Acciones de la Ley en la sociedad romana primitiva

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En una sociedad romana primitiva, la tendencia original no era que los particulares resolvieran sus conflictos mediante un tercero a través de una sentencia, sino que los romanos resolvían sus conflictos de manera particular, donde los propios agraviados resolvían sus conflictos mediante duelos, desafíos.

Características generales de las acciones de la ley

1- Oralidad ritual: los litigantes en la fase in iure debían hacer reclamaciones y peticiones de manera verbal y además era con palabras sacramentales preestablecidas por la ley o las antiguas costumbres.

a. Si se cometía el más pequeño error el juicio se perdía. Las partes antes de realizar una acción recurrían a los pontífices y posteriormente a los primeros jurisconsultos.

b. En estos rituales las partes era las que se representaban a sí mismos.

2- Las acciones de la pertenecen a las acciones de los juicios privados

a. Etapa estatal

b. Etapa privada

3- Son exclusivas de los ciudadanos romanos: solamente pueden ser ejercidas por ciudadanos romanos y solos pueden ser realizadas dentro del territorio romano.

4- No se admite en la fase in iudicio la rebeldía del demandado: esto se refiere a, por ejemplo, si es citado y esta persona sin justificación alguna no comparece, dentro del juicio romano si no se aparece en esta fase automáticamente se le da la razón a la parte presente.

5- Falta de apelación: la sentencia del iudex son inapelables

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