Tipos de Sociedades Mercantiles y Empresariales en España
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EL EMPRESARIO INDIVIDUAL
Persona física que ejerce de forma habitual y por cuenta propia una actividad comercial, industrial o profesional, y responde con todo su patrimonio de las deudas que pueda contraer su negocio. Su responsabilidad es ilimitada.
Características:
- Es la forma de empresa más extendida de nuestro país, pueden ser autónomos los mayores de edad con plena disposición de bienes o los menores (o incapacitados) a través de representante legal.
- No se necesita un capital mínimo para iniciar la actividad
- El empresario tiene responsabilidad ilimitada
- No existe separación entre los bienes de la empresa y los personales del empresario
- La gestión y su representación corresponden a su titular
- Denominación: nombre del titular
- IRPF. No es obligatoria la inscripción en el registro mercantil
Ventajas:
- Fácil empezar un negocio
- Plena autonomía de decisión
Inconvenientes:
- Asume todo el riesgo
- Mucho trabajo propio y talento
- Dificultad para obtener préstamos
- Difícil crecimiento
LAS SOCIEDADES PERSONALISTAS
Importancia a la reputación y prestigio de los socios, personas con trabajo muy calificado (abogados, arquitectos)
La sociedad colectiva
Sociedad mercantil, de carácter personalista, cuyos socios aportan capital y trabajo y responden de forma personal, ilimitada y solidaria de las deudas sociales.
Características:
- Mínimo de socios 2, no hay mínimo de capital social
- Condición de socio intransferible
- Partición en el beneficio en función del capital y trabajo.
- Responsabilidad solidaria, mancomunada e ilimitada
- Gestión común a todos los socios al igual que las decisiones
- Denominación: Nombre persona/s + “y compañía” + “S.C”
La sociedad comanditaria simple
Sociedad mercantil de carácter personalista-capitalista, coexisten 2 tipos de socios: socios colectivos (mismas características e partición y responsabilidad que en la sociedad colectiva) y socios comanditarios, (aportan solo capital, no invierten en la gestión de la sociedad, responsabilidad limitada al capital aportado y beneficios en proporción a su aportación económica).
Características:
- Mínimo 2 socios y no existe mínimo legal de capital
- IS e inscripción en el Registro mercantil
- Denominación: Nombre socios colectivos + “y compañía” + Sociedad en Comandita
Sociedad comandita por acciones, variante en la que el capital aportado está representado en acciones. Min socios 3 (uno colectivo, responderá a las deudas sociales) se regula por la normativa de la S.A. S.L.F.S sociedad limitada de formación sucesiva, no tiene capital mínimo/ Capital social: valor monetario del conjunto de las aportaciones de los socios de una sociedad. Cumple una función de garantía frente a terceros, constituye la referencia de la efectiva aportación patrimonial a la sociedad. Su cuantía podrá variar con nuevas aportaciones de los socios.
LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.L o S.R.L)
Sociedad mercantil, de carácter capitalista, su capital está dividido a partes iguales (particiones), y en la que los socios tienen limitada su responsabilidad al capital aportado.
Características:
- Tiene que haber uno o más socios. Si solo hay 1, seria “sociedad unipersonal de responsabilidad limitada”.
- Debe haber un capital mínimo de 3005´06€ y tiene que estar desembolsado a la constitución. Las particiones no son transmisibles
- La responsabilidad limitada a la aportación realizada
- Denominación: nombre + S.R.L o S.L
- I.S e inscripción en el R.M
Órganos de gobierno:
La junta general: es el órgano supremo de la sociedad y están representados todos los socios, sus funciones son controlar la gestión social y aprobar las cuentas anuales y la distribución del resultado, nombrar los administradores, reformar los estatutos o disolver la sociedad…
Los administradores: pueden ser socios o no, se encargan de la gestión de la empresa y de ejecutar las decisiones de la junta general.
Derechos de los socios:
- Participar en el reparto de los beneficios
- Participar en el patrimonio de liquidación
- Preferencia para adquirir nuevos particiones
- Votar en la junta general, según tu partición
- Tener toda la información de la empresa
Sociedad limitada de nueva empresa(S.L.N.E) Pensada para facilitar la creación de pequeñas empresas. Tiene ventajas fiscales y burocráticos. Capital entre 3000 y 120.000 y solo valen aportaciones dinerarias. No puede tener más de 5 socios (los administradores)
Ventajas:
- Los socios no responden son su patrimonio ante las posibles deudas de la empresa, la responsabilidad
Inconvenientes:
- Restricciones que tienen los socios para transmitir sus particiones
- Existen limitaciones para ampliación de capital
Estatutos de una sociedad: normas y reglas pactadas por los socios para regular el funcionamiento interno de la sociedad
LA SOCIEDAD ANONIMA
Sociedad mercantil, de carácter capitalista, cuyo capital social está dividido en partes iguales (acciones) y la responsabilidad de los socios está limitada a la aportación realizada.
