Demanda Ejecutiva y Despacho de la Ejecución: Clases y Oposición
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La Demanda Ejecutiva y el Despacho de la Ejecución
La sentencia de condena, como título ejecutivo, es la que permite al acreedor dirigirse al Juez a través de la demanda ejecutiva para que éste lleve a cabo las actuaciones necesarias para satisfacer su derecho reconocido en ese título. Cuando se notifica una sentencia de condena, el obligado a cumplirla dispone de un plazo de 20 días para hacerlo voluntariamente. Si transcurre ese plazo sin que el obligado lo verifique, se puede solicitar la ejecución forzosa del título ejecutivo. Para ello, habrá de presentarse una demanda ejecutiva. Presentada la demanda ejecutiva con los requisitos señalados, el Juez dictará un Auto despachando la ejecución.
Clases de Ejecución
- Ejecución Provisional