Delitos contra la Vida: Distinción entre Homicidio, Lesiones y Alevosía
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Diferenciación entre Tentativa de Homicidio y Lesiones Consumadas
¿Cómo se distingue un homicidio en grado de tentativa de un delito de lesiones consumadas? La clave reside en determinar el animus del agresor. Si existe animus necandi (ánimo de matar), se consideraría una tentativa de homicidio según el artículo 138 del Código Penal (CP). En cambio, si existe animus laedendi (ánimo de lesionar), se calificaría como lesiones consumadas del artículo 149 del CP.
La STS de enero de 2009 establece que los siguientes indicios son habitualmente utilizados para determinar el animus:
- Dirección, número y violencia de los golpes.
- Condiciones de espacio y tiempo.
- Circunstancias conexas con la acción.
- Manifestaciones del propio culpable, anteriores