Tipos de Contratos Civiles: Definiciones y Clasificaciones Esenciales

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Tipos de Contratos Civiles

Compraventa: contrato por el cual una de las partes, llamada vendedor, transmite a otra, llamada comprador, la propiedad de una cosa o la titularidad de un derecho, quien está obligado a pagar un precio cierto y en dinero.

Clasificación

  • Traslativo de dominio
  • Bilateral
  • Oneroso
  • Consensual
  • Formal

51% o más en numerario (dinero).

Obligaciones del Vendedor

  1. Entregar el documento.
  2. Entregar la cosa.
  3. Realizar la entrega jurídica.
  4. Responder de los vicios o defectos ocultos del bien.
  5. Responder del saneamiento para el caso de evicción.

Permuta

Permuta: contrato por el cual una de las partes transmite a otra la propiedad de una cosa a cambio de la que a su vez recibe en propiedad.

Clasificación

  • Consensual
  • Principal
  • Bilateral
  • Oneroso
  • Conmutativo
  • Traslativo de dominio
  • Instantáneo

Permutante (transmite) y permutatante (recibe).

Pago en especie. 51% o más en especie.

Donación

Donación: contrato por el cual una persona transfiere a otra, gratuitamente, una parte o la totalidad de sus bienes presentes, reservándose en este último caso los necesarios para subsistir.

Clasificación

  • Principal
  • Unilateral
  • Gratuito
  • Formal o consensual
  • Instantáneo o de tracto sucesivo

Modalidades

  1. Pura: se otorga en términos absolutos.
  2. Condicional: depende de un acontecimiento incierto.
  3. Remunerativas.

Revocación

  1. Si no se cumple con la gratitud.
  2. Obligaciones del donatario de pagar gravámenes, cargas y deudas.

Reducción

Por acreedores alimentistas.

Mutuo

Mutuo: contrato por el cual el mutuante se obliga a transferir la propiedad de una suma de dinero o de otras cosas fungibles al mutuario, quien se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad.

Clasificación

  • Traslativo de dominio
  • Principal o accesorio
  • Bilateral
  • Conmutativo

Obligaciones del Mutuante

  1. Transferir la propiedad.
  2. Entregar la cosa mutuada (en el lugar donde se encuentre o en el domicilio del mutuante).
  3. Responder a saneamiento por evicción.
  4. Responder a vicios ocultos.

Obligaciones del Mutuario

  1. Derivan de la propia.
  2. Restitución de cosas mutuadas en misma especie, calidad y cantidad.

Mutuo con Interés

Mutuo C/ Interés: Art. 1870. Interés: compensación que el mutuario da al mutuante, en dinero o bienes. Rédito: si la cantidad es consistente en dinero y producto.

Arrendamiento

Arrendamiento: hay arrendamiento cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente, una a conceder el uso o goce temporal de una cosa y otra al pago de un precio cierto por ese uso o goce. Art. 1875.

Clasificación

  • Traslativo de uso
  • Principal
  • Bilateral
  • Oneroso
  • Conmutativo
  • Formal
  • Tracto sucesivo

Especies

  • Mercantil
  • Civil
  • Financiero
  • Administrativo

Obligaciones del Arrendatario

  1. Pagar precio cierto.
  2. Conservar la cosa.
  3. Indemnizar.
  4. Devolver.
  5. