Tipos de Espacios Deportivos: Clasificación y Normativas

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Clasificación de Espacios Deportivos Convencionales

  • Pista polideportivas
  • Pista de tenis y pádel
  • Frontones descubiertos
  • Salas grandes
  • Salas pequeñas
  • Vaso de piscina descubierto
  • Vaso de piscina cubierto
  • Campos de fútbol
  • Otros campos grandes

Clasificación de las Pistas como EDC (Espacios Deportivos Convencionales)

  • Pista Polideportiva 1 (400 a 800 m² de superficie)
  • Pista Polideportiva 2 (800 a 1.000 m²)
  • Pista Polideportiva 3 (1.000 a 1.500 m²)
  • Pistas de Tenis
  • Pistas de Hielo
  • Pistas de Petanca
  • Otras Pistas definidas por actividad principal (>400 m²)
  • Otras Pistas Pequeñas definidas por actividad principal (<400 m²)

Clasificación de las Pistas con Pared como EDC

  • Pista Polideportiva con frontón 1 (400 a 800 m² de superficie)
  • Pista Polideportiva con frontón 2 (800 a 1.000 m²)
  • Pista Polideportiva con frontón 3 (1.000 m² a 1.500 m²)
  • Frontón, Pádel, Trinquete, Otras Pistas con pared definidas por actividad principal (>400 m²)
  • Otras Pistas Pequeñas con pared definidas por actividad principal (<400 m²)

Clasificación de los Campos como EDC

  • Campo Polideportivo 1 (1.500 a 4.000 m² de superficie)
  • Campo Polideportivo 2 (4.000 a 8.000 m² de superficie)
  • Campo Polideportivo 3 (<8.000 m²)
  • Campo de Fútbol (mínimo 4.000 m² de superficie)
  • Campo de Fútbol 7 (mínimo 1.500 m² de superficie)
  • Campo de Rugby (mínimo 4.000 m² de superficie)
  • Campo de Hockey (mínimo 4.000 m² de superficie)
  • Campo de Béisbol (mínimo 4.000 m² de superficie)
  • Otros Campos definidos por actividad principal (>2.000 m²)
  • Otros Campos Pequeños definidos por actividad principal (<2.000 m²)

Clasificación de los Espacios Longitudinales como EDC

  • Pista de Atletismo de 400 m
  • Pista de Atletismo de 300 m
  • Pista de Atletismo de 200 m
  • Otras Pistas de Atletismo (Otras dimensiones o cuerda irregular)
  • Recta Carreras de Atletismo
  • Recta de Saltos de Atletismo
  • Zona de Saltos de Atletismo
  • Zona de Lanzamientos de Atletismo
  • Velódromo
  • Patinódromo
  • Anillos de Hielo
  • Otros Espacios Longitudinales (>100 m)
  • Otros Espacios Longitudinales pequeños (<100 m)

Clasificación de las Salas como EDC

  • Sala Polivalente 1 (100 a 200 m² de superficie)
  • Sala Polivalente 2 (200 a 300 m² de superficie)
  • Sala Polivalente 3 (>300 m² de superficie)
  • Sala Equipada
  • Sala de Artes Marciales
  • Sala de Esgrima
  • Sala de Musculación y/o Halterofilia
  • Sala Especializada
  • Otras Salas
  • Otras Salas Pequeñas

Clasificación de Espacios Deportivos Singulares

Campos de golf, circuitos de motor, circuitos de carretera a pie, circuitos de bicicleta, canales de remo y piragüismo, zona de deportes de nieve, espacios de hípica, rocódromos, pistas de monopatín y patín en línea, pistas de modelismo, zonas de juegos populares y/o tradicionales, campos de tiro y otros.

