Tipos de Sociedades y Formas Jurídicas en España: Constitución, Derechos y Obligaciones

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Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL)

Constitución de una SRL

La sociedad se constituye mediante escritura pública que se inscribirá en el Registro Mercantil. Deben constar los siguientes datos:

  • La identidad del socio o socios.
  • La voluntad de constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada.
  • Las aportaciones que cada socio realice y la numeración de las participaciones asignadas en pago.
  • Los estatutos de la sociedad.
  • La determinación del modo concreto en que inicialmente se organice la administración.
  • La identidad de la persona o personas que se encarguen de la administración y de la representación social.
  • Aquellos otros pactos que se estimen convenientes, siempre que no sean contrarios a la ley.

Derechos y Obligaciones de los Socios de una SRL

La principal obligación de los socios es la de aportar las cantidades a las que se hubieran comprometido.

Derechos de los Socios

  • Asistir a la Junta General de Socios y participar en los acuerdos que se tomen.
  • Separar a los administradores de su cargo por acuerdo de la Junta General.
  • Revisar las cuentas anuales y aprobarlas.
  • Recibir los beneficios que les correspondan en función de su participación social, y en el patrimonio resultante de la liquidación de la sociedad.
  • Derecho de tanteo en la adquisición de las participaciones de los socios salientes.

Sociedades Anónimas (SA)

Características de una SA

  1. Es una sociedad eminentemente capitalista; no importa la identidad del socio, solo interesa la aportación de capital.
  2. El capital está íntegramente representado por acciones.
  3. La responsabilidad de los socios se limita al valor de sus acciones.
  4. Se rige democráticamente por mayoría simple de votos.
  5. El capital mínimo para su constitución es de 60.101,21 €. Debe haber un compromiso por parte de los socios para cubrir la totalidad del capital, y debe estar desembolsado al menos un 25%.
  6. Aunque es factible la sociedad con un solo socio, lo más habitual es que se forme con varios socios.

Derechos y Obligaciones de los Accionistas de una SA

La principal obligación es realizar el pago del capital correspondiente al valor de sus acciones.

Derechos de los Accionistas

  • Derecho a participar en las ganancias sociales.
  • Derecho a participar en el patrimonio de la sociedad.
  • Derecho a la suscripción preferente de nuevas acciones.

Sociedades Laborales

Capital Social en Sociedades Laborales

El capital social está dividido en acciones nominativas o participaciones sociales. Ningún socio podrá poseer un número de ellas que represente más de la tercera parte del capital social.

Constitución de Sociedades Laborales

La sociedad tendrá personalidad jurídica desde su inscripción en el Registro Mercantil. Deberá aportarse el certificado que acredite que dicha sociedad ha sido calificada por el Ministerio de Trabajo e inscrita en el Registro de Sociedades Laborales.

Comunidad de Bienes (CB)

Régimen Tributario de la Comunidad de Bienes

  1. Es la comunidad la que debe darse de alta, y no cada uno de los miembros, en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
  2. No tributan por el Impuesto de Sociedades, al no tener personalidad jurídica, pero sí lo debe hacer cada comunero por los beneficios que obtenga la sociedad.
  3. Debe declararse de forma conjunta por toda la comunidad el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

Criterios Clave para Elegir la Forma Jurídica

Al elegir la forma jurídica para una empresa, es fundamental considerar los siguientes criterios:

  • Exigencia legal
  • Responsabilidad de los promotores
  • Número de socios
  • Capital social
  • Aspectos fiscales

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