La violencia en relación con el socialismo y los DDHH
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Lección 7: La violencia
Debemos partir de las ideas relacionadas con el socialismo y los DDHH para entender el carácter de su relación y la implicación de la violencia.
Oposición inicial: El marxismo y los DDHH
Desde sus orígenes, el marxismo se enfrentó contra los DDHH, a los que consideraba burgueses y relacionaba con la Declaración francesa de derechos del hombre y del ciudadano. Pero el derecho se consideraba parte de la ideología, y con esa expresión se descalificaba la cultura histórica de Europa (y de América). También se opuso a la tecnocracia. La desconexión entre el socialismo y la ciencia determina que el marxismo no afronte la relación del hombre con las máquinas en el proceso productivo y en la vida. La descalificación o crítica al derecho se dirigía a su abolición, sin especificar las bases jurídicas alternativas. Frente al derecho, solo está la acción revolucionaria, expresión de la praxis, de formas de terrorismo y de destrucción.
Declaración de DDHH del 48
Se aprobó con la abstención de los países socialistas: se rechazaba por contener derechos subjetivos e incluir la propiedad, permitir la libre empresa y mencionar la libertad religiosa, que los socialistas pretendían abolir. El socialismo se sostenía impidiendo la libre circulación de personas, controlaba sus vidas, su educación, su trabajo, su patrimonio, su actividad cultural, etc., e impedía cualquier forma de vida personal con un sistema policiaco característico y terrorífico que estaba reforzado por la colaboración del populacho, política y adiestrado. Reformulación de los derechos: Tras la Segunda Guerra Mundial, el socialismo se apropió de los DDHH y de la democracia, reinterpretándolos estratégicamente para hacer de ellos armas de la revolución. El objetivo es no poder invocar el derecho contra el poder revolucionario, siendo los DDHH su respaldo ideológico, un arma del poder, que ya no tienen el significado genuino que tenía la palabra derecho en la tradición de pensamiento. El derecho ya no se refiere a los criterios de justicia y pasa a referirse a los objetivos de las políticas públicas, con las que se accede al poder político, partiendo del monopolio del poder por el movimiento revolucionario que se identifica con la democracia, estando los revolucionarios instalados en él sin condicionantes ni limitaciones.
Carácter revolucionario
En su sentido revolucionario, los DDHH son un arma política que usa el socialismo para la transformación social que pasa por el previo acceso al poder total y por crear las condiciones sociales de su mantenimiento y estabilización táctica, que conlleva la destrucción masiva de vidas humanas que no se pueden considerar delitos. El derecho que asumen/invocan no se refiere a las condiciones de la vida ni tienen relación con el soporte económico de las condiciones de vida, pero el sistema comunista presenta a los DDHH como prestaciones económicas gratuitas que ofrecen, siendo ideológicos y depredadores de la economía productiva y de la cultura. Siendo los DDHH eslóganes ideológicos para la lucha política contra la burguesía y, sobre todo, contra la cultura occidental, la única en la que tiene sentido el genuino derecho. En relación con el carácter revolucionario, está el modelo antropológico del socialismo. En el proceso revolucionario se invoca la idea del hombre nuevo, que es el ser liberado/emancipado, sin referencias precisas de él, para lo que se justifica toda la violencia revolucionaria. La imagen del hombre nuevo (emancipado) del socialismo es un modelo despersonalizador que elimina del ser todo lo que conforma su personalidad, el arte, la literatura, el cine, la educación, la información, el orden económico y, sobre todo, el auténtico derecho. De modo que no se puede determinar si esas actividades culturales (el derecho en particular) satisfacen las necesidades humanas de ese modelo humano que se imagina conseguir en un futuro. El tipo humano lo define el partido (y dentro de él, el líder que no se conoce por su nombre). La consecuencia es que se centra en individuos dirigidos por la furia destructiva, pues eliminar al enemigo es la principal necesidad de la praxis revolucionaria y por ello, se impone el modelo de militante del partido, el luchador social/el combatiente revolucionario (terrorista), para el que se emplean diferentes nombres que encubren al terrorista potencial/efectivo, como gudari, guerrillero, partisano, etc. Un ejemplo de prototipo revolucionario de hombre nuevo del socialismo es el Che Guevara. Tras colaborar en la revolución comunista cubana, tuvo cargos políticos y arruinó al Banco de Cuba y por esta consecuencia volvió a la lucha armada (sus acciones guerrilleras implicaron la muerte de miles de seres inocentes en acciones terroristas). Es un héroe revolucionario para terroristas y le compusieron canciones y poesías que justificaban sus matanzas.
