Trámites y Requisitos para Prestaciones de Maternidad, Paternidad y Adopción

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Información General y Convenios Internacionales

Instrucciones Preliminares Nacionales

  • Cita previa + Ayudante facultativo (no necesario si se presenta Cuestionario de 12 meses).

Convenios con Alemania

  • Los documentos adjuntos deben ser originales.

Convenios con Francia y Suiza

  • Se requiere Partida Internacional de Nacimiento.

Regímenes Multilaterales: Autónomos

  • Para autónomos, el Historial de Cotizaciones (HC) de Pensiones debe reflejar el último día del mes.
  • En caso de Incapacidad Temporal (IT) para autónomos, se requiere la Declaración de Situación de Actividad.

Países con Convenios de Reciprocidad (RRCC)

  • Unión Europea (UE): Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, República Checa, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rumanía, Suecia.
  • Espacio Económico Europeo (EEE): Islandia, Liechtenstein, Noruega.
  • Suiza.


Prestaciones por Maternidad, Paternidad y Adopción

Documentación Requerida

  • DNI (Documento Nacional de Identidad), NIE (Número de Identificación de Extranjero) o TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero).
  • Libro de Familia (o Resolución judicial en caso de adopción).
  • Según el régimen de cotización:
    • Régimen General (RG): Certificado de empresa (Base de Cotización del mes anterior o Base de Cotización de 12 meses si el contrato es a tiempo parcial). Válido por fax o email, siempre que incluya sello y firma (salvo que la empresa no disponga de sello).
    • Situación de Desempleo (INEM): Debe pausar previamente la prestación por desempleo. Consultar las Bases de Cotización en la Sesión INEM. Se requiere certificado.
    • Autónomos: Justificante de las cuotas de los 3 últimos meses (RCU06 si es necesario consultarlas). Basta con estar al día en los pagos y de alta. Si las cuotas son abonadas por la empresa, presentar TC2. El Historial de Cotizaciones (HC) no debe mostrar deuda en las cuotas al inicio, aunque sí puede surgirle durante el descanso.
    • Régimen Especial del Hogar / Agrario: Certificado de empresa especial (¿cuotas? ¿fijo discontinuo?).
    • Incapacidad Temporal (IT): Adjuntar parte de Alta médica, cuya fecha debe coincidir con la fecha del parto.

Requisitos Generales

  • Estar en situación de alta laboral (o IT), alta especial (huelga o cierre patronal) o situación asimilada al alta (desempleo, fijos discontinuos, vacaciones no disfrutadas, excedencia por cuidado de hijo o familiar).
  • Si proviene de IT o RDE (Régimen Especial de Empleados de Hogar), verificar el documento att61 (la fecha de alta médica debe ser la fecha del parto):
    • 01: Certificado de empresa.
    • 54: Certificado de mutua (con las fechas de inicio y fin y las Bases de Cotización).
    • RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos): Debe aportar las 3 últimas cuotas.
    • RDE (Régimen Especial de Empleados de Hogar): Debería aparecer en att61 como 01.
  • Embarazo de al menos 180 días.
  • Nota: Si el fin de contrato es anterior al Historial de Cotizaciones (HC), verificar si la gestión corresponde a la mutua.

Periodos de Carencia

Edad de la madre

En los últimos 7 años

En su vida laboral


0

0

21a – 26a

90 días

180 días

> 26 años

180 días

360 días

Paternidad

180 días

360 días

  • Para la edad, se considera la fecha de inicio del descanso. Para la carencia, la fecha del parto.
  • Si el contrato es a tiempo parcial, el plazo para la carencia es mayor.

Duración de las Prestaciones

Caso normal

Hijo disc. (33%)

(grado 1 bebés)

Parto múltiple

(por cada hijo adicional)

Familia

Numerosa

Maternidad

16 semanas

+2 semanas

+2 semanas

Paternidad

13 días

20 días

+2 días

20 días

Adopción

16 semanas

+2s (uno u otro)

  • Si uno de los progenitores se reincorpora al trabajo, el otro puede disfrutar el tiempo restante.
  • En caso de parto/adopción múltiple, existe un Subsidio especial de 6 semanas por cada hijo adicional.
  • En paternidad, los extras son acumulables (a diferencia de la maternidad no contributiva).
  • La prestación por paternidad puede comenzar, como muy tarde, desde el último día de la prestación por maternidad (incluso sin haber disfrutado de la maternidad).
  • Para casos de nacimiento prematuro (peso inferior a 1.5 kg) o hospitalización (7 días o más si el peso es superior a 1.5 kg):
    • El periodo adicional se disfruta en medio, entre las 6 semanas obligatorias post-parto y el resto de semanas.
    • Se debe presentar certificado de hospitalización y el de alta hospitalaria.
    • Registrar en IN009: Datos personales (F11 inicio/fin) y en Mensajes y Documentos aportados.
  • Familia Numerosa (FN): En la primera pantalla, pulsar F11 y F5 dos veces. Es válido con la solicitud de FN y la información vendrá en el certificado de empresa.

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