Tipos de Residuos: Clasificación, Gestión y Normativa Aplicable
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1. Residuos de Construcción y Demolición
Los residuos de construcción y demolición (RCD) proceden, en su mayor parte, de derribos de edificios o de rechazos de los materiales de construcción de las obras de nueva planta y de pequeñas obras de reformas en viviendas o urbanizaciones. Con arreglo a la legislación española, las competencias sobre el control de su producción y gestión corresponde a las Comunidades Autónomas, a excepción de los RCD procedentes de obras menores domiciliarias, cuya gestión (al menos la recogida, transporte y eliminación) corresponde a las Entidades locales.
2. Residuos de Envases Fitosanitarios
Los productos fitosanitarios son los que se añaden a los cultivos para prevenir o atajar diferentes plagas y enfermedades. Pueden tener consecuencias negativas sobre el medio ambiente y agrícola. Se establecen los sistemas para gestionar los envases que han contenido productos fitosanitarios, la creación de Sistemas Integrados de Gestión (SIG) y los Sistemas de Depósitos de Devolución y Retorno de Envases (SDDR).
3. Vehículos al Final de su Vida Útil
Un vehículo al final de su vida útil (VFU) es aquel vehículo que su poseedor ha desechado o tiene la intención u obligación de deshacerse de él y que, siempre que sea entregado a un centro autorizado de tratamiento (CAT) y este expida un certificado de destrucción, se ha convertido en residuo.
4. Lodos Residuales de Depuración
Los lodos residuales de depuración son los procedentes de todo tipo de estaciones depuradoras de aguas residuales urbanas o industriales, así como los provenientes de fosas sépticas y de otras instalaciones de depuración utilizadas para el tratamiento de aguas residuales. Los lodos se caracterizan por ser un residuo extremadamente líquido (más de un 95% de agua). Su composición es variable y depende de la carga de contaminación del agua residual inicial y de las características técnicas de los tratamientos llevados a cabo en las aguas residuales. Las estaciones depuradoras de aguas residuales (EDAR) son productores de lodos y como tales productores de residuos deben asegurar su correcta gestión, bien directamente o a través de gestores autorizados.
5. Neumáticos Fuera de Uso
La generación de NFU, tiene dos orígenes, principalmente:
- Neumático de reposición: el que proviene de reemplazar los neumáticos usados de un vehículo.
- Neumático obtenido en el proceso de desguace de un vehículo fuera de uso (VFU).
El resultado del aprovechamiento de NFU es la obtención de "polvo de caucho", el cual puede emplearse en la construcción de carreteras y en suelos especiales para parques o instalaciones deportivas, entre otros usos. También se recupera el acero contenido en los mismos. El Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, regula la gestión de los neumáticos fuera de uso.
6. Residuos de Plásticos Agrícolas
Los residuos originados por los plásticos y elementos de plástico usados en la agricultura para la protección de los cultivos tienen la consideración de residuos agrícolas. Atendiendo a tal consideración, la gestión de los mismos no compete a los entes locales.
7. Bolsas Comerciales de un Solo Uso
En mayo de 2018 se aprobaba el Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores. Este real decreto tiene por objeto adoptar medidas para reducir el consumo de bolsas de plástico, con la finalidad de prevenir y reducir los impactos adversos que los residuos generados por dichas bolsas de plástico producen en el medio ambiente.
8. PCB (Policlorobifenilos) y PCT (Policloroterfenilos)
Los PCB (policlorobifenilos) y los PCT (policloroterfenilos) son compuestos orgánicos policlorados que se utilizaban como refrigerante en equipos eléctricos. Su uso se prohibió en 1985. La regulación de la eliminación de los aparatos que contienen estos compuestos está determinada en el Real Decreto 1378/1999, modificado por el Real Decreto 228/2006.
