Gestión de Servicios Públicos: Concesiones, Contratos y Sociedades de Economía Mixta
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A) LA CONCESIÓN DE SERVICIOS PARA ACTIVIDADES CALIFICADAS COMO SERVICIOS PÚBLICOS
1. La antigua concesión de servicios públicos ha sido sustituida por la posibilidad de utilizar la figura de la concesión de servicios para actividades consideradas como servicios públicos.
a) En terminología de la propia Ley, los servicios públicos son servicios de titularidad o competencia de la Administración contratante.
Recordemos que una actividad se considera “servicio público” cuando ha sido calificada como tal por ser tan relevante para el interés general que la Administración se ha responsabilizado previamente de que la misma se preste a los ciudadanos
- en condiciones de calidad y seguridad establecidas, de accesibilidad y de asequibilidad,