Capacidad Procesal y Representación Legal en el Procedimiento Civil
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Capacidad de Obrar y Representación Legal
Entre quienes carecen de capacidad de obrar, tal falta puede ser absoluta o limitada:
- Carecen de capacidad de obrar absoluta: los menores de edad no emancipados y los incapacitados. Estos sujetos deben comparecer mediante la representación o con la asistencia, la autorización, la habilitación o el defensor exigidos por la ley. Es la conocida como representación legal.
- Carecen de capacidad limitada: la capacidad procesal no requiere que nadie asuma la representación de quienes se encuentren en esta situación. Los incapaces limitadamente solo precisarán ser asistidos para comparecer y actuar en juicio por aquella persona que disponga la sentencia en la que se acuerde dicha incapacidad.