Actividades excluidas del derecho laboral

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1.2. Divisiones del Derecho.
Derecho público
: Sus normas van dirigidas a regular la actividad del Estado y de los organismos públicos entre sí, así como sus relaciones con los particulares cuando el Estado y los organismos públicos actúan de forma oficial.

Derecho privado


Regula las relaciones entre particulares o con el Estado y los organismos públicos cuando éstos actúan de forma privada.

Derecho del trabajo


Ocupa una posición intermedia entre el público y el privado, ya que e trata de un ordenamiento jurídico que comprende normas de ambos.
1.3. El trabajo y el Derecho laboral.
Voluntariedad:

El trabajador ha de ser libre durante el desarrollo de toda relación laboral; toma la determinación de trabajar o no, decide si trabaja para una persona o para otra y toma la decisión de poner fin a la relación laboral en cualquier momento.

Por cuenta ajena:


Se trabaja para otra persona a la cual se cede el fruto del trabajo cobrando a cambio un salario. Se excluye el trabajo por cuenta propia, cuyo resultado es para quien realiza la actividad laboral.

Dependencia:


El empresario es el que ordena cuando, donde y como ha de realizarse el trabajo. La subordinación no ha de ser absoluta, puesto que entonces el trabajo no sería libre.

Retribución:


Toda actividad laboral ha de ser remunerada, lo que excluye la realizada de forma gratuita. En el trabajo retribuido el empleado recibe un salario y el empresario obtiene los bienes o servicios fruto de la tarea desarrollada por el trabajador.
A. La constitución española de 1978 es la norma que ocupa una posición suprema en nuestro ordenamiento jurídico y que prevalece sobre el resto de las leyes.

1.5. Principios para la aplicación de las normas laborales

Normas mínimas
Norma más favorable
Irrenunciabilidad de derechos
Condición más beneficiosa
In dúo pro operario

2.11. Empresa de Trabajo Temporal (ETT)


Es aquella cuya actividad consiste en prestar o poner a disposición de otra empresa con carácter temporal, a trabajadores a su contratación.

2.12 Agencia privada de colocación

Esta agencia, sin ánimo de lucro, están promovidas por los ayuntamientos, sindicatos,… actúan de intermediarios entre empresa y el trabajador, la empresa contrata a los trabajadores y la empresa se encarga de pagarles el salario.

2.5. Periodo de prueba

El periodo de prueba es un tiempo de duración determinada que pueden pactar el empresario y el empleado con objeto de que ambas partes comprueben la conveniencia de la contratación.

2.10 Obligaciones del empresario


a) Afiliar al trabajador, en caso de que no lo este, y darle de alta en la Seguridad Social.
b) En el plazo de diez días hábiles siguientes a su contratación, e empresario deberá comunicar al INEM todos los contratos que realice para llevar el seguimiento del mercado de trabajo.
c) Informa a los representantes legales de los trabajadores sobre las contrataciones realizadas.
d) Cotizar a la Seguridad Social por el trabajador contratado y realizar el ingreso tanto de las cuotas correspondientes a la empresa como de las retenidas al trabajador en su nomina.

2.7. Actividades excluidas del Derecho laboral

1.- El trabajo desempeñado por funcionarios públicos.
2.- Las prestaciones personales obligatorias
3.- Los trabajos realizados a título de amistad, benevolencia o buena vecindad.
4.- La actividad de consejeros o miembros de órganos de administración de sociedades, siempre que no desempeñen otras funciones.
5.- Los trabajos familiares, salvo que se demuestre la condición de asalariados.
6.-La actividad de los comisionistas, siempre que respondan del buen fin de la operación.

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