Trámites Iniciales para Empresas y Contratación en España

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Inscripción de la Empresa

Documentación

  • Empresario individual: Modelo oficial de solicitud - Modelo TA.6.
  • Documento identificativo del titular de la empresa, empresario individual o titular del hogar familiar.
  • Documento emitido por el Ministerio de Economía y Hacienda asignando el Número de Identificación Fiscal (NIF) en el que conste la Actividad Económica de la Empresa.

Organismo

En la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social más próxima al domicilio de la actividad.

Plazo

Antes del inicio de la contratación de trabajadores.

Tipo

Obligatorio para todos los empresarios que contraten trabajadores.

Afiliación de Trabajadores

Descripción

Toda persona que vaya a iniciar una actividad laboral deberá solicitar un número de afiliación (NAF). Este número es único y general para todos los Regímenes del Sistema, y se extiende a toda la vida de las personas comprendidas en él.

Organismo

Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración de la misma provincia en que esté domiciliada la empresa.

Tipo

Obligatorio para todos los empresarios que contraten trabajadores que no dispongan ya de dicho número.

Documentación

Modelo TA.1

Plazo

En los casos excepcionales en que no hubiera podido preverse con antelación el inicio de la prestación de servicios, se podrá remitir la documentación por telegrama, fax o por cualquier otro medio electrónico.

Alta de los Trabajadores en el Régimen de la Seguridad Social

Descripción

Todo empresario que contrate a trabajadores deberá comunicar el alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda.

Organismo

Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social de la provincia en que esté domiciliada la empresa en que presta servicios el trabajador.

Documentación

Modelos de solicitud:

  • Régimen General, Régimen Minería del Carbón y Régimen Especial del Mar: Modelo TA2/S.
  • Sistema Especial Agrario: TA0163, TA0163 (Múltiple), TA 0163 (Simplificado), TA0163 JR.
  • Sistema Especial Agrario Inactividad: TA 0161.

Plazo y Tipo

Régimen General: se podrá realizar hasta 60 días naturales anteriores al inicio de la relación laboral.

Tipo: Obligatorio.

Alta de los Contratos de Trabajo

Descripción

Este trámite consiste en realizar la legalización o alta de los contratos de trabajo de los trabajadores por cuenta ajena.

Organismo

En el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Plazo

Este es un trámite obligatorio que tiene que realizar la empresa en un plazo no superior a 10 días desde la firma del contrato.

Comunicación de Apertura del Centro de Trabajo

Descripción

Constituida la Sociedad o decidida por el empresario la iniciación de su actividad, se deberá proceder a la comunicación de apertura del centro de trabajo, a efectos del control de las condiciones de Seguridad y Salud Laboral.

Organismo

Consejerías de Trabajo de las Comunidades Autónomas.

Documentación

  1. Formulario oficial que se facilita en la Dirección Provincial del Ministerio de Empleo y Seguridad Social o en la Consejería correspondiente.
  2. El Plan de Prevención de Riesgos Laborales o en su caso el proyecto del mismo. Se podrá aportar fotocopia del concierto para la prevención de riesgos firmado por la empresa interesada y el servicio de prevención o certificado del Servicio de Prevención sobre la realización del mismo.
  3. Proyecto Técnico y memoria descriptiva de la actividad, para aquellas empresas con actividades calificadas de molestas, insalubres y peligrosas (Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y en las comunidades autónomas donde no esté derogado Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas).

Plazo

La comunicación se efectuará previamente o dentro de los treinta días siguientes a la apertura de un centro de trabajo o reanudación de la actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia.

Tipo

La comunicación de apertura del centro de trabajo debe ser presentada cualquiera que sea la actividad de la empresa, con independencia de las comunicaciones que deban efectuarse o de las autorizaciones que deban otorgarse por otros organismos.

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