Tipos de Sociedades: Características, Derechos y Obligaciones

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Sociedades Laborales: Características y Requisitos

Las Sociedades Laborales (SAL) son sociedades anónimas o de responsabilidad limitada en las que la mayoría del capital social (al menos el 51%) es propiedad de los trabajadores que prestan en ella sus servicios, y cuya relación laboral es por tiempo indefinido.

Requisitos de las Sociedades Laborales

  • Mínimo de tres socios.
  • Ningún socio puede poseer más de un tercio del capital, salvo que la sociedad esté participada por el Estado, la Comunidad Autónoma, entidades locales, sociedades públicas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, en cuyo caso la participación en el capital social no podrá superar el 50%.
  • La mayoría del capital debe estar en manos de trabajadores que presten sus servicios de forma personal y directa, y tengan una relación laboral indefinida.
  • Formalización e inscripción en el Registro Mercantil.
  • La denominación debe incluir las iniciales "S.A.L." (Sociedad Anónima Laboral) o "S.L.L." (Sociedad Limitada Laboral).
  • Desembolso inicial del 25% del capital al constituirse.
  • Capital social no inferior a 60.101,21 €.
  • Fondo de reserva del 10% del beneficio anual.
  • La diferencia entre las horas de trabajo anuales de los trabajadores socios y no socios no podrá exceder el 15%.

Ventajas de las Sociedades Laborales

Las Sociedades Laborales pueden tener ventajas como la posibilidad de que los trabajadores tomen el control de la empresa en caso de quiebra, en lugar de ser despedidos. Además, estas empresas gozan de beneficios fiscales y otras ventajas, como créditos subvencionados para inversiones.

Derechos y Obligaciones de los Socios en Cooperativas

Derechos

  • Ser elector y elegible para los cargos de los órganos sociales.
  • Recibir información necesaria para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.
  • Participar en la actividad empresarial de la cooperativa.
  • Percibir intereses por sus aportaciones al capital social, si los estatutos lo prevén.

Obligaciones

  • Asistir a las reuniones de la Asamblea General y otros órganos colegiados.
  • Aceptar los cargos para los que fuesen elegidos, salvo causa justificada.
  • Efectuar el desembolso de sus aportaciones al capital social.
  • Participar en las actividades de formación.
  • Responsabilidad limitada.
  • Los beneficios se reinvierten en la empresa, que no tiene ánimo de lucro.
  • La denominación debe incluir "Sociedad Cooperativa" o "S. Coop.".

Preguntas y Respuestas sobre Sociedades

Pregunta 4

a. Una sociedad no puede mantener la misma forma jurídica si no cumple con el requisito de que al menos el 51% del capital esté en manos de los socios trabajadores.

b. La responsabilidad del socio ante las deudas se limita a la cantidad aportada, ya que este tipo de sociedades solo responde según el capital aportado.

Pregunta 5

1. Tipos de Empresarios y Sociedades:

  • Empresario individual: Una sola persona aporta el capital, dirige la empresa y asume el riesgo.
  • Empresas societarias o sociedades mercantiles: Constituidas por varias personas que aportan trabajo y capital. Se crea una nueva persona jurídica mediante contrato y deben inscribirse en el Registro Mercantil.

2. Clasificación de Sociedades:

  • Sociedades de personas: Constituidas por socios que aportan capital y trabajo. Importa el prestigio y reconocimiento de los socios. Los socios responden con todo su patrimonio personal ante los acreedores. Ejemplos: Sociedad Colectiva y Sociedad Comanditaria (donde puede haber socios que solo aporten capital).
  • Sociedades de capital: Lo importante es la aportación económica. La responsabilidad se limita al capital aportado. Ejemplos: Sociedad Limitada y Sociedad Anónima.
  • Sociedad de economía social: Surgen como alternativa a las capitalistas para superar crisis empresariales. Destacan las cooperativas y las sociedades laborales.

3. Sociedades Abiertas y Cerradas:

  • Sociedades abiertas: Como las Sociedades Anónimas, ofrecen grandes posibilidades de expansión y crecimiento.
  • Sociedades cerradas: Como las Sociedades Limitadas, tienen un carácter más familiar o cerrado.

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