Traslados y Desplazamientos Laborales: Derechos y Obligaciones
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Traslado Individual
Actuación del Empresario:
El empresario debe notificar el traslado al trabajador afectado y a los representantes legales de los trabajadores con al menos treinta días de antelación a la fecha en que se produzca.
Actuación del Trabajador:
El trabajador puede elegir entre las siguientes opciones:
- Aceptarlo: Recibirá una compensación económica por los gastos y perjuicios derivados del traslado.
- Rechazarlo: En este caso, puede optar por:
- Rescindir el contrato, recibiendo una indemnización de veinte días de salario por año trabajado, con un máximo de doce mensualidades.
- Trasladarse e impugnar el traslado ante el Juzgado de lo Social.
Si el Juzgado de lo Social declara el traslado injustificado, el trabajador será reincorporado a su centro de trabajo de origen. Si el empresario se negara a la reincorporación, se le indemnizará como si se tratara de un despido improcedente (treinta y tres días de salario por año de servicio, con un máximo de veinticuatro mensualidades).
Traslado Colectivo
Concepto:
Se considera traslado colectivo cuando afecta a un número determinado de trabajadores, según los siguientes criterios:
- Afecta a toda la plantilla de un centro de trabajo con más de cinco trabajadores.
- Cuando, sin afectar a la totalidad del centro de trabajo, afecte al menos, en un periodo de noventa días, a los siguientes trabajadores:
Criterios de Traslado Colectivo por Plantilla:
- Menos de 100 trabajadores: Mínimo 10 trasladados.
- Entre 100 y 300 trabajadores: Mínimo 10% de la plantilla.
- Más de 300 trabajadores: Mínimo 30 trasladados.
Los traslados colectivos deben ir precedidos de un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores, no superior a quince días, y deben ser notificados a la autoridad laboral. Se podrá acordar entre el empresario y la representación legal la sustitución del periodo de consultas por un procedimiento de mediación o arbitraje.
Al igual que en los traslados individuales, los trabajadores deben ser notificados treinta días antes del traslado y tienen las mismas opciones. Además, en este caso, el traslado puede reclamarse en conflicto colectivo. La interposición del conflicto paralizará la tramitación de las acciones individuales iniciadas hasta su resolución.
El Desplazamiento Temporal
Concepto:
Es el cambio temporal a otro centro de trabajo por un periodo de tiempo de hasta 12 meses dentro de un periodo de 3 años.
Actuación del Empresario:
El empresario debe comunicar el desplazamiento al trabajador con anticipación suficiente. Si el desplazamiento dura más de 3 meses, debe avisarse al trabajador con un mínimo de 5 días laborables de antelación a la fecha de su efectividad.
Derechos del Trabajador Desplazado:
A) Derechos Económicos:
- Conservar el mismo salario y categoría profesional.
- Cobrar de la empresa los gastos de viaje y dietas (para manutención y alojamiento).
B) Permisos Retribuidos:
Disfrutar de permisos retribuidos de, como mínimo, 4 días laborables en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento.
Si el trabajador no está de acuerdo con el desplazamiento, puede reclamar ante el Juzgado de lo Social.