Título Preliminar de la Constitución Española: Artículos 1 al 9

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Título Preliminar

El Título Preliminar de la Constitución Española comprende los artículos del 1 al 9. Constituye el núcleo del texto constitucional, estableciendo la parte jurídica y dogmática. Aquí se encuentran los principios fundamentales en los que se basa la Constitución, su definición y funcionamiento.

Estructura del Título Preliminar

El Título Preliminar se organiza en cuatro grupos de artículos:

  • Artículos 1 y 2: Definición del Estado (política y territorial).
  • Artículos 3, 4 y 5: Elementos de unidad del sistema. (No desarrollados en este extracto).
  • Artículos 6, 7 y 8: Elementos de dinámica del sistema.
  • Artículo 9: Definición del Estado de Derecho. (No desarrollado en este extracto).

Definición del Estado (Artículos 1 y 2)

El artículo 1 recoge la definición política del Estado, mientras que el artículo 2 se centra en la definición territorial.

Artículo 1

  1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
  2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
  3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

Artículo 2

La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

Elementos de Dinámica del Sistema (Artículos 6, 7 y 8)

Artículo 6

Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

Artículo 7

Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

Artículo 8

  1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen como misión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional.
  2. Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presente Constitución.

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