Tipos de Gobierno: Monarquía, Aristocracia, Democracia y sus Variantes
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Formas Puras de Gobierno
Monarquía
El gobierno lo ejerce el soberano, de forma vitalicia y hereditaria. Puede ser:
- Absoluta: Si el monarca ejerce los tres poderes públicos de modo personal.
- Limitada: Si comparte su autoridad con otros funcionarios o instituciones.
Aristocracia
La autoridad es ejercida por un grupo cerrado de personas. Este régimen suele corromperse cuando los gobernantes favorecen demasiado los intereses del grupo al que pertenecen.
Democracia
Cuando la autoridad reside en el pueblo, quien lo hace, a veces en forma directa, reunido en asambleas o eligiendo representantes que gobiernen en su nombre.
Formas Impuras de Gobierno
Tiranía
Forma arbitraria y caprichosa de ejercer la autoridad.
Oligarquía
Es el gobierno de pocos.
Demagogia
Tiranía sobre el pueblo.
Democracia Semidirecta (Reforma Constitucional de 1994)
Consulta Popular Vinculante
Cuando el Congreso, por iniciativa de la Cámara de Diputados, decide poner a consideración popular un proyecto de ley. La decisión popular, mediante voto obligatorio, será vinculante.
Consulta Popular No Vinculante
Al no ser vinculante la decisión, tampoco es obligatorio el voto. Por eso, la consulta puede originarse tanto en el Congreso como en el Poder Ejecutivo.
Iniciativa Popular
Hace posible que los ciudadanos presenten proyectos de ley sobre determinados temas en la Cámara de Diputados.
Actitud Fundamental de los Gobiernos
Todos los gobiernos deben tener una actitud fundamental de respeto hacia la libertad de las personas y defensa de los derechos humanos.
Todos integran alguna de estas categorías:
- Gobierno Democrático: Donde se dan esas condiciones.
- Gobierno Autoritario: Donde faltan en mayor o menor grado.
Nuestro gobierno es de la forma República representativa y federal, según el artículo 1 y Aristóteles.
Artículo 1
La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, según lo establece la presente Constitución.
La Forma Representativa
El pueblo no actúa directamente en la resolución de los asuntos públicos, sino que lo hace por medio de representantes. El artículo 22 dice: "El pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución".
Forma Republicana
Res publica, cosa pública, que es de todos. Significa que, con el fin de evitar la concentración o el abuso en el ejercicio del poder, este se divide en poder ejecutivo, legislativo y judicial. Gobierno que presenta determinadas características:
- Igualdad de los habitantes ante la ley sin prerrogativas de sangre o de nacimiento.
- Soberanía del pueblo expresada en comicios libres.
- Periodicidad o renovación periódica de los gobernantes.
- División de poderes.
- Publicidad de los actos de gobierno.
- Responsabilidad de los funcionarios públicos:
Tipos de Responsabilidad de los Funcionarios Públicos
- Responsabilidad Política: El presidente, vicepresidente, jefe de ministros y miembros de la Corte están sujetos al juicio político. Puede acusar a un funcionario ante la Cámara de Senadores que actúa como tribunal y puede llegar a destituirlo.
- Responsabilidad Administrativa: Es la que tienen el resto de los funcionarios ante sus superiores.
- Responsabilidad Penal: Es la que tienen todos los funcionarios frente a la comisión de un delito en el ejercicio de su función.
- Responsabilidad Civil: Todos tienen obligación de indemnizar los perjuicios que causen en el ejercicio de sus cargos.