Vicios de la Voluntad en el Derecho

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Características de los Actos Jurídicos Voluntarios

Un acto jurídico se considera voluntario cuando se ejecuta con:

  • Discernimiento
  • Intención
  • Libertad

Obstáculos a las Características

  • Obstáculos al Discernimiento:

    • Inmadurez
    • Insania
  • Obstáculos a la Intención:

    • Error o ignorancia
    • Dolo
  • Obstáculos a la Libertad:

    • Violencia
    • Simulación
    • Fraude
    • Lesión (según algunos estudiosos)

Vicios del Consentimiento

Los actos jurídicos que no se realizan con intención y libertad contienen vicios del consentimiento. Los actos realizados sin discernimiento son inexistentes.

Error

El error es una"mala apreciación de la realidad determinada por la ignorancia o la equivocació".

Clases de Error

  • Error Esencial: Recae sobre la identidad del acto o contrato, o sobre la identidad de la cosa objeto del acto.
  • Error Sustancial: Existe error sobre una sustancia o calidad esencial de la cosa objeto del contrato.
  • Error Accidental: Recae sobre una calidad no esencial de la cosa, pero que es el motivo principal para contratar.

Especies de Error

  • Error de hecho: Falso conocimiento de las cosas.
  • Error de derecho: Falso conocimiento de la ley.

Dolo

El dolo es una acción dolosa para conseguir la ejecución de un acto mediante:

  • Aserción de lo falso o disimulación de lo verdadero
  • Artificio, astucia o maquinación

Requisitos del Dolo

Son cuatro los requisitos para que el dolo determine la anulación del acto:

·Que haya sido grave: es decir que se apto para engañar a una persona que pone un cuidado corriente en el manejo de sus asuntos. Si fuera tan grosera que una mínima precaución lo hubiera puesto al descubierto, el dolo no es grave.

·Que haya sido causa determinante de la acción del sujeto a quien se vicia la voluntad: se entiende por tal el engaño sin el cual el acto no se hubiera llevado a cabo.

·Que haya ocasionado un daño importante: es decir de una significación económica para la persona que lo sufre.

·Que no haya habido dolo recíproco: la justicia no puede ponerse a discutir sobre las trampas que empleen los inescrupulosos.

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