Clasificación de los Campos de Golf como EDS (Espacios Deportivos Singulares)

  • Campos reglamentarios de juego
  • Campos de Golf con al menos 9 hoyos
  • Pitch and Putt
  • Campo de Golf Rústico
  • Otros Campos de Golf
  • Campo de Golf de Prácticas
  • Bunker de Prácticas de Golf
  • Green de Prácticas de Golf

Clasificación de las Zonas de Juegos Populares como EDS

  • Pista de Calva
  • Pista de Tanga
  • Pista de Lanzamiento de Barra Castellana
  • Pista de Lanzamiento de Barra Aragonesa
  • Corro de Lucha
  • Carril de Bolos Huertanos
  • Campo de Bolos Cartagenero
  • Bolera
  • Campo de Billar Romano
  • Campo de Llave
  • Otras Zonas de Juegos Populares

Clasificación de los Campos de Tiro como EDS

  • Campo de Tiro al Vuelo
  • Campo de Tiro al Plato
  • Campo de Tiro de Precisión (Tiro Olímpico)
  • Campo de Tiro con Arco
  • Otros Campos de Tiro

Clasificación de los Espacios de Hípica como EDS

  • Hipódromo
  • Pista de Doma
  • Campo de Polo
  • Pista de Saltos
  • Picadero al aire libre
  • Picadero cubierto

Resultados más significativos del II Censo Nacional de Instalaciones Deportivas de 1997

  • Localización desigual en el territorio
  • Criterios tradicionales o innovadores de organización
  • Segmentos de clientes atendidos por diversas entidades
  • Grado de accesibilidad arquitectónica
  • Gestión de Ayuntamientos y empresas de servicios
  • En los ayuntamientos predominan las pistas y los espacios no reglamentarios sobre el resto de espacios
  • En los centros docentes también las pistas polideportivas y los espacios no reglamentarios
  • En las entidades turísticas espacios no reglamentarios, vasos de verano y pistas de tenis
  • En las empresas de servicios salas pequeñas y pistas de tenis
  • En las asociaciones sobre todo espacios no reglamentarios, pistas de tenis y campos grandes
  • Se percibe una mayor calidad de las instalaciones sobre todo debido a la exigencia de los usuarios o clientes
  • Se percibe un mayor grado de implicación en el mantenimiento
  • La oferta de instalaciones y espacios a los diferentes segmentos de demanda de actividad física ha seguido avanzando en estos años
  • El análisis de accesibilidad se debe a la gestión municipal
  • Aumentan considerablemente los espacios deportivos escolares con respecto al censo anterior
  • Sigue habiendo grandes diferencias de equipamientos según cada zona geográfica o autonómica por influencias culturales, demográficas, económicas, sociales y deportivas
  • Posibilita en suma mejorar los procesos de planificación sectorial de equipamientos deportivos que conlleva a:
    • Realizar proyectos municipales, asociativos o empresariales viables económicamente
    • Crear más empleos estables directos o indirectos
    • Aumentar la calidad de los servicios
    • Aumentar el índice de práctica deportiva

Conclusiones más significativas del III Censo Nacional de Instalaciones Deportivas de 2005 en la Región de Murcia

  • Mejorar algunos aspectos cualitativos del parque de instalaciones deportivas que, en la actualidad, arrojan ciertas carencias: incremento de las dotaciones de determinados espacios complementarios, eliminación de las barreras arquitectónicas existentes, aumento de las dotaciones de transporte colectivo a las instalaciones, instalación de sistemas de control de acceso en aquellos casos en los que resulte oportuno, etc.
  • Proseguir con las investigaciones ya iniciadas en 2005 sobre la demanda de actividad física y deporte en la Comunidad que, unidas al presente Censo y a otros posibles estudios sobre el uso de las instalaciones deportivas existentes, permitan fundamentar y elaborar futuras planificaciones territoriales de equipamientos deportivos.
  • Mejorar la gestión general de las instalaciones deportivas, sobre todo de las públicas, introduciendo los parámetros de la calidad conducentes a la obtención de cualquiera de las certificaciones oficiales que regula la ENAC (Ministerio de Industria).
  • Apostar por profesionales cualificados y titulados al frente de la gestión, dirección y coordinación de las distintas instalaciones y servicios deportivos, públicos y privados.

Tipos de Salas y Pabellones del Plan Escolar

  • Gimnasio M2 (10x25)
  • Sala escolar M3a (15x27)
  • Sala escolar M3b (20x32)
  • Sala escolar M3b gradas (24x32)
  • Sala escolar M3c (32x44)
  • Sala escolar M3c gradas (24x44)
  • Pabellón Polideportivo M4 (27x46)
  • Pabellón polideportivo M4 gradas (27x46)

Tipos de Pavimentos de Campos Grandes

Césped natural

Requiere:

  • Un soporte:
    • La siembra puede penetrar en él
    • El terreno tiene que tener una serie de poros por los que circule aire y exista una aireación de las raíces
    • La hierba que constituye el césped tiene necesidad de encontrarse en el suelo los elementos imprescindibles para su desarrollo, sino hay que dárselo con fertilizantes
    • Debe ser permeable para el agua puede pasarlo y llegar al drenaje para su evacuación
  • Una siembra: a mano, a máquina (el más usado), por tepes o por trasplante
  • Una conservación y mantenimiento

Césped artificial

  • Deberá proporcionar un buen poder de amortiguación
  • Buenas características de absorción de energía en caso de caída
  • Están compuestos de fibras sintéticas adheridas a una plataforma
  • O van pegadas a una solera de asfalto (impermeable)
  • O van sobre encachado de grana y drenaje
  • Se presenta en forma de rollos
  • Superficie de contacto:
    • No debe ser abrasiva
    • No tóxica
    • Ni producir alergias
    • Gran resistencia al roce y a los choques
    • Facilitar una excelente adhesividad a los calzados deportivos
    • Presentar una superficie uniforme que evite los falsos rebotes

Tierra estabilizada

  • Comodidad del juego
  • Posibilidad de jugar con botas de tacos
  • Superficie permeable
  • Consiste en un material especialmente tratado a fin de obtener:
    • Unos parámetros adecuados de granulometría
    • Límites de Alteberg
    • Permeabilidad después del compactado

Partes del Pavimento de Césped Natural: Configuración y Puesta en Marcha

  • Parte superficial
  • Tierra vegetal
  • Tierra natural compactada

Siembra: en primavera y otoño

  • A mano: en pequeñas superficies se realizan dos pasadas cruzadas entre sí. Ruleado en los dos sentidos. 2 o 3 días se humedece el suelo.
  • A máquina: es el más utilizado. Se realiza igual que a mano.
  • Por tepes: Consigue un césped denso y resistente en tres meses cultivar césped para arrancarlo después en alfombras. 2-3 m de longitud, 30 cm de ancho. La colocación se debe efectuar sobre el terreno previamente preparado como para la siembra.
  • Especies más utilizadas en instalaciones deportivas: Bromos o fleos, festucas alta, festuca pequeña talla, poas, ray-grass inglés.
  • Por trasplante

Partes del Pavimento de Césped Artificial: Configuración y Puesta en Marcha

  • Capa de césped artificial
  • Base de asfalto o arena
  • O van pegadas a una solera de asfalto (impermeable)
  • O van sobre encachado de grana y drenaje
  • Se presenta en forma de rollos

Partes del Pavimento de Tierra Estabilizada: Configuración y Puesta en Marcha

  • Capa de tierra
  • Material drenante
  • Zona de drenaje
  • Tubo de drenaje
  • Consiste en un material especialmente tratado a fin de obtener:
    • Unos parámetros adecuados de granulometría
    • Límites de Alteberg
    • Permeabilidad después del compactado

Orientaciones sobre Acústica y Ventilación en Salas y Pabellones

La acústica se ocupa de la transmisión del sonido en el interior de los pabellones.