La definición de la violencia
El socialismo modifica la posición del ser ante la violencia en el proceso revolucionario o político, donde basta la calificación de fascista para que uno quede fuera de la vida pública o aniquilado. Las condenas se hacen en términos políticos (revolucionarios), las formulan los MC (y no los Tribunales conforme a leyes) o las turbas inducidas por ellos (los textos canónicos del socialismo no especifican los derechos de los contrarrevolucionarios). En España (2018) hubo 47 víctimas por violencia de género. Y en Bélgica se mató a 235 seres por eutanasia, no desencadenando protesta oficial porque al hacerse democrática, se puede matar seres o como dicen los demócratas igualitarios, las vidas humanas no merecen ser protegidas por igual (principales afectados los discapacitados y vulnerables), su eliminación no es violenta. De legalizarse la eutanasia en España, eludirían democráticamente la justicia y quedarían políticamente impunes. La revolución cambia la interpretación de la violencia. En 2004, un atentado terrorista en la estación de Atocha de Madrid causó muertos y heridos, considerándose un crimen susceptible de politización (siendo inmune en términos políticos) por: a) relacionarse con interferencias políticas en la investigación policial y en el proceso judicial; b) no haberse incluido en la revolucionaria Ley de Memoria Histórica (LMH); c) equipararse a las muertes ejecutadas por eutanasia en Bélgica; d) por compensar, a los cómplices informativos del efecto político del atentado, relacionados con un antiguo colaborador del grupo terrorista ETA y que les dan también una cadena de televisión ilegal, que puede considerarse el pago a la colaboración y al encubrimiento del golpe, y, se les asignó un papel en el sistema político democrático tras el golpe. Podría considerarse que en esa interpretación de los efectos políticos (y no propiamente jurídicos), los beneficiarios políticos reales del golpe (que lo consideran un caso cerrado), pueden acusar a los enemigos políticos de querer beneficiarse de él. Para la revolución, la violencia es asimétrica en su producción y en su condena. Ello se ve en el sindicato de clase socialista y bolchevique, UGT, principal defensora contra la violencia de género (y participa de las subvenciones, siendo su alcance invaluable en los últimos 40 años). Para esa condena, el sindicato exhibe una trayectoria democrática, histórica acreditada, que no se cuestiona porque ese sindicato tuviera checas soviéticas en España. Las checas (de origen estalinista) son el sucedáneo socialista para los Tribunales de justicia, y cuentan con agentes populares (sin jueces profesionales). Sus víctimas no se han incluido en la LMH. Los revolucionarios con las matanzas justifican las acciones, sin importar la vida de los enemigos políticos, igual que la de los discapacitados belgas (desde la perspectiva revolucionaria nunca han pedido perdón, pues no existe ni han realizado actos de reparación).
Revolución y efectos
La revolución trata de involucrar en la lucha política a determinados grupos de seres: a los intelectuales (ideólogos), a los obreros (proletarizados), a la mujer, etc. Este efectivo mecanismo puede hacerse cambiando el marco de referencia en que se inserta la acción o expresiones humanas, siendo los resultados de la inserción en uno u otro marco diferentes. Los efectos revolucionarios: la mujer revolucionaria, que lucha políticamente bajo las directrices de los líderes del proceso revolucionario (no la que estudia, trabaja, cuida), es un ejemplo de la transformación social que conlleva el proceso revolucionario. Si es partícipe de la revolución (que puede consistir en repetir eslóganes o participar en la lucha armada), ya no es una consumidora de los productos del mercado capitalista y de 'venderse' a él y ya no ocupa el rango social asociado a la cultura de ser esposa, novia, compañera o madre. Puede tener un importante papel en el sistema político dependiendo de las necesidades revolucionarias de propaganda.