Títulos Valores y Contratos Mercantiles: Funcionamiento de la Letra de Cambio, Cheque y Compraventa
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La Letra de Cambio
La letra de cambio es un documento mercantil por el que una persona, denominada librador, ordena a otra, el librado, el pago de una determinada cantidad de dinero en una fecha determinada o de vencimiento.
Sujetos Intervinientes en la Letra de Cambio
- Librador: Persona acreedora de la deuda y quien emite la letra de cambio.
- Librado: Es el deudor quien debe pagar la letra de cambio cuando llegue la fecha indicada o el vencimiento.
- Tomador: Persona que tiene en su poder la letra de cambio y a quien se le debe abonar el importe.
- Endosante: Persona que transmite o endosa la letra a un tercero.
- Endosatario: Persona que recibe la letra mediante el endoso.
- Avalista: Persona que garantiza el pago de la letra de cambio.
Conceptos Fundamentales: Aval, Endoso y Protesto
- Aval: Es la declaración contenida en la letra que tiene como finalidad garantizar el pago de la misma, de tal modo que el avalista asume la responsabilidad total del pago.
- Endoso: Transmisión a un tercero de los derechos de cobro derivados de la letra de cambio.
- Protesto: Acto notarial que sirve para acreditar formalmente que se ha producido la falta de pago de la letra de cambio.
Cláusulas Especiales
- Devuelta, sin gastos o sin obligación de protesto.
- No endosable.
- Intereses.
- Letras giradas al propio cargo: cuando el librador y el librado coinciden en la misma persona.
- A la propia orden: cuando el librador coincide con el tomador.
- Al portador.
Tipos de Vencimientos
- A fecha fija.
- A un plazo contado desde la fecha.
- A un plazo contado desde la vista.
- A la vista.
El Cheque
El cheque es un documento mercantil por el que un banco o entidad de crédito se obliga al pago de una determinada cantidad por orden del cliente.
Tipos de Cheques
- Cheque conformado: El banco garantiza la autenticidad de la firma del librador y la existencia de fondos suficientes en la cuantía indicada.
- Cheque cruzado: Este cheque solo puede ser abonado mediante ingreso en cuenta bancaria y no podrá ser cobrado en efectivo por un tercero.
- Nominativo: Se identifica a la persona beneficiaria directamente con su nombre y apellidos.
El Contrato de Compraventa Mercantil
Se define como la compraventa mercantil de cosas muebles con el objetivo de revenderlas, ya sea en la misma forma en que se compraron o de forma diferente (tras un proceso de transformación), con el fin de obtener beneficios económicos.
Obligaciones del Vendedor y del Comprador
- Obligaciones del vendedor:
- El vendedor debe entregar el bien que origina el contrato en su totalidad.
- El vendedor quedará obligado a la evicción y saneamiento en favor del comprador, salvo que exista un pacto en contrario.
- Obligaciones del comprador:
- El comprador debe recibir el bien y pagar el precio estipulado en el momento acordado o en los plazos establecidos por el vendedor.
Gestión de Abonos, Cargos y Descuentos
Nota de Abono y Nota de Cargo
- La nota de abono se emite para solicitar o registrar una devolución de mercancía o saldo a favor.
- La nota de cargo se utiliza cuando existe un importe pendiente por incluir en la facturación original.
Tipos de Descuentos en el Ámbito Mercantil
- Descuento comercial: Es aquel que surge como fruto de la negociación directa entre el proveedor y el cliente.
- Descuento financiero (Pronto Pago - PPP): Se asigna al hacer efectivo el importe de la compra de manera inmediata o antes del plazo estipulado.