Sonido Aéreo

La amortiguación de todos los sonidos hay que tenerla en cuenta sobre todo en pabellones divididos en pistas transversales y actuando conjuntamente.

Comprende:

  • Ruido de juego
  • Pitido de árbitro y entrenadores
  • Rítmica y música
  • Ambiental espectadores
  • Espectadores

Sonido corporal

Ruidos de pasos y carreras.

Soluciones:

  • Los sonidos corporales deberán evitarse con un pavimento adecuado que los absorba
  • La reverberación máxima permitida 1,8 seg medida con un fonógrafo
  • El primer elemento a considerar deberá ser la cubierta o el falso techo, tratándolas con planchas de lana mineral madera porosa. Debe tenerse en cuenta que el material instalado debe ser resistente a los balonazos o bien proteger con redes.

Tipologías de Pavimentos Deportivos de Salas y Pabellones

Suelos rígidos

  • Parquet sobre solera
  • Aglomerado asfáltico
  • Hormigón

Suelos elásticos

  • Elasticidad controlada o superficial: al recibir una carga cede la zona cargada y la zona comprimida tiene mayor fatiga. Parquet sobre solera.
  • Elástico o local: retiene la energía un 20% -
    • Parquet sobre:
      • Lámina de fieltro asfáltico
      • Rastrel separado 25 o 50 cm
      • Tablero de aglomerado
      • Parquet encolado
    • Pavimento de PVC
    • Resinas de poliuretano
    • Caucho aglomerado de resinas y PVC

Condiciones para la Ejecución y Construcción del Vaso de una Piscina y Sistemas Utilizados

Ejecución del Vaso: Los sistemas más utilizados son los siguientes:

  • Hormigón armado tradicional
  • Hormigón proyectado (gunitado)
  • Bloques de hormigón o ladrillo

Otros sistemas constructivos existentes pero de poco uso son:

  • Liners, armadura de aluminio o acero galvanizado, revestido de material plástico
  • Fábrica revestida de poliéster estratificado
  • Prefabricado de poliéster reforzado con fibra de vidrio
  • Prefabricado de aluminio
  • Prefabricado de acero, etc.

Hormigón Armado

(Más usado) Está constituido por hormigón colocado “in situ” H-175 o H-200 armado con barras de acero corrugadas o mallas electrosoldadas.

Para el cálculo, fabricación y puesta en obra se estará a lo dispuesto en la vigente instrucción de hormigones. Para una mejor impermeabilización de la masa interesará añadirle aditivos especiales. Para la construcción de este tipo de vasos se recomienda ir a casas especializadas y que dispongan de los medios auxiliares necesarios.

Hormigón Proyectado (Gunitado)

Es el sistema constructivo más empleado en los últimos tiempos y que da mayor seguridad a la impermeabilización del vaso. Consiste en una mezcla en seco de cemento y áridos previamente seleccionados según el espesor del muro. Dicha mezcla se introduce en una máquina de proyectar que, sometida a una presión (8 atms) la mezcla es impulsada a través de una manguera. Antes de su salida se la añade el agua necesaria para su fraguado con una relación aproximada agua/cemento de 0,4. Previamente se habrá realizado el encofrado y colocado la armadura correspondiente. Este sistema constructivo es imprescindible que lo realice una casa especializada.

Bloques de Hormigón o Ladrillo

No es recomendable su construcción por la gran fragilidad del mismo y en el que cualquier pequeño asentamiento o empuje nos produce fisuras en el mismo con la correspondiente fuga de agua. Se puede usar en piscinas de pequeño tamaño y profundidad. La impermeabilidad del conjunto debe confiarse a un buen jaharro de mortero de cemento Portland o a uno de los revestimientos especializados en el apartado correspondiente.

Funcionamiento y Componentes de un Filtro de Piscina: Tipos de Filtros

El objetivo de los filtros es retener las partículas que se encuentran en suspensión en el agua.

