Autotutela Administrativa: Poderes de Ejecución Forzosa
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Autotutela Administrativa: Declarativa y Ejecutiva
Autotutela Declarativa
La Autotutela declarativa significa que un acto administrativo es susceptible, por sí mismo, de ser ejecutado por la fuerza ante el incumplimiento de su destinatario, sin necesidad de que se declare su validez por sentencia judicial alguna. (Puesto que es una cualidad del acto ser susceptible de ejecución forzosa).
Requisitos de la Autotutela Declarativa
- Que exista un acto declarativo a ejecutar: En el art. 93.1 de la Ley 30/1992 se exige que antes de que la Administración inicie la ejecución material, es necesario que se haya dictado la resolución que sirve de fundamento a tal ejecución material. La ejecución dará lugar a un acto ejecutivo posterior.
- Que ese acto
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