Tipos de Estructuras Empresariales en España: Comparativa Detallada
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A continuación, se presenta una descripción y contraste de las principales formas jurídicas disponibles para el ejercicio de actividades económicas en España, destacando sus características fundamentales en términos de socios, responsabilidad, capital y tributación.
1. Empresario Individual / Autónomo
- Socios: 1 socio.
- Responsabilidad: Ilimitada.
- Capital Mínimo: No requiere.
- Tributación: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
- Naturaleza: Persona física.
- Denominación: Nombre del empresario.
- Capital: Sin división de capital.
- Gestión y Riesgo: Libertad de gestión total, pero con un riesgo personal alto.
2. Sociedades de Capital
Sociedad Limitada (S.L. o S.R.L.)
- Socios: 1 o más socios.
- Responsabilidad: Limitada al capital aportado.
- Capital Mínimo: 3.000 €.
- Tributación: Impuesto sobre Sociedades (IS).
- Naturaleza: Persona jurídica (requiere inscripción en el Registro Mercantil).
- Denominación: Nombre seguido de "S.L." o "S.R.L.".
- Capital: Dividido en participaciones.
- Aspectos Legales: Implica derechos laborales para los socios y requiere escritura de constitución obligatoria.
Sociedad Limitada Nueva Empresa (S.L.N.E.)
Nota: Esta forma ha sido mayormente absorbida por la S.L. ordinaria, pero se mantiene su descripción histórica.
- Socios: Entre 1 y 5 socios.
- Responsabilidad: Limitada.
- Capital: Entre 3.000 € y 120.000 €.
- Tributación: Impuesto sobre Sociedades (IS).
- Naturaleza: Persona jurídica (inscripción en el Registro Mercantil).
- Denominación: Derivada de la S.L.
- Capital: Dividido en participaciones.
- Ventajas: Trámites simplificados y constitución telemática posible; escritura obligatoria.
Sociedad Anónima (S.A.)
- Socios: 1 o más socios.
- Responsabilidad: Limitada.
- Capital Mínimo: 60.000 €, con el 25% desembolsado al constituirse.
- Tributación: Impuesto sobre Sociedades (IS).
- Naturaleza: Persona jurídica (inscripción en el Registro Mercantil).
- Denominación: Libre, seguida de "S.A.".
- Capital: Dividido en acciones.
- Transmisión: Transmisión libre de acciones.
3. Sociedades Personalistas y Mixtas
Sociedad Comanditaria por Acciones (S. Com. p.A.)
- Socios: Mínimo 2: socios colectivos (responsabilidad ilimitada) y comanditarios (responsabilidad limitada).
- Capital Mínimo: 60.000 €.
- Tributación: Impuesto sobre Sociedades (IS).
- Naturaleza: Persona jurídica (inscripción en el Registro Mercantil).
- Denominación: Nombre seguido de "S. Com. p.A.".
- Capital: Dividido en acciones.
- Gestión: Los socios colectivos gestionan; los comanditarios no participan en la gestión.
Sociedad Comanditaria Simple (S. en C.)
- Socios: Mínimo 2: socios colectivos (responsabilidad ilimitada) y comanditarios (responsabilidad limitada).
- Capital Mínimo: Sin capital mínimo.
- Tributación: IRPF (tributación por atribución de rentas).
- Naturaleza: Persona jurídica (inscripción en el Registro Mercantil).
- Denominación: Nombre de un socio más "y Cía." más "S. en C.".
- Capital: Dividido en participaciones.
- Gestión: Los socios colectivos gestionan.
Sociedad Colectiva (S.C.)
- Socios: 2 o más socios.
- Responsabilidad: Ilimitada para todos los socios.
- Capital Mínimo: Sin capital mínimo.
- Tributación: IRPF.
- Naturaleza: Persona jurídica (inscripción en el Registro Mercantil).
- Denominación: Nombre de un socio más "y Cía." más "S.C.".
- Capital: Dividido en participaciones.
- Gestión: Los socios gestionan libremente, sin derecho de tanteo entre ellos.
4. Otras Formas Societarias Especiales
Sociedad Laboral (S.L.L. o S.A.L.)
- Socios: Mínimo 2 socios, que deben ser trabajadores de la sociedad.
- Responsabilidad: Limitada.
- Capital Mínimo: 3.000 € (S.L.L.) o 60.000 € (S.A.L.).
- Tributación: Impuesto sobre Sociedades (IS).
- Naturaleza: Persona jurídica (inscripción en el Registro Mercantil).
- Denominación: Nombre libre más "S.L.L." o "S.A.L.".
- Capital: Dividido en participaciones o acciones.
- Particularidades: El 51% del capital debe ser propiedad de los trabajadores con contrato indefinido; máximo del 33% por socio; y el 10% de los beneficios se destina a un fondo especial.
Sociedad Cooperativa (S. Coop.)
- Socios: Mínimo 2 socios (el máximo depende de la Comunidad Autónoma o estatutos).
- Responsabilidad: Limitada según lo estipulado en los estatutos.
- Capital: Según estatutos.
- Tributación: Impuesto sobre Sociedades (IS).
- Naturaleza: Persona jurídica (inscripción en el Registro de Sociedades Cooperativas).
- Denominación: "S. Coop.".
- Capital: Dividido en participaciones.
- Objetivo: Asociación de personas con intereses y necesidades comunes; los beneficios se reparten equitativamente y se crea patrimonio común.