Transformación Regulatoria y Fundamentos Constitucionales de los Derechos y Libertades Públicas

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Factores de Crisis y Transformación del Sistema Tradicional de Servicio Público

Factores que motivan los cambios en el servicio público

Los siguientes factores motivan la transformación del sistema tradicional de servicio público:

  1. Factor Financiero

    • La privatización de empresas públicas (para obtener fondos extraordinarios para la hacienda pública).
    • La reducción del gasto público (los costes de prestación son asumidos por los usuarios).
  2. Factor Institucional

    • La implantación de las libertades económicas fundamentales (la apertura de la actividad a la libre competencia).
    • Eliminación de privilegios a las empresas públicas.
  3. Factor Ideológico

    • La desconfianza en el poder público como gestor y proveedor de servicios.
    • Superar las interferencias políticas y el uso partidista de la potestad tarifaria (buscando una gestión autónoma según costes reales).
    • Las limitaciones para incorporar las innovaciones tecnológicas.

Todo ello conduce a un cambio en la concepción tradicional del servicio público y a la construcción de un sistema alternativo de regulación. Este nuevo sistema se aplica a los servicios públicos económicos de trascendencia nacional, pero no afecta a los servicios públicos sociales ni a los servicios públicos locales.

La Proyección Jurídica de las Libertades Públicas

El Estado de Derecho y los Valores Fundamentales

  • El Estado de Derecho supuso el reconocimiento de dos valores fundamentales: la primacía de ley y la garantía de la libertad individual.
  • La libertad, junto con la igualdad, la justicia y el pluralismo político, constituyen valores superiores del ordenamiento jurídico (art. 1.1. CE).

Definición y Clasificación de Derechos y Libertades en la CE/78

La Constitución Española de 1978 (CE/78) define los derechos y libertades públicas en el Título I, dividido en dos capítulos:

Capítulo II: Derechos y Libertades

Este capítulo está integrado por dos secciones:

  1. Sección 1ª: Derechos fundamentales y libertades públicas (arts. 15-29).
  2. Sección 2ª: Derechos y deberes de los ciudadanos (arts. 30-38).

Capítulo III: Principios Rectores de la Política Social y Económica

Sistema de Garantías de los Derechos y Libertades Públicas

La CE/78 establece un doble sistema de garantías:

Garantías del Capítulo II (Derechos y Libertades)

  1. Están sometidos a reserva de ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial.
  2. Gozan de protección reforzada, a través del procedimiento sumario y preferente regulado en la LJCA y del recurso de amparo (arts. 53.1 y 2 CE).

Garantías del Capítulo III (Principios Rectores)

  • Solo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen (art. 53.3 CE).

La Limitación de los Derechos Fundamentales

Como señala el Tribunal Constitucional (TC), “no hay derechos fundamentales absolutos”.

Lo realmente importante no es la posibilidad de limitar los derechos (que está fuera de discusión), sino el alcance y profundidad de tales limitaciones, a efectos de determinar cuándo esa intervención es abusiva.

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