 2.Intervenciones delegadas en los ministerios y OOPP. Intervención delegada en cada ministerio se encuadra en la subsecretaría correspondiente. OOPP. Se dividen en entidades públicas empresariales (Renfe, Adif etc.) en cada una hay interventores, y organismos autonómicos. 3.Intervenciones territoriales en las delegaciones de hacienda. En cada provincia hay delegación de hacienda. Intervienen toda la fiscalización en cada provincia. El objeto de la intervención es controlas los actos de contenido económico. Fiscalizar gastos. Para que salga dinero se cuentas publicas lo tiene que autorizar el interventor. Para ello los interventores hacen un informe que puede ser conforme o desfavorable. Si es desfavorable, eso se llama reparo. Cuando el interventor formula reparo hay que elevarlo al interventor general del estado. Si el interventor general del estado mantiene el reparo, entonces pasa a consejo de ministros que decidirá en última instancia. LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS Insertadas en secretarias de distintas subsecretarias de los departamentos ministeriales. Su función es controlar y asegurar el buen funcionamiento de todos los servicios y órganos del departamento.  Emiten informes sobre el régimen de compatibilidad de funcionarios. Declaran de fiscalizar como está configurado el cuadro de funcionario de cada ministerio. 

Dependen de la inspección general de servicios que con rango de dirección general se inserta en el MAP. 

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