Tipos de Contratos Laborales Especiales: Características y Normativa Clave

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Contratos Laborales Especiales: Normativa y Particularidades

Contrato en Prácticas

El contrato en prácticas es una modalidad temporal cuya finalidad principal es la adquisición de una formación práctica, experiencia y capacitación profesional que permita al trabajador desempeñar un puesto de trabajo con productividad futura. Para su formalización, se requiere:

  • Poseer un título de formación (universitario o de formación profesional).
  • Que el título esté homologado por el Ministerio de Educación.

Duración y Plazos

  • El plazo máximo para realizar estas prácticas, una vez finalizada la formación, es de cuatro años.
  • La duración del contrato oscila entre un mínimo de 6 meses y un máximo de 2 años.
  • Puede haber hasta dos prórrogas, generalmente de igual duración que el periodo inicial (6 meses), aunque pueden variar.
  • Puede establecerse un periodo de prueba de hasta 6 meses, que en ocasiones puede coincidir con la primera parte del contrato.

Formalización y Salario

La forma del contrato debe ser por escrito, utilizando el modelo oficial y por cuadruplicado. Debe depositarse en la oficina correspondiente (SEDE, Lanbide, etc.).

Aspectos Salariales

El salario es, por ley, inferior al previsto en el convenio colectivo para la categoría profesional objeto del contrato. No obstante:

  • Si el salario resultante fuera inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), se deberá aplicar como mínimo el SMI.
  • A pesar de lo anterior, y si el SMI es menor que el convenio, el empresario puede aplicar las siguientes reducciones sobre el salario del convenio:
    • Primer año: El empresario puede pagar el 75% del salario.
    • Segundo año: El porcentaje debe ascender al 85%.

Al finalizar la relación contractual, el empresario debe emitir un certificado detallado al trabajador, independientemente de si continúa o no en la empresa, especificando las capacidades adquiridas y la duración del contrato.

Contrato de Formación

El principal cometido de este contrato es la adquisición de formación teórica y práctica. No requiere una titulación previa, solo una formación básica. Es un contrato frecuentemente utilizado por su menor coste, ya que permite cubrir tareas mediante mano de obra en formación.

Especialidades

  • Es un contrato temporal.
  • Debe especificarse la causa de temporalidad y debe adjuntarse el calendario formativo.
  • Los salarios se fijan en función del trabajo realizado, tomando como base el SMI, distribuyéndose en un 85% para el trabajo efectivo y un 15% para la formación.
  • Su duración máxima es de 2 años.
  • Está destinado a personas de entre 16 y 21 años, pudiendo ampliarse hasta los 25 años para personas con discapacidad.

Contrato de Relevo

Esta modalidad especial permite la cobertura de un puesto de trabajo cuando el titular accede a la jubilación parcial, pasando a una situación de jornada parcial.

  • La empresa contrata a una persona externa para sustituir al trabajador que se jubila parcialmente.
  • Si el contrato de relevo es de tipo indefinido, la empresa recibe una bonificación. De esta manera, la empresa cuenta temporalmente con dos personas para el mismo puesto (el relevista y el jubilado parcial).
  • La jornada del trabajador que accede a la jubilación parcial se reduce comúnmente entre un 15% y un 25%. Esta reducción es pagada por la empresa, mientras que la Seguridad Social abona la pensión correspondiente a la jubilación parcial.

Contrato de Tiempo Parcial

Puede ser de carácter indefinido o temporal. Será temporal únicamente si existe una causa justificada.

El contrato a tiempo parcial se da cuando el trabajador presta servicios durante un número de horas inferior a la jornada ordinaria establecida en el convenio colectivo o en el contrato.

  • Como mínimo, para considerarse contrato a tiempo parcial, se debe prestar un 1/8 de la jornada.

Contrato de Fijos Discontinuos

Se aplica a trabajadores que prestan servicios en actividades de carácter cíclico o de temporada. Estos servicios se realizan de forma recurrente en periodos similares, asociados a actividades cortas y estacionales.

Contrato de Trabajo en Grupo

Ocurre cuando un empresario contrata a un conjunto de trabajadores mediante un único contrato formalizado con el jefe del grupo. Este jefe es el responsable de gestionar y pagar a todos los miembros del equipo.

Contrato de Puesta a Disposición o Trabajo a Domicilio

El contrato de trabajo a domicilio es aquel en el que el trabajador realiza su prestación de servicios desde su propio domicilio. Formalmente, se realiza el contrato de manera habitual, incluyendo el alta en la Seguridad Social y los horarios correspondientes.

Esta modalidad suele ser utilizada por empresas que tienen sus sedes en grandes ciudades y requieren flexibilidad en la prestación de servicios.

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