Los filtros para piscinas consiste en el paso del agua a través de un material poroso que retiene las partículas en suspensión y materias coloidales. Las dimensiones de los poros del filtro determinan la calidad de la filtración.

Para que el agua este limpia, la filtración debe ser capaz, independientemente de cuál sea el tipo de filtro, de retener las partículas en suspensión de un tamaño superior a 20 micras.

El objetivo del funcionamiento del proceso de filtración es que todo el agua de la piscina termine pasando por el sistema de filtrado.

  • Primer paso: el agua de la piscina es recogida a través de los sumideros en el fondo, de los skimmers laterales o desde los rebosaderos.
  • Segundo paso: es el propio de la filtración en la que los filtros en función de su lecho y tamaño realizan el proceso de filtrado.
  • Tercer Paso: el agua filtrada regresa a la piscina a través de otras tuberías y entra en la pileta a través de los chorros de llenado.

Los más utilizados son los filtros de arena, estos filtros pueden retener partículas de hasta 40 micras, aunque usando floculante pueden llegar a retener partículas de 20 micras. Estos filtros se caracterizan por su facilidad de uso. Se debe realizar el cambio de arena cada 5 años. En los filtros de arena también se puede utilizar el AFM y la zeolita como medio de filtración.

En segundo lugar están los filtros de diatomeas, estos filtros pueden retener partículas de 5 micras, por lo que la filtración es mucho mejor que en los filtros de arena.

Los filtros de cartuchos se suelen utilizar para spas o piscinas muy pequeñas, filtra partículas de 20 micras, no compatible con la mayoría de algicidas. El lavado del cartucho.

Finalidad de las Normas Reglamentarias NIDE

Las Normas Reglamentarias tienen por finalidad la de normalizar, dando un tratamiento similar en los distintos usos o deportes, aspectos tales como los dimensionales, de trazado, orientación solar, iluminación, tipo de pavimentos, material deportivo no personal, que influyen en la práctica activa del deporte o de la especialidad que se trate. Estas normas constituyen una información básica para la posterior utilización de las Normas de Proyecto. En la elaboración de estas normas se han tenido en cuenta los Reglamentos vigentes de las Federaciones Deportivas correspondientes. Además se han considerado las normas españolas y europeas (UNE-UE) existentes en ese ámbito (equipamiento deportivo, pavimentos y superficies deportivas, iluminación de espacios para deportes, instalación para espectadores).

Las normas Reglamentarias son de aplicación en todos aquellos proyectos que se realicen total o parcialmente con fondos del Consejo Superior de Deportes y en instalaciones deportivas en las que se vayan a celebrar competiciones oficiales regidas por la Federación Deportiva nacional correspondiente, no obstante es competencia de dicha Federación la homologación de la instalación.

Finalidad de las Normas de Proyecto NIDE

Tienen una triple finalidad:

  • Servir de referencia para la realización de todo proyecto de una instalación deportiva.
  • Facilitar unas condiciones útiles para realizar una planificación de las instalaciones deportivas, para lo cual se definen los usos posibles, las clases de instalaciones normalizadas, el ámbito de utilización de cada una, los aspectos a considerar antes de iniciar el diseño de la instalación deportiva y un procedimiento para calcular las necesidades de instalaciones deportivas de una zona geográfica determinada.
  • Definir las condiciones de diseño consideradas más idóneas en cuanto a establecer los tipos normalizados de instalaciones deportivas, definiendo los distintos espacios y dimensiones de esos espacios, así como las características funcional-deportivas de los distintos Tipos y de sus espacios.

Las normas Reglamentarias son de aplicación en todos aquellos proyectos que se realicen total o parcialmente con fondos del Consejo Superior de Deportes y en instalaciones deportivas en las que se vayan a celebrar competiciones oficiales regidas por la Federación Deportiva nacional correspondiente, no obstante es competencia de dicha Federación la homologación de la instalación.

