Tipos de Seguros: Vida, Ahorro y Jubilación | Coberturas y Características
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Seguros en Caso de Fallecimiento o de Vida Riesgo
- Seguro Temporal Anual Renovable (TAR): La póliza se suscribe inicialmente por un año, pero el tomador podrá renovarla anualmente mediante el pago de la prima correspondiente.
Formas Básicas:
- A prima única: Al inicio de la póliza se devenga una prima que cubre toda la duración de la póliza.
- A prima nivelada: En cada una de las anualidades de la póliza se devenga el mismo importe de prima. En caso de modificación en el contrato, se originaría una nueva prima.
- A prima periódica: En cada una de las anualidades de la póliza se le devenga un importe de prima en función de la edad del asegurado y el capital asegurado contratado.
Seguro de Vida Entera
Se garantiza el pago de un capital inmediatamente después del fallecimiento del asegurado, sea cual fuere la fecha en que ocurra dicho fallecimiento.
- A primas vitalicias: El pago de las primas se mantiene hasta que se produce el fallecimiento del asegurado.
- A primas temporales: Las primas se pagan sólo durante un periodo de tiempo determinado (la cobertura se mantiene hasta el fallecimiento del asegurado).
Seguros de Ahorro/Jubilación
El beneficiario recibe la indemnización contratada en caso de que el asegurado sobreviva en una fecha determinada, llegue a la jubilación, o cobre hasta que fallezca.
- Seguros de capital diferido: El tomador del seguro realiza abonos periódicos o un único abono en forma de prima única, y al vencimiento de la póliza el asegurador se compromete a hacerle entrega de un capital.
Seguros Vinculados a Activos
En los que el tomador asume el riesgo de la inversión:
- Unit linked: La prima aportada por el cliente se invierte en participaciones.
- Index linked: La prima aportada por el cliente se invierte en la bolsa.
Seguros de Rentas
A partir de un pago único, realizado por el tomador del seguro, éste (es el beneficiario de la renta) recibe un cobro periódico (mensual, trimestral, semestral o anual).
- Renta Temporal o Vitalicia: El tomador decide cobrar la renta durante un tiempo finito (por ejemplo, 10 años) o hasta fallecer (vitalicia).
- Diferida o Inmediata: El tomador decide cobrar la renta una vez pagada la prima del seguro o prefiere esperar un tiempo a hacerlo (contrata ahora, pero prefiere iniciar el cobro de la renta de aquí a 2 años).
- Capital adicional por fallecimiento o sin: También llamadas con contraseguro o sin. Es decir, se devuelve la prima pagada, o parte de ella, al fallecer. En este caso, se devolverá al beneficiario en caso de defunción.
- Con o sin reversión: En caso de fallecimiento del tomador, que es el beneficiario de la renta, si fuese una renta con reversión, esta renta la cobra el segundo beneficiario.
Productos de Ahorro a Medio y Largo Plazo
- PIAS (Planes Individuales de Ahorro Sistemático): El objetivo es el ahorro a largo plazo, y que sea complementario a la jubilación.
- Aportaciones máximas de 8.000€/año, con un máximo acumulado de 240.000€.
- Entre la primera prima satisfecha y el momento de constitución de la renta debe transcurrir un periodo de al menos 5 años.
- Es líquido (es decir, se puede rescatar en cualquier momento, pero, para mantener el beneficio fiscal, en el momento de la jubilación las primas deben haber permanecido un mínimo de 5 años).
- SIALP (Seguros Individuales de Ahorro a Largo Plazo): Garantiza a su titular un capital equivalente al 85% de la suma de las primas satisfechas o aportaciones efectuadas al depósito o contrato financiero. Requisitos para obtenerlo:
- Aportaciones no superiores a 5.000 euros anuales.
- La aseguradora deberá garantizar al contribuyente la percepción al vencimiento del seguro al menos, un capital equivalente al 85% de la suma de las primas.
Fases del Siniestro
Declaración, Apertura, Valoración Inicial y Final, y Resolución.