ZAL, Puerto Seco, Zonas Francas y Medidas de Defensa Comercial en Logística
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ZAL (Zonas de Actividades Logísticas)
ZAL (Zonas de Actividades Logísticas) es un área especializada en las actividades de almacenamiento y distribución de mercancías. Organizan y regulan los flujos de transporte e información. Son centros logísticos multimodales, situados en emplazamientos privilegiados y con buenas instalaciones.
Puerto seco
Puerto seco: terminal intermodal de mercancías situada en el interior de un país y que dispone de un enlace directo con uno o varios puertos marítimos de origen o destino. Pospone el control aduanero hasta la entrada al puerto seco. Son prolongaciones del transporte de mercancías por mar, que después continúan por ferrocarril y por carretera. Ejemplo: Madrid-Coslada.
Zonas francas
Zonas francas: territorio determinado dentro de un país donde se aplica un régimen aduanero especial, libre de impuestos. Ejemplo relacionado: ZEC (Zona Especial Canaria).
Documentos relacionados con el transporte
Documento vehículo / Transporte
- Permiso de circulación del vehículo
- Ficha técnica del vehículo
- Autorización o tarjeta de transporte
- Licencia comunitaria
- Justificante de control del tacógrafo
Documento conductor
- Permiso de conducir
- Certificado de Aptitud Profesional (CAP) para conductores
- Tarjeta de conductor
- Carné ADR
- Discos, diagrama y tickets de impresión
Documento mercancía
- Control administrativo
- Control de transporte internacional
- CMR (Carta de Porte por Carretera)
- Carta de porte marítima
GATT - OMC
GATT (Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio) y la OMC (Organización Mundial del Comercio) establecen un sistema de reglas fijadas por las naciones. El GATT no se constituyó como una institución permanente en sus orígenes; las reuniones de los Estados miembros servían para realizar negociaciones de reducción de aranceles. Sus objetivos son elevar el nivel de bienestar en todo el mundo, optimizar el aprovechamiento de los recursos productivos y liberalizar el comercio.
Medidas de defensa comercial
Las medidas de defensa comercial se aplican para proteger la producción nacional frente a prácticas desleales o perturbaciones del comercio internacional. Entre ellas destacan:
Antidumping
Antidumping: se considera dumping cuando una empresa vende en el exterior a precios inferiores a los costes o al precio en el mercado de origen, con el fin de perjudicar la producción nacional. Cuando se demuestra el daño, se puede aplicar una tasa o derecho antidumping.
Antisubvención
Antisubvención: medidas para contrarrestar ayudas estatales que permiten a una empresa vender en el mercado de otro país a precios inferiores a los normales. Se puede adoptar un derecho antisubvención para neutralizar el efecto de esas ayudas.
Cláusulas de salvaguardia
Cláusulas de salvaguardia: se aplican cuando la importación de un producto en la UE aumenta y provoca un perjuicio grave a los productores comunitarios. Pueden implicar restricciones cuantitativas a la importación.
Contingentes de importación
Contingentes de importación: las autoridades comerciales establecen un límite cuantitativo —en unidades físicas o en valor monetario— para las importaciones de una mercancía determinada.
Embargo
Embargo: prohibición por la que particulares o entidades no pueden importar un producto determinado.
CESCE
CESCE (Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación) ofrece diagnóstico de los riesgos derivados del comercio y la inversión exterior. Valora los riesgos a corto y largo plazo y los riesgos comerciales que afectan a las operaciones de comercio. Gestiona la cobertura de riesgos políticos y extraordinarios.
Notas finales
Este documento agrupa y corrige términos y definiciones clave relacionados con la logística, el transporte y las medidas comerciales internacionales, manteniendo el contenido original y optimizándolo para su consulta.