9. CFC (Compuestos Organoclorados)
Los CFC son unos compuestos organoclorados de gran estabilidad y escasa toxicidad. Estos compuestos, si llegan a la estratosfera, con el impacto de los rayos ultravioletas del sol provocan la destrucción de la capa de ozono. Los frigoríficos y otros aparatos que contengan CFC deben tratarse porque contienen CFC en el circuito generador de frío y en las espumas aislantes situadas en todo el perímetro de la carcasa.
10. Residuos "MARPOL"
Se denominan “residuos MARPOL” a los residuos generados durante el servicio de los buques, así como en sus operaciones de mantenimiento y limpieza, incluidas las aguas residuales y los residuos distintos de los del cargamento.
11. Aceites Usados
Los aceites usados son todos los aceites minerales o sintéticos industriales o de lubricación que han dejado de ser aptos para el uso originalmente previsto como los aceites usados de motores de combustión y los aceites de cajas de cambios, los aceites lubricantes, los aceites para turbinas y los aceites hidráulicos.
12. Subproductos Animales
Los subproductos animales no destinados al consumo humano (SANDACH) se definen como cuerpos enteros o partes de animales, productos de origen animal u otros productos obtenidos a partir de animales, que no están destinados al consumo humano, bien sea por motivos sanitarios o por decisión del operador. Los SANDACH se generan en la producción primaria ganadera, en las industrias de transformación de los alimentos de origen animal, en los establecimientos alimentarios de comercio minorista y en los hogares. Son materiales que, por motivos comerciales o sanitarios, no pertenecen a la cadena alimentaria humana. La gestión de los subproductos animales desde el momento en que se generan hasta su uso final, valorización o destrucción está regulada para garantizar que durante la misma no se generen riesgos para la salud humana, la sanidad animal o el medio ambiente y, especialmente, para garantizar la seguridad de la cadena alimentaria humana y animal.
13. Residuos de Pilas y Acumuladores
Se denominan pilas y acumuladores a cualquier pila -recargable o no recargable-, pila botón, estándar o acumulador (pilas recargables portátiles), pila o acumulador de automoción, pila o acumulador industrial, y conjunto de pilas conectadas entre sí (batería) que procede de la actividad industrial, los domicilios particulares, comercios, oficinas o servicios u otros lugares asimilables a estos. Cuando estas pilas y acumuladores no sirven, se convierten en residuos que deben ser depositados en lugares adecuados para garantizar su correcta gestión. La gestión de las pilas y acumuladores viene recogida en el Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos.
14. Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos
Son aquellos aparatos que su poseedor deseche o tenga la intención o la obligación de desechar, incluyendo sus componentes, subconjuntos y consumibles que formen parte del producto en el momento que se desecha. Pueden contener:
- Sustancias peligrosas, como cadmio, mercurio, plomo, arsénico, fósforo, aceites y gases que agotan la capa de ozono o que contribuyen al calentamiento global, de ahí la importancia de que estos residuos sean correctamente tratados.
- Metales, tierras raras y otros materiales que constituyen un valioso recurso que no puede perderse y debe ser recuperado en la última etapa de la vida del aparato a través de su reciclado o valorización conservándolos para futuras generaciones.
15. Residuos de Actividades Mineras
Son aquellos materiales no aprovechables que se forman en las extracciones mineras o de canteras. Su volumen suele ser elevado y el grado de toxicidad o peligrosidad estará determinado por el tipo de material extraído y por la cantidad del mismo contenida en los residuos. Se pueden clasificar en:
- Residuos mineros: Son aquellos residuos sólidos o aquellos lodos que quedan tras la investigación y aprovechamiento de un recurso geológico, tales como son los estériles de las minas, rechazos, gangas el todo a uno y las colas de proceso, siempre que constituyan residuos tal y como se definen en la ley 10/1998.
- Residuos peligrosos mineros: Los que así se clasifican según la Ley de residuos.
- Residuo minero inerte: es aquel que no experimenta ninguna transformación física, química o biológica significativa.
- Suelo no contaminado: Aquel que se retira de la capa superior del terreno durante la investigación y aprovechamiento y que se supone