Tipos de Contratos Laborales en España: Prácticas, Formación y Obra/Servicio
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A continuación, se detallan las características principales de tres tipos de contratos laborales comunes en España:
Contrato en Prácticas
CONTRATO EN PRÁCTICAS | |
Finalidad | Proporciona la práctica profesional adecuada a los estudios cursados por los trabajadores. |
Requisitos | No pueden haber transcurrido más de 5 años desde la obtención del título. En caso de un trabajador con discapacidad, el plazo será de 7 años, salvo que el trabajador tenga menos de 30 años. |
Duración | Máximo 2 años y mínimo de 6 meses. Se puede determinar otra duración por convenio colectivo, siempre que respete los límites. Permite hasta 2 prórrogas. |
Periodo de prueba | Un mes para titulados de grado medio o certificados de profesionalidad (nivel 1 o 2). Dos meses para titulados superiores o certificados de profesionalidad (nivel 3). |
Salario | No podrá ser inferior al 60% o al 75% durante el primer o segundo año de vigencia, respectivamente. |
Contrato para la Formación y el Aprendizaje
CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE | |
Finalidad | Adquisición de la cualificación profesional mediante la alternancia de la actividad laboral y la actividad formativa asociada al oficio o profesión. |
Requisitos | - Edad: No podrá tener más de 25 años. Si la tasa de desempleo está por debajo del 15%, puede realizarse con menores de 30 años. - No se aplica el límite de edad cuando sea con personas con discapacidad. - El trabajador debe recibir una formación inherente al contrato. - El trabajador no ha de poseer cualificación profesional. - El trabajador no debe haber estado contratado en la empresa un periodo superior a 12 meses. |
Duración | La duración está entre 1 y 3 años. Se podrán establecer duraciones distintas por convenio colectivo, pero nunca podrá ser inferior a 3 meses, ni más de 3 años. Permite hasta 2 prórrogas. |
Periodo de prueba | Vendrá determinado por el convenio colectivo aplicable o, en su defecto, por lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores. |
Jornada | La formación es fuera del puesto de trabajo y dentro de la jornada laboral. Tiempo mínimo: - El 25% de la jornada laboral prevista en convenio durante el primer año. - Y el 15% durante el segundo y el tercero. No se pueden realizar horas extras salvo por fuerza mayor, ni trabajo nocturno, ni a turnos. |
Salario | Se asignará lo que establece el convenio colectivo, sin ser inferior al salario mínimo interprofesional vigente. |
Contrato por Obra o Servicio Determinado
CONTRATO POR OBRA O SERVICIO DETERMINADO | |
Finalidad y requisitos | Realiza la obra o servicio sin relación y de duración incierta. Se debe especificar el objeto de la obra que justifica la contratación. |
Duración | Como máximo de 3 años, ampliable hasta 12 meses más por convenio colectivo. |
Periodo de prueba | La parte interesada denuncia la extinción con un preaviso de 15 días si el contrato ha tenido una duración superior a un año. Si la duración es inferior a 7 días, la cuota empresarial a la Seguridad Social incrementará un 36%. |
Salario e indemnización | El trabajador tiene derecho a una indemnización de 12 días de salario por año trabajado, salvo que el convenio colectivo prevea otra cuantía superior. |