Transporte chuleta
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QUE ES LA Capacitación PROFESIONAL: la capacitación profesional del transporte se trata de un certificado imprescindible para ejercer las funciones de transporte publico,tanto de mercancías como de viajeros y las actividades auxiliares y complementarias del transporte.
COMO PUEDO OBTENER LA Capacitación QUE TITULO OBTENGO: se obtiene aprobando el ciclo superior de transporte y logística o bien aprobando el examen que convoca al menos una vez al año la administración
QUE DEBO HACER UNA VEZ OBTENIDO: una vez obtenido la capacitación profesional la persona es inscrita de oficio, en el registro general de transportistas y empresa de actividades auxiliares y complementarias del transporte que existe en el ministerio de fomento, la inscripción de los títulos habilitantes constituirá requisito indispensable para el ejercicio de la actividad.
QUIEN TIENE QUE TENER LA Capacitación EN UNA EMPRESA INDIVIDUAL Y EN UNA COLECTIVA: en una empresa de transporte individual la capacitación debe tenerla el empresario o sea el propio autónomo que sera quien la dirija efectivamente. En una empresa colectiva tendrá que tener la capacitación al menos alguno de sus socios o quien la dirija efectivamente.
COMO SE DIRIGE EFECTIVAMENTE UNA EMPRESA DE TRANSPORTES:
a) tener conferidos poderes generales para representar a la empresa por si,o con otras personas conjuntamente, con constancia en el registro documento publico.
b) tener por si mismas poder de disposición de los fondos en las cuentas principales de la empresa o conjuntamente con otras personas, siempre que en este caso su firma sea necesaria.
c) figurar en la plantilla de trabajadores de la empresa y estar de alta en la seguridad social como personal directivo o se propietario de , al menos un 15% del capital de la empresa.
QUE TIENE QUE HACER UNA EMPRESA QUE SE HA QUEDADO SIN GESTOR DE TRANSPORTES:
las autoridades competentes podrán autorizarla a ejercer la profesión de transportista por carretera sin haber nombrado a un gestor de transporte. La empresa debe nombrar a una persona física residente en la comunidad que cumpla con los requisitos de honorabilidad y competencia profesional, y tenga derecho por contrato a desempeñar funciones de gestor de transporte por cuenta de la empresa
PLAZOS PARA BUSCAR UN GESTOR DE TRANSPORTE: el plazo sera de 3 meses en ningún caso podrán acumularse en el espacio de 12 meses periodos discontinuos en esta situación que sumen en su conjunto mas de 5 meses y siempre que se comunique dentro del mes que se han quedado sin gestor.
HONORABILIDAD: se entienden que la poseen las personas en quienes NO concurren alguna de estas circunstancias
a) condena por sentencia firme de delitos dolosos, castigados con pena igual o superior a prisión menor, hasta la cancelación de los antecedentes.
b) condena por sentencia firme a las penas de inhabilitación o suspensión,salvo que sean impuestas como accesorias a la profesión de transportistas no tuviera relación con el delito cometido
c) sanciones reiteradas por infracciones muy graves en materia de transporte
d) infracción grave y reiterada de las normas fiscales, laborales y de la seguridad social.
PLAZOS PARA VOLVER A TENER LA HONORABILIDAD: en el caso de que la infracción sea lo que dice en el apartado 5 del articulo 140 del la LOTT sera de 5 años
en el caso de que la infracción sea lo que dice en el apartado 1,2,3,4,6,15,16,17,18 del articulo 140 de la LOTT sera de 3 años.
CAPACIDAD Económica: la capacidad económica de la empresa son varios requisitos que la empresa debe siempre tener en cuenta para no quebrar.
- ser capaz de hacer frente permanentemente a sus obligaciones económicas a lo largo del ejercicio contable anual.
-disponer, al menos, de capital y reservas por un importe mínimo de 9000 euros, cuando se utilice un solo vehiculo y de 5000 euros por cada vehiculo adicional utilizado.
ESTABLECIMIENTO FIJO: que tenga domicilio fiscal en España, donde se conservaran a disposición de los servicios de inspección del transporte terrestre, los documentos relativos a su gestión y funcionamiento.
NACIONALIDAD PARA PODER MONTAR LA EMPRESA DE TRANSPORTE:
ser español o tener la nacionalidad española o bien la de un estado CEE. O de otro país extranjero con el que, en virtud de lo dispuesto en los tratados o convenios internacionales suscritos por España no sea exigible el citado requisito, o de otro país con permiso de trabajo por cuenta propia.
NUMERO DE Vehículos PARA MONTAR UNA EMPRESA DE TRANSPORTE:
que tengan menos de 5 meses desde la primera matriculación
1 vehiculo MDP + 3,5 de carga útil
1 vehiculo MDL hasta 6 toneladas MMA -3,5 de carga útil
Inscripción DE LA EMPRESA EN EL REGISTRO
-capacitación: gestor de transporte, quien la dirija efectivamente
-honorabilidad: todos los socios, el empresario, quien la dirija efectivamente
-capacidad económica: 9000 euros por el primer camión y 5000 euros por cada uno de los demás
OBJETIVOS DEL REGISTRO:
-inscripción: personas gestor de transporte, empresas
-contratos: sp de viajeros de uso general
-incidencias: empresas, gestores de transporte, sp de viajeros de uso general
-sanciones: tipificadas,expendientes
EN QUE Términos SON Públicos LOS REGISTROS:
-plena: todo ciudadano podrá conocer los títulos habilitantes en vigor que posea cualquier otra persona física o jurídica en el momento de hacer la consulta.
-restringida: las anotaciones relativas a un procedimiento sancionador unicamente podrán ser conocidas por la persona o personas a que estén referidas
-ordinaria: el acceso a datos obrantes en el registro no incluidos en los apartados anteriores y que no pertenezcan a la intimidad de las personas podrá ser ejercicio,ademas de por el propio sujeto al que estén referidos, por terceros que acrediten un interés legitimo.
-sin manipulaciones: el tramiento del contenido de los asientos registrales a efectos de posibilitar su publicidad directa deberá garantizar, al mismo tiempo, la imposibilidad de su manipulación o televaciado.
-reglamentaria: lo dispuesto en este punto se entenderá sin perjuicio de caunto resulte de aplicación en virtud de los principios y reglas que, conforme a lo que se establece en la legislación sobre régimen jurídico y procedimiento administrativo común de las administraciones publicas.
SI QUIERO CAMBIAR UN VEHICULO POR OTRO QUE REQUISITO TIENEN QUE CUMPLIR EL NUEVO:
que sea mas nuevo que el anterior
AUMENTOS DE FLOTA:
que tenga una antigüedad menor a 5 meses desde la primera matriculación
Reducción DE LA FLOTA:
si la reducción de la flota es voluntaria:
-avisar a la administración
-devolver copia si la reducción de flota es de oficio
-si no avisamos de la venta a la admon
-admon retira la autorización del vehiculo
- lo mismo si la admon comprueba que las copias certificadas no esta referida a un vehiculo concreto
VISADO DE LAS TARJETAS:
-la autorización no tiene plazo
-se han de visar cada dos años
-tenemos que volver a acreditar los requisitos
QUE PASA SI NO TE VISAN EN EL TIEMPO QUE CORRESPONDE:
-pierden su validez
-pierden todas las habilitaciones obtenidas
-se pueden rehabilitar dentro del año siguiente