Aspectos más importantes relacionados con las Instalaciones Deportivas según la Ley del Deporte de la Región de Murcia de 2000

Plan Regional de Instalaciones Deportivas

  • Promover la creación y el mantenimiento de áreas recreativo-deportivas y espacios deportivos no convencionales al objeto de facilitar la práctica deportiva de toda la población.
  • Priorizar la creación de instalaciones de carácter polideportivo.
  • Orientar las inversiones hacia las áreas con mayor déficit de infraestructuras para lograr un equilibrio territorial como área funcional, contemplando infraestructuras deportivas supramunicipales que puedan dar servicios a amplios núcleos de población.

Instalaciones deportivas en centros de enseñanza

  • La Administración pública regional, en colaboración con los ayuntamientos y los centros de enseñanza, promoverá que las instalaciones deportivas radicadas en los centros escolares tengan un carácter polideportivo y dispongan de los recursos que garanticen su plena utilización, tanto dentro del horario lectivo, como fuera del mismo.
  • Normativa de instalaciones y equipamientos deportivos.
  • Cobertura de riesgos de las instalaciones y equipamientos.
  • Información en instalaciones deportivas.

Aspectos que regula la Normativa en materia de construcción, uso y mantenimiento de instalaciones y equipamientos deportivos de la Ley del Deporte de la Región de Murcia de 2000

La Consejería competente en materia de deportes elaborará la Normativa en materia de construcción, uso y mantenimiento de instalaciones y equipamientos deportivos, que regulará al menos lo referente a:

  • Tipos de instalaciones.
  • Características técnico-deportivas.
  • Requisitos para su ubicación.
  • Criterios de diseño y de rentabilidad social y económica de la explotación.
  • Condiciones de seguridad, salud e higiene.
  • Condiciones de prevención y protección.
  • Normas que faciliten el acceso y circulación a las personas con minusvalías.
  • Normalización de equipamientos.
  • Calidad mínima de instalaciones y equipamientos.

Las previsiones del apartado anterior deberán ser compatibles con las normas técnico-deportivas, federativas, sanitarias, de protección civil y espectáculos públicos.

Información que debe ser visible y pública en instalaciones deportivas según la Ley del Deporte de Murcia

Todas las instalaciones deportivas deberán exponer en lugar preferente, visible y de modo legible al público, al menos la siguiente información:

  • Titularidad de la instalación y de la explotación.
  • Licencia Municipal de apertura.
  • Características esenciales de la instalación y su equipamiento.
  • Autorización de la Comunidad Autónoma.
  • Actividades físico-deportivas que se ofrezcan y, en su caso, profesionales de apoyo para la realización de dichas actividades.
  • Cuotas y tarifas.
  • Normas de uso y funcionamiento.
  • Cobertura de riesgos.
  • Nombre y titulación de las personas que presten servicios en los niveles de dirección técnica, enseñanza o animación.

Obligaciones de los organizadores de competiciones y espectáculos deportivos, según la Ley contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte

Corresponde, a las personas organizadoras de competiciones y espectáculos deportivos:

  1. Adoptar las medidas de seguridad establecidas en esta Ley y en sus disposiciones de desarrollo.
  2. Velar por el respeto de las obligaciones de los espectadores de acceso y permanencia en el recinto, mediante los oportunos instrumentos de control.
  3. Adoptar las medidas necesarias para el cese inmediato de las actuaciones prohibidas, cuando las medidas de seguridad y control no hayan logrado evitar la realización de tales conductas.
  4. Prestar la máxima colaboración a las autoridades gubernativas para la prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
  5. Facilitar a la autoridad gubernativa y en especial al Coordinador de Seguridad toda la información disponible sobre los grupos de seguidores, en cuanto se refiere a composición, organización, comportamiento y evolución, así como los planes de desplazamiento de estos grupos, agencias de viaje que utilicen, medios de transporte, localidades vendidas y espacios reservados en el recinto deportivo.
  6. Dotar a las instalaciones deportivas donde se celebren espectáculos de un sistema eficaz de comunicación con el público, y usarlo eficientemente.
  7. Colaborar activamente en la localización e identificación de los infractores y autores de las conductas prohibidas por la presente Ley.
  8. No proporcionar ni facilitar a las personas o grupos de seguidores que hayan incurrido en las conductas definidas en los apartados primero y segundo del artículo 2 de la presente Ley, medios de transporte, locales, subvenciones, entradas gratuitas, descuentos, publicidad o difusión o cualquier otro tipo de promoción o apoyo de sus actividades.
  9. Cualquier otra obligación que se determine reglamentariamente con los mismos objetivos anteriores, y en particular garantizar que los espectáculos que organicen no sean utilizados para difundir o transmitir mensajes o simbología que, pese a ser ajenas al deporte, puedan incidir, negativamente, en el desarrollo de las competiciones.

Prohibiciones que corresponden a las personas organizadoras de competiciones y espectáculos deportivos, según la Ley contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte

  • Las causas de prohibición de acceso a los recintos deportivos se incorporarán a las disposiciones reglamentarias de todas las entidades deportivas y se harán constar también, de forma visible, en las taquillas y en los lugares de acceso al recinto.
  • Queda prohibida en las instalaciones en las que se celebren competiciones deportivas la introducción, venta y consumo de toda clase de bebidas alcohólicas y de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
  • Los envases de las bebidas que se expendan o introduzcan en las instalaciones en que se celebren espectáculos deportivos deberán reunir las condiciones de rigidez y capacidad que reglamentariamente se establezca, oída la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte.
  • En las instalaciones donde se celebren competiciones deportivas queda prohibida la venta de productos que, en el caso de ser arrojados, puedan producir daños a los participantes en la competición o a los espectadores por su peso, tamaño, envase o demás características. Reglamentariamente se determinarán los grupos de productos que son incluidos en esta prohibición.

Responsabilidades que corresponden a las personas organizadoras de competiciones y espectáculos deportivos, según la Ley contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte

  • Las personas físicas o jurídicas que organicen cualquier prueba, competición o espectáculo deportivo o los acontecimientos que constituyan o formen parte de dichas competiciones serán, patrimonial y administrativamente, responsables de los daños y desórdenes que pudieran producirse por su falta de diligencia o prevención o cuando no hubieran adoptado las medidas de prevención establecidas en la presente Ley, todo ello de conformidad y con el alcance que se prevé en los Convenios Internacionales contra la violencia en el deporte ratificados por España.
  • Cuando varias personas o entidades sean consideradas organizadores, todas ellas responderán de forma solidaria del cumplimiento de las obligaciones previstas en esta Ley.
  • Esta responsabilidad es independiente de la que pudieran haber incurrido en el ámbito penal o en el disciplinario deportivo como consecuencia de su comportamiento en la propia competición.

Ámbito de aplicación, exclusiones y objetivos del Reglamento sobre condiciones higiénico-sanitarias de las Piscinas de uso público de la Región de Murcia

El presente Reglamento tiene por objeto establecer, con carácter obligatorio las normas que regulan el control de la calidad higiénico-sanitaria de las piscinas de uso colectivo y sus instalaciones y servicios anexos, el control de la calidad sanitaria del agua y de su tratamiento, su aforo, la educación sanitaria y comportamiento de sus usuarios, el régimen de autorizaciones, inspección y vigilancias sanitarias, así como el régimen sancionador aplicable en los supuestos de incumplimiento.

A los efectos del presente Reglamento se considerarán como piscinas de uso colectivo aquellas que puedan ser utilizadas por el público en general, ya sea de forma gratuita o mediante precio u otro tipo o sistema de colaboración económica.

