Acuerdo 10/09/23: Normas de Evaluación y Acreditación Escolar

Enviado por Chuletator online y clasificado en Magisterio

Escrito el en español con un tamaño de 2,51 KB

Acuerdo 10/09/23: Evaluación y Acreditación en Educación Básica

El Acuerdo 10/09/23 establece que la evaluación de los estudiantes debe ser integral, incluyendo conocimientos, habilidades y destrezas. Se enfatiza que la evaluación forma parte del proceso educativo y debe ser retroalimentada para mejorar la enseñanza. Asimismo, se menciona que los planes de estudio deben ser revisados constantemente para simplificar trámites y reducir la carga administrativa de los docentes.

Puntos clave del acuerdo

  1. Ámbito de Aplicación: Se aplica a todas las escuelas de educación preescolar, primaria y secundaria, ya sean públicas o privadas con autorización del Estado, incluyendo ajustes para la educación indígena, especial y para migrantes.
  2. Sujetos Involucrados: Se destaca la participación de las autoridades educativas, personal docente, madres y padres de familia o tutores, y estudiantes. Se enfatiza el derecho de los padres a conocer los criterios de evaluación y a proporcionar información relevante sobre sus hijos para garantizar la inclusión efectiva.
  3. Periodos de Evaluación: El ciclo escolar se divide en tres periodos de evaluación, con fechas específicas para registrar y comunicar los resultados.
  4. Escala de Calificaciones: Se establecen escalas de calificaciones específicas para cada nivel educativo, con criterios de acreditación y promoción. En primaria y secundaria, se utilizan calificaciones numéricas y se establecen promedios mínimos para la acreditación.
  5. Regularización: Se menciona un proceso de regularización para estudiantes que no hayan aprobado ciertas materias o disciplinas.
  6. Certificación: Al finalizar la educación preescolar, primaria y secundaria, se emitirán certificados electrónicos de educación correspondientes.
  7. Acreditación y Promoción Anticipada: Los estudiantes con aptitudes sobresalientes pueden ser admitidos en niveles educativos superiores a una edad más temprana o saltar grados escolares, siempre que cumplan con los requisitos y procedimientos establecidos.
  8. Casos de Interpretación y Dudas: Se establece un procedimiento para resolver interpretaciones, dudas o cuestiones no previstas en estas normas a través de la Dirección General de Desarrollo Curricular y la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación.

Entradas relacionadas: