Tipos de Salario, Estructura y Salario Mínimo Interprofesional en España
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Clases de Salario
Según el Medio de Pago
Los agentes sociales, que incluyen representantes de los trabajadores (sindicatos) y representantes de los empresarios, negocian los convenios y pluses salariales. El salario puede pagarse de dos formas:
- Metálico: Se paga en moneda de curso legal, ya sea en efectivo, cheque o transferencia bancaria.
- Especie: Solo una parte del salario puede pagarse en productos o servicios, y nunca podrá superar el 30% del total de las percepciones.
Según la Cuantía
- Fijo: Percepciones que no cambian por el trabajo desarrollado o por la asistencia, como el salario base o el plus de antigüedad.
- Variable: Percepciones que varían según el trabajo desempeñado y la asistencia al trabajo, como el plus de transporte.
Según el Tiempo
- Ordinario: Retribuciones recibidas con periodicidad igual o inferior a 30 días. El salario es, como máximo, mensual.
- Definido: Se recibe en una periodicidad superior al mes, como las pagas extraordinarias o las pagas de beneficios.
Estructura del Salario
El salario se compone de:
- Salario Base: Es el salario fijo establecido en el convenio colectivo, teniendo en cuenta la categoría profesional del trabajador y su puesto de trabajo. Si no hubiera convenio, sería el establecido legalmente.
- Complementos Salariales: Cantidades que se suman al salario base según el puesto de trabajo o las circunstancias personales del trabajador. Se clasifican en:
- Personales: Por ejemplo, el plus de antigüedad.
- De Puesto de Trabajo: Se otorgan con independencia de quién lo desarrolle. Por ejemplo, el plus de nocturnidad.
- Por el Resultado de la Empresa: Dependen del cumplimiento de las metas empresariales. Por ejemplo, la paga de beneficios o el plus de productividad.
Salario Mínimo Interprofesional (SMI)
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) se establece anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE). El artículo 35 de la Constitución Española establece que todo trabajador tiene derecho a recibir una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia. El SMI es la manifestación más importante de la intervención del Estado en materia salarial.
El SMI es la retribución mínima que deben percibir todos los trabajadores por cuenta ajena por el desarrollo de su trabajo. Teóricamente, corresponde con un nivel mínimo de subsistencia por debajo del cual ninguna persona puede cubrir sus necesidades elementales.
El calificativo "interprofesional" significa que la cifra se aplica sin referencia alguna al sector o rama productiva y sin consideración de oficio, profesión o categoría laboral.
En principio, el SMI puede afectar a cualquier trabajador por cuenta ajena, sea cual sea la empresa y la categoría profesional que desarrolle. El Gobierno lo establece anualmente, previa consulta a los agentes sociales y teniendo en cuenta, entre otros factores, el IPC (Índice de Precios al Consumo) y la situación económica general. En 1963 se estableció por primera vez el salario base, que era de 60 pesetas al día. En la actualidad, para una jornada completa, el SMI es de 1134 euros (2024).