Tributos: Clasificación, Tipos y Conceptos Fundamentales

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Tributos

Los tributos son los ingresos públicos que consisten en prestaciones pecuniarias exigidas por la administración pública como consecuencia de la realización del supuesto de hecho al que la Ley vincula el deber de contribuir, con el fin primordial de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos.

Clasificación

  • Tasas

    Es un tributo cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario, cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios o no se presten o realicen por el sector privado. Ej: Las tasas de matriculación de una ciclo formativo.

  • Contribución especial

    Este tipo de tributo se aplica cuando se produce un beneficio o un aumento de valor de un bien como resultado de la realización de obras públicas o mejoras en la infraestructura. Por ejemplo, si se construye una carretera nueva que aumenta el valor de los terrenos cercanos, los propietarios de esos terrenos pueden estar obligados a pagar una contribución especial.

  • Impuestos

    Los impuestos son tributos que se aplican sobre los ingresos, el consumo, la propiedad o diversas transacciones comerciales. Hay muchos tipos de impuestos, como el impuesto sobre la renta, el impuesto al valor agregado (IVA), el impuesto sobre bienes inmuebles, entre otros. Los impuestos son una fuente importante de ingresos para los gobiernos y se utilizan para financiar servicios públicos y programas sociales. Ej: El impuesto que recae sobre los rendimientos el trabajo personal obtenidos, mayormente conocido como IRPF.

Tipos de impuestos

En función de cómo se pone de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo se distinguen:

  • Impuestos directos

    Gravan la manifestación directa de la capacidad contributiva del sujeto pasivo: pérdidas patrimoniales, o se le imputan rentas conforme a la ley.

      • IRPF
      • IS
  • Impuestos indirectos

    Gravan la manifestación indirecta de la capacidad contributiva que se observa al movilizar el dinero o al consumidor bienes:

      • IVA

En función de si se configuran en torno a los sujetos pasivos o en torno a hechos económicos:

  • Impuestos personales

    Son aquellos que tienen en cuenta las características personales de lo sujetos pasivos para determinar la cuantía de impuesto.

  • Impuestos reales

    No tienen en cuenta las características personales de los sujetos pasivos para determinar la cuantía a pagar.

Conceptos

  • Hecho imponible

    Situación jurídica o económica, que establece la ley propia de cada tributo, que origina el nacimiento de la obligación tributaria.

  • Sujeto pasivo

    Es la persona o entidad que está obligada legalmente al pago del impuesto y las obligaciones formales, como contribuyente o cómo sustituto del mismo.

  • Contribuyente

    Es el sujeto pasivo que realiza l hecho imponible.

  • Exención

    Es una situación en la que una persona o entidad está exenta de pagar ciertos impuestos o de cumplir con ciertas obligaciones fiscales.

  • Base imponible

    Es la cantidad sobre la que se aplica el tipo de gravamen para calcular el importe del impuesto. Es la magnitud resultante d ella valoración del hecho imponible.

  • Base liquidable

    Es la base imponible una vez aplicadas las deducciones y reducciones establecidas por la ley fiscal. Es el resultado de restar a la base imponible los importes correspondientes a las deducciones y reducciones aplicables.

  • Tipo de gravamen

    Es el porcentaje o la cantidad fija que se aplica a la base imponible o a la base liquidable para determinar el importe del impuesto a pagar. Es la tasa que se aplica a la base imponible para calcular el importe del impuesto.

  • La cuota tributaria

    Es la cantidad que se debe ingresar en Hacienda para considerar liquidado un tributo. Existe cuota íntegra variable (cuota íntegra = base liquidable x % tipo de gravamen) o fija.

  • Cuota líquida

    Es el resultado de aplicar a la cuota íntegra deducciones y bonificaciones.

  • Cuota diferencial

    Se obtiene al restar de la cuota líquida las deducciones, los pagos fraccionados, las retenciones, los ingresos a cuenta y cuotas correspondientes.

  • Devengp y exigibilidad

    Momento en el que se entiende realizado el hecho imponible.

*La diferencia entres ambos conceptos es que el devengo se refiere al reconocimiento de ingresos o gastos en el momento en que se generan, mientras que la exigibilidad hace referencia al momento en que legalmente se debe pagar una obligación económica. Puede haber una diferencia en el tiempo entre el devengo y la exigibilidad, lo que puede afectar la presentación de los estados financieros y la planificación fiscal de una empresa.

  • Obligaciones tributarias formales

    Son obligaciones tributarias impuestas a los contribuyente y sujetos pasivos, y cuyo cumplimiento está relacionado con el desarrollo de actuaciones o procedimientos tributarios. Ejemplos: obligación de utilizar el número de identificación fiscal, de presentar declaraciones, autoliquidaciones, llevar y conservar libros de contabilidad y registros, etc.

  • Prescripción

    Es el período máximo en el que se puede exigir el cumplimiento de la obligación tributaria.

IRPF (Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas)

Es un tributo de carácter personal y directo que grava la renta d ellas personas físicas en proporción a sus rendimientos económicos, y de acuerdo con la naturaleza de las rentas obtenidas y de las circunstancias personales y familiares del sujeto obligado al pago.

IS (Impuesto sobre Sociedades)

Es el impuesto de carácter directo y personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas residentes en España.

IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido)

El impuesto sobre el IVA es indirecto, recae sobre el consumo y grava las entregas de bienes ys servicios, a titulo oneroso, por empresarios y profesionales, las importaciones de b/s de empresarios y profesionales, los importaciones de bienes y las adquisiciones intracomunitarias.


Presupuesto: es un documento que contiene el desglose de las partidas que configuran una propuesta comercial. Este documento detalla la composición de cada uno de los registros y la cuantificación, en términos monetarios, de todos los elementos que configuran la oferta comercial solicitada por el cliente.

Requisitos:

  • Requisitos de redacción:

    • Completa: debe incluir todos los datos cuantitativos y cualitativos considerados relevantes para satisfacer la demanda del cliente.

    • Clara: en su redacción, presentación de datos y lenguaje.

    • Concisa: la información contenida se debe transmitir de manera eficaz. La mayor y mejor información posible en el menor espacio.

  • Requisitos formales:

    • Estructura. Depende del contenido de la operación comercial que desarrolla. Debe permitir ir profundizando en contenidos, desde ideas generales a ideas más concretas, incluyendo gráficos.

    • Imagen: Visualizar los datos fácilmente, incluyendo gráficos, vídeos, planos, etc, que permiten fácilmente la información.

    • Extención: No existe una extensión perfecta. Tiene que ser sencillo, que consista en la solicitud de precio para varias referencias de artículos se puede elaborar en un folio. Una oferta demasiado extensa puede resultar engorrosa y se puede ver como una excusa para justificar un valor elevado para el presupuesto. Se considera normal entre 10-15 folios en procesador de textos o unas 20-30 dispositivas en un programa de presentaciones.

Estructura presupuesto proyecto de inversión:

  1. Introducción.

  2. Indice:

    1. Descripción de la oferta.

    2. Metodología de trabajo.

    3. Calendario.

    4. Condiciones económicas.

    5. Servicios postventa: garantías y mantenimiento.

El pedido:

Es el documento que contiene la petición formal de compra o prestación de servicios de un cliente a un proveedor o suministrador. Un presupuesto aceptado deriva en el correspondiente pedido que documenta la petición en forme del cliente. Los pedidos se puedes realizar de diferentes, modos:

  • Por carta, fax o correo electrónico. Cualquiera des tos formatos sirve para dejar constancia escrita d ella petición.

  • Utilizando una nota de pedido. La nota de pedido es un impreso similar al utilizado para generar un presupuesto en el la empresa solicitante hace constar los productos que desea adquirir y las condiciones aplicables a la operación.

  • Telefónica: se puede realizar el pedido dialogado por teléfono con un comercial de la empresa.

  • Mediante una entrevista personal con un agente comercial de las empresa.


Factura:

Es un documento mercantil que detalla la compra o venta de bienes o servicios entre dos partes. Este documento incluye información relevante como la descripción de los bienes o servicios, la cantidad, el precio unitario, el monto total a pagar, y los datos tanto del vendedor como del comprador. La factura sirve como comprobante de la transacción y es fundamental para llevar un registro preciso de las operaciones comerciales, así como para efectos fiscales y contables.

Tipos:

  • Simple: Es la factura estándar que se emite cuando se realiza una transacción comercial de bienes o servicios. Incluye todos los detalles relevantes de la transacción. Es el caso general que establece la norma par aplicar a los operaciones en las que no se permite que emitir la simplificada.

  • Simplificada: Es un tipo de factura simplificada que se utiliza en transacciones de bajo valor no superiores a 400€, cuando no se requiere proporcionar todos los detalles completos de la transacción. cuando se emite una factura rectificativa o en las operaciones que el importe no exceda los 3.000€. Suele emplearse en operaciones minoristas.

          • Ventas o servicios en ambulancia.

          • Ventas o servicios a domicilio del consumidor.

          • Transporte de personas y sus equipos.

  • Rectificativa: es la que se emite para recoger una factura preexitente. Es necesario hacer constar en el documento la condición de factura rectificativa e indicar la cauda que ha motivado la rectificación.

  • Recapitulativa: es la que se expide para contener todas las operaciones realizadas con un operador dentro del mismo mes natural. Debe cumplir los mismos requisitos que la factura ordinaria incluido el hecho de registrar la cuantía individualizada de cada una de las operaciones, sus respectivas bases imponibles y los impuestos correspondientes.

  • Electrónica: Es todo archivo electrónico que se puede transmitir o almacenar telemáticamnete, que posee firma digital y se ajusta, en los que respecta a requisitos de emisión recepción ala normativa vigente.

Recibo normalizado:

Es un documento que utilizan las entidades financieras para gestionar el cobro de pagos domiciliados.

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