6. El Poder Judicial. Principios constitucionales. Estructura y organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional.

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El Poder Judicial

La Justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey (artículo 117 Constitución).
Es administrada por jueces y magistrados, que tienen las siguientes carácterísticas, según la Constitución:


· Independencia.
· Inamovilidad.
· Responsabilidad.
· Sometimiento a la Ley.

El Poder Judicial corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales, siempre según las Leyes.
Los jueces y magistrados son independientes. No tienen ninguna vinculación con ninguno de los otros dos poderes. Además no pueden desempeñar ningún otro cargo público, ni pertenecer a partidos políticos ni sindicatos.
Los jueces y magistrados tienen la responsabilidad que se deriva de sus derechos y deberes. Por eso, los errores judiciales dan derecho a indemnización a cargo del Estado (artículo 121).

La Justicia y los ciudadanos


Los ciudadanos pueden participar en la Justicia de los formas:

· Acción popular (hacer que se persiga un delito).
· Jurado popular (ser llamados a ser miembros del mismo) (artículo 125).

La Justicia será gratuita para quien tenga insuficientes recursos (artículo 119 Constitución)


Órganos judiciales

1. El Consejo General del Poder Judicial (artículo 122):


Es el órgano superior de gobierno de los jueces
. Sus competencias son de tipo general.


Está presidido por el Presidente del Tribunal supremo
. También forman parte de él 20 miembros nombrados por el Rey por un periodo de 5 años. De estos 20 miembros, 12 deben ser jueces y magistrados en activo, y se elegirán 6 en cada Cámara. Los restantes serán abogados o juristas con más de quince años de ejercicio de la profesión y reconocida competencia; serán elegidos la mitad por cada cámara, por mayoría de tres quintas partes de sus miembros.

Los acuerdos se adoptan por mayoría simple


2. El Tribunal Supremo (artículo 123):


Es el órgano jurisdiccional superior de España en todas las materias, excepto la constitucional


Está compuesto por un Presidente nombrado por el Rey a propuesta del Consejo General del Poder Judicial, y por los magistrados que le correspondan.

Tiene cinco salas
: la Primera, de lo Civil; la Segunda, de lo Penal; la Tercera, de lo Contencioso-Administrativo; la Cuarta, de lo Social; y la Quinta, de lo Militar.

3. El Ministerio Fiscal (artículo 124):


No forma parte del Poder Judicial, sino que es un importante colaborador


Su función es promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público. También vela por la independencia de los Tribunales.

Tienen una organización jerárquica. El Fiscal General del Estado es nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, y oído el Consejo General del Poder Judicial.

Estructura judicial en España

Está configurada a partir del Tribunal Supremo
:


1. Audiencia Nacional.A2. Juzgados Centrales de Instrucción y de lo Penal.A3. Tribunales Superiores de Justicia.4. Audiencias Provinciales.5. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.6. Juzgados de lo Penal.7. Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.8. Juzgados de lo social.A9. Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.A10. Juzgados de Menores.11. Juzgados de Paz.

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