La Transición Constitucional Española: De la Propuesta de Primo de Rivera (1929) a la Segunda República (1931)

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El Anteproyecto Constitucional de Julio de 1929 durante la Dictadura de Primo de Rivera

La dictadura de Primo de Rivera se estableció en septiembre de 1923. Disolvió las Cortes y, en 1927, creó una Asamblea Nacional Consultiva. Esta Asamblea tenía como funciones elaborar una serie de anteproyectos de leyes que elevaba al Gobierno, y el Gobierno ponía estos anteproyectos en conocimiento de la opinión pública. Al cabo de tres años, el Gobierno podía aprobarlos como leyes.

Características del Anteproyecto de Constitución de la Monarquía (Junio de 1929)

Hay un anteproyecto de constitución de la monarquía de junio de 1929, que constaba de 104 artículos. Establecía un régimen de monarquía constitucional hereditaria. El rey legítimo declarado era Alfonso XIII de Borbón, y se establecía el orden sucesorio. Sus principios fundamentales incluían:

  • Declaración del castellano como lengua oficial del Estado.
  • Establecimiento de la confesionalidad católica de la nación, manteniendo el culto y el clero.
  • Regulación de la nacionalidad, la ciudadanía española y los derechos y deberes de los españoles.
  • Creación de un Consejo del Reino.
  • Establecimiento de una sola cámara: el Congreso de los Diputados.
  • Inclusión, por primera vez, del sufragio pasivo femenino (las mujeres podían ser elegidas sin distinción de sexos, aunque no se establecía el sufragio activo).

Fundamentos Políticos y Constitucionales de la Constitución de 1931

El 14 de abril de 1931 se proclamó la Segunda República. Para la elaboración del nuevo marco legal, se nombró una Comisión Jurídica Asesora del Gobierno, al frente de la cual estaba un jurista independiente católico que había sido monárquico y que se hizo republicano: Ángel Ossorio Gallardo. Esta comisión redactó un anteproyecto de constitución que elevó al Gobierno como el texto articulado que proponía la Comisión Jurídica Asesora y los votos particulares que, con respecto a algunos artículos, proponían algunos miembros de dicha comisión.

Paralelamente, se convocaron elecciones a Cortes Constituyentes. Una vez constituidas, las Cortes nombraron una Comisión Constitucional liderada por Luis Jiménez de Asúa, masón y grandísimo intelectual, considerado por algunos como el mejor jurista español del siglo XX. Su función en la elaboración de la Constitución fue muy importante.

El Debate Parlamentario y la Influencia del Extremismo

La Comisión elaboró un texto que fue presentado a las Cortes para ser debatido y examinar cada uno de los artículos. Entonces se organizó en el Pleno de las Cortes un «campeonato hacia el extremismo», a ver quién lograba decir la mayor barbaridad en sede parlamentaria.

Un partido, el Partido Republicano Radical Socialista, impuso su criterio a otros partidos de la coalición de izquierdas gobernante, como el PSOE, el Partido Republicano Radical (que era centrista), Acción Republicana y Esquerra Republicana de Cataluña.

Principios Clave de la Constitución de 1931

  • Definición del Estado: Se declaró España una República democrática de trabajadores.
  • Símbolos: Se cambió la bandera, que pasó a ser roja, amarilla y morada.
  • Idioma: La lengua oficial es el castellano.
  • Religión y Laicismo: Se declaró que el Estado no tiene religión, estableciendo un régimen laicista y anticlerical (no de laicidad). Esto se manifestó sobre todo en el polémico Artículo 26 de la Constitución, objeto de grandes debates.
  • Presidencia: Se constituyó la Presidencia de la República, siendo Niceto Alcalá Zamora el primer presidente.
  • Cámara Única y Sufragio: Se estableció una sola cámara (el Congreso de los Diputados). Para ser diputado se necesitaba tener 23 años, sin distinción ni de sexo ni de estado civil.

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