Quedan únicamente excluidas de la aplicación de este Reglamento:

  1. Las piscinas de uso exclusivamente familiar o de Comunidades de Vecinos.
  2. Las instalaciones de uso exclusivo para baños terapéuticos o termales, que se regirán por lo que disponga su legislación específica.

Cálculo del aforo total de una piscina (Ejemplo)

  • Vaso deportivo climatizado de 25x12.5 m
  • Vaso de chapoteo climatizado de 5 x 10 m
  • Vaso recreativo descubierto de 20x10 m
  • Vaso deportivo descubierto de 50x21 m
  • Vaso de chapoteo descubierto de 5x8 m

El aforo máximo de usuarios de una instalación con piscina será calculado en base a la suma de las superficies de lámina de agua de todos los vasos de la instalación y teniendo en cuenta que en piscinas descubiertas se admitirán como máximo, 3 usuarios por cada 2 m² de superficie de lámina y en las cubiertas, un usuario por cada m².

Excepto en los vasos de chapoteo, el aforo de cada vaso vendrá determinado por su superficie, de forma que en los momentos de máxima concurrencia cada bañista disponga como mínimo de 2 m² de lámina de agua en los vasos al aire libre, y 1,5 m² en los cubiertos.

Materias mínimas a incluir en el Reglamento de Régimen Interno según el Reglamento sobre condiciones higiénico-sanitarias de las Piscinas de uso público de la Región de Murcia

. Indica otras que tú incluirías para incrementar la seguridad._ Aforo máximo de utilización simultánea de las instalaciones._ Obligatoriedad de la ducha antes de la inmersión en el agua de todos los vasos, y del uso de los pediluvios cuando el acceso al andén del vaso se realice desde ambientes exteriores._ Recomendación expresa del uso de gorro de baño en piscinas descubiertas, siendo obligatorio en las piscinas cubiertas. _ Utilización de chancletas o zapatillas de baño individuales y de uso exclusivo en vestuarios y aseos._ Prohibición de comer y beber en la zona de playa, debiendo utilizarse las papeleras para desperdicios dentro del recinto de la instalación._ Prohibición de fumar en las piscinas cubiertas._ Prohibición de la entrada vestido con ropa o calzado de calle en la zona de baño._ El público, espectadores, visitantes o acompañantes frecuentarán únicamente los locales y áreas reservadas a los mismos, utilizando los accesos específicos._ Prohibición de la entrada de animales a las instalaciones.12 Detalla los parámetros de medición y anotación que como mínimo hay que consignar por vaso en el Libro de Registro Oficial en aplicación del Reglamento sobre condiciones higiénico-sanitarias de las Piscinas de uso público de la Región de Murcia.- Cloro residual libre u otro desinfectante autorizado.- PH- Turbidez.• En los vasos cubiertos se medirá la temperatura del agua y del ambiente interior.• Cuando en la depuración se utilicen otros desinfectantes distintos al cloro, los parámetros a controlar se fijarán en el informe sanitario previsto.- Número de bañistas.- Nivel de agua situado en rebosaderos.- Lectura en el contador de paso que mide el agua depurada en m².- Lectura en el contador de paso que mide el agua renovada, en m².- Incidencias u observaciones de interés sanitario, tales como lavado de filtros, vaciado de la piscina, fallos del sistema depurador, etc.13. Relaciona al menos ocho leyes o normas legales que con carácter complementario afectan a las instalaciones y equipamientos deportivos, indistintamente de rango nacional o autonómico de la Región de Murcia.• Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios (RITE) y sus instrucciones técnicas complementarias (ITE).• Reglamento de Seguridad para Plantas e Instalaciones Frigoríficas (RSF).• Reglamento de Verificaciones Eléctricas (RVE).• Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación (RCE).• Reglamento Electrotérmico para Baja Tensión (RBT) e instrucciones técnicas complementarias.• Reglamento de Aparatos a Presión (RAP) e instrucciones técnicas complementarias.• Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (RPI).• Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención (RAE).

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