Constitución de Sociedades: Escritura Pública e Inscripción en el Registro Mercantil
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La Escritura de Constitución
La escritura de constitución es aquel documento público que contiene el contrato de sociedad. Se denomina público porque su formalización debe realizarse ante la presencia física de un notario, respondiendo a la caracterización de documento reglado. En la escritura de constitución, que jurídicamente constituye un único documento, pueden observarse dos partes diferenciadas:
- La escritura de constitución en sentido estricto: Conforme al artículo 22 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), incluye la identidad de los socios (nombre y apellidos), la voluntad de constituir la sociedad, las aportaciones de los socios (capital social, concepto jurídico-económico), la designación de administradores y los gastos
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