Tipos de Contratos Laborales en España: Guía Completa
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Tipos de Contratos Laborales en España
Contenido esencial del contrato de trabajo:
- Denominación y grupo
- Lugar de trabajo
- Tiempo de trabajo
- Duración
- Retribución
- Vacaciones
- Legislación aplicable
- Plazo de preaviso
- Otras cláusulas
Tipos de contratos:
Duración:
- Indefinidos: Ordinario, de apoyo a emprendedores, fijo discontinuo.
- Temporales: Duración determinada, formativos.
Jornada:
- A tiempo parcial: Indefinidos, temporales y fijos.
Otros tipos de contratos:
- De relevo
- A distancia
- De grupo
Contratos indefinidos:
Son aquellos en los que se acuerda una fecha de inicio de relación laboral y no se fija una fecha determinada para su finalización.
Contrato indefinido ordinario:
Circunstancias:
- Que no se realicen por escrito en aquellos contratos que la ley lo exige.
- Contratos celebrados en fraude de ley.
- El trabajador no había sido dado de alta en la Seguridad Social.
Contrato de trabajo de apoyo a los emprendedores:
- Duración indefinida
- Jornada a tiempo completo o a tiempo parcial
- Forma escrita
- Periodo de prueba: un año
- Requisitos de las empresas: está dirigido únicamente a las empresas que tengan menos de 50 trabajadores.
- Requisitos de los trabajadores: de un colectivo de trabajadores.
Contrato fijo discontinuo:
Se combinan periodos de trabajo con periodos de inactividad, manteniéndose el vínculo entre empresa y trabajador.
Contratos de duración determinada:
Son aquellos que tienen fijada la fecha de finalización del contrato.
Contrato de obra o servicio:
- Finalidad: realización de obras o servicios determinados mientras dure la actividad normal de la empresa.
- Duración máxima de 3 años.
- Indemnización: será de 12 días por año.
- Forma: por escrito.
Contrato eventual por circunstancias de la producción:
- Finalidad: atender necesidades o incrementos que eventualmente se produzcan en el volumen de actividad de la empresa.
- Duración máxima de 6 meses.
- Indemnización: de 8 a 12 días por año.
- Forma: por escrito.
Contrato de interinidad:
- Finalidad: sustituir a trabajadores de la empresa cuyo contrato está suspendido.
- Duración: tiempo que dure la suspensión del contrato de trabajo.
- Indemnización: en caso de accidente o acción, no haber hecho ninguna indemnización.
- Forma: por escrito.
Contratos formativos:
Contrato en prácticas:
- Finalidad: la inserción de jóvenes para adquirir experiencia laboral.
- Requisitos: poseer el título universitario.
- Duración: entre 6 meses y 2 años.
- Periodo de prueba: 6 meses para titulados de grado superior y un mes para grado medio.
- Jornada: completa o a tiempo parcial.
- Retribución: según convenio.
- Seguridad Social: incluye todas las prestaciones de la Seguridad Social.
Contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje:
- Finalidad: conseguir la cualificación profesional de los trabajadores.
- Requisitos: mayor de 16 años y menos de 25, que carezcan de titulación para el contrato en prácticas.
- Duración: mínimo de un año y máximo de 3 años.
- Periodo de prueba: según la regla general establecida para el periodo de prueba: un mes o dos meses.
- Jornada: no podrá ser superior al 75% durante el primer año o el 85% a partir del segundo.
- Retribución: se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
- Seguridad Social: incluye todas las prestaciones de la Seguridad Social.
Contratación a tiempo parcial:
El contrato a tiempo parcial es el que se celebra para prestar servicios durante un número de horas al día o a la semana inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.
Objeto: posibilitar el trabajo de un mayor número de personas.
Duración: indefinido ordinario, de apoyo a emprendedores, trabajos fijos.
Horas complementarias: horas pactadas o horas voluntarias.
Otras modalidades de contratación:
- Contrato de relevo: emplear a un trabajador en situación de desempleo para sustituir parcialmente al trabajador de la empresa que se jubila parcialmente.
- Contrato de trabajo a distancia: la prestación de la actividad laboral se realiza de manera habitual y mayoritariamente en el domicilio del trabajador o en el lugar elegido por este.
- Contrato de trabajo en grupo: contratar trabajadores que tengan acreditada una determinada cualificación profesional para la realización de una obra o servicio determinado.
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