Características:
- Sociedades capitalistas
- A cada socio le corresponde un nº de acciones en función del capital aportado
- El capital mínimo debe de ser 60.101´21€ totalmente suscrito y desembolsado al menos un 25%
- Debe haber un mínimo de 1 o más socios (si solo hay 1, unipersonal)
- Los socios tienen responsabilidad limitada al capital aportado
- Denominación: nombre + Sociedad Anónima (S.A)
Órganos de gobierno:
La junta general de accionistas: órgano supremo, los accionistas deliberan sobre los asuntos: elegir a los administradores y sus responsabilidades, aprobar las cuentas anuales, acuerdos de trasformación o disolución de la sociedad y voto proporcional al nº de acciones que poseen.
//La junta general se junta en una junta ordinaria durante los 6 primeros meses, pueden tener una junta general extraordinaria para tratar asuntos urgentes o una junta universal donde acuden todos los accionistas.
Consejo de administración o administradores: órgano de gestión y representación de la sociedad. Puede ser unipersonal, varios administradores solidarios o 2 mancomunados, o un consejo de administración
Las acciones Son títulos que representan una parte alícuota del capital social de la empresa. Pueden ser:
- Normativas: aparece el nombre de su titular
- Al portador: no aparece nombre titular
/Según su forma pueden ser:
- Títulos: es un documento que acredita la tenencia de la acción
- Anotaciones en cuenta: apunte
//Derechos a socios:
- Participar en el reparto de beneficios y el patrimonio de liquidación
- Tener preferencia para adquirir nuevas acciones
- Voto en la junta general en función del nº de acciones que posea
- Estar informado de las actuaciones de los administradores de la sociedad.
//Las acciones se pueden vender libremente, salvo que los estatutos lo limiten.
Ventajas:
- Facilidad para deshacerte de los acciones
- Tienes acceso a la bolsa de valores
- Hay separación entre propiedad y la gestión
Inconvenientes:
- Separación entre propiedad y gestión porque puede hacer conflicto de interés y los accionistas minoritarios no siempre cuentan con información suficiente.
Acciones: títulos que representan cada una las de las partes iguales en que se divide el capital de una S.A y que dan a su poseedor la condición de socio accionista y el derecho a participar en la gestión de la empresa y en sus beneficios.Dividiendo pasivo: cantidad que queda pendiente de pago por parte del accionista que suscribe una acción. Resulta de la diferencia entre el valor de la acción y el dinero desembolsado en el momento de la constitución.Dividiendo activo: cantidad de dinero que le corresponde a cada acción cuando se distribuyen beneficios en la empresa.
LAS EMPRESAS DE ECONOMIA SOCIAL O DE INTERES SOCIAL
Empresas para salvar compañías en crisis o para favorecer el empleo y la partición de los trabajadores o para el desarrollo del entorno.
La sociedad cooperativa
Sociedades constituidas por personas que tienen intereses o necesidades comunes y que se asocian para realizar una actividad empresarial dirigida a satisfacerlas. Se inspiran en principios de funcionamiento democráticos y no tienen ánimo de lucro. Los cooperativistas aportan capital y trabajo y su responsabilidad queda limitada al capital aportado.
Características:
- Solidaridad entre los socios y principio democrático, “1 persona, un voto”
- Responsabilidad limitada
- Los socios aportan capital y trabajo
- Capital social mínimo fijado en los estatutos, este capital se divide en aportaciones nominativas
- Sociedades sin ánimo de lucro, beneficios se reinvierten en la empresa, otra parte de los beneficios van a un fondo de reserva, otra parte va a un fondo de educación y promoción para formar a los socios
- Tributan por el impuesto de sociedades pero con bonificaciones fiscales
- Inscripción en el registro de cooperativas
- Denominación: nombre + S.Coop
Según el grado de asociación:
- 1º grado: cooperativa normal, mínimo 3 y 5 socios
- 2º grado: varias cooperativas se junta
Según el interés que une a los socios:
- Asociar para llevar a cabo un trabajo asociado
- Asociar para vender mejor sus productos
- Asociar para consumo (mejores ventajas como consumidores)
Órganos de gobierno:
- Asamblea general
- Consejo rector: gestiona y representa la sociedad
- Interventores: vigila que todo se haga adecuadamente
Ventajas:
- Beneficios común, trabajadores participan en la gestión
Inconvenientes:
- Puedes tener problemas de inversión
Las sociedades laborales
Sociedades anónimas o de responsabilidad limitada en las que la mayoría del capital social (al menos el 51%) es propiedad de los trabajadores que prestan en ella sus servicios, y cuya relación laboral es por tiempo indefinido
Características:
- Hay 2 clases de acciones o participaciones, las de clase laboral (socios trabajadores) y de clase general (socios no trabajadores)
- Ningún socio puede poseer más de 1/3 del capital, salvo en las entidades públicas o asociaciones sin ánimo de lucro que no podrán alcanzar el 50%
- No se puede contratar a trabajadores por más del 15% del total de las horas anuales trabajadas
- Hay que dejar un fondo de reserva (10% de beneficios anual)
- I.S y Registro mercantil