Tipos de Contratos Laborales en España: Guía Completa

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Tipos de Contratos Laborales en España

Contenido esencial del contrato de trabajo:

  • Denominación y grupo
  • Lugar de trabajo
  • Tiempo de trabajo
  • Duración
  • Retribución
  • Vacaciones
  • Legislación aplicable
  • Plazo de preaviso
  • Otras cláusulas

Tipos de contratos:

Duración:

  • Indefinidos: Ordinario, de apoyo a emprendedores, fijo discontinuo.
  • Temporales: Duración determinada, formativos.

Jornada:

  • A tiempo parcial: Indefinidos, temporales y fijos.

Otros tipos de contratos:

  • De relevo
  • A distancia
  • De grupo

Contratos indefinidos:

Son aquellos en los que se acuerda una fecha de inicio de relación laboral y no se fija una fecha determinada para su finalización.

Contrato indefinido ordinario:

Circunstancias:

  • Que no se realicen por escrito en aquellos contratos que la ley lo exige.
  • Contratos celebrados en fraude de ley.
  • El trabajador no había sido dado de alta en la Seguridad Social.

Contrato de trabajo de apoyo a los emprendedores:

  • Duración indefinida
  • Jornada a tiempo completo o a tiempo parcial
  • Forma escrita
  • Periodo de prueba: un año
  • Requisitos de las empresas: está dirigido únicamente a las empresas que tengan menos de 50 trabajadores.
  • Requisitos de los trabajadores: de un colectivo de trabajadores.

Contrato fijo discontinuo:

Se combinan periodos de trabajo con periodos de inactividad, manteniéndose el vínculo entre empresa y trabajador.

Contratos de duración determinada:

Son aquellos que tienen fijada la fecha de finalización del contrato.

Contrato de obra o servicio:

  • Finalidad: realización de obras o servicios determinados mientras dure la actividad normal de la empresa.
  • Duración máxima de 3 años.
  • Indemnización: será de 12 días por año.
  • Forma: por escrito.

Contrato eventual por circunstancias de la producción:

  • Finalidad: atender necesidades o incrementos que eventualmente se produzcan en el volumen de actividad de la empresa.
  • Duración máxima de 6 meses.
  • Indemnización: de 8 a 12 días por año.
  • Forma: por escrito.

Contrato de interinidad:

  • Finalidad: sustituir a trabajadores de la empresa cuyo contrato está suspendido.
  • Duración: tiempo que dure la suspensión del contrato de trabajo.
  • Indemnización: en caso de accidente o acción, no haber hecho ninguna indemnización.
  • Forma: por escrito.

Contratos formativos:

Contrato en prácticas:

  • Finalidad: la inserción de jóvenes para adquirir experiencia laboral.
  • Requisitos: poseer el título universitario.
  • Duración: entre 6 meses y 2 años.
  • Periodo de prueba: 6 meses para titulados de grado superior y un mes para grado medio.
  • Jornada: completa o a tiempo parcial.
  • Retribución: según convenio.
  • Seguridad Social: incluye todas las prestaciones de la Seguridad Social.

Contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje:

  • Finalidad: conseguir la cualificación profesional de los trabajadores.
  • Requisitos: mayor de 16 años y menos de 25, que carezcan de titulación para el contrato en prácticas.
  • Duración: mínimo de un año y máximo de 3 años.
  • Periodo de prueba: según la regla general establecida para el periodo de prueba: un mes o dos meses.
  • Jornada: no podrá ser superior al 75% durante el primer año o el 85% a partir del segundo.
  • Retribución: se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
  • Seguridad Social: incluye todas las prestaciones de la Seguridad Social.

Contratación a tiempo parcial:

El contrato a tiempo parcial es el que se celebra para prestar servicios durante un número de horas al día o a la semana inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.

Objeto: posibilitar el trabajo de un mayor número de personas.

Duración: indefinido ordinario, de apoyo a emprendedores, trabajos fijos.

Horas complementarias: horas pactadas o horas voluntarias.

Otras modalidades de contratación:

  • Contrato de relevo: emplear a un trabajador en situación de desempleo para sustituir parcialmente al trabajador de la empresa que se jubila parcialmente.
  • Contrato de trabajo a distancia: la prestación de la actividad laboral se realiza de manera habitual y mayoritariamente en el domicilio del trabajador o en el lugar elegido por este.
  • Contrato de trabajo en grupo: contratar trabajadores que tengan acreditada una determinada cualificación profesional para la realización de una obra o servicio determinado.

Relaciones laborales triangulares: empresas de trabajo temporal

Es aquella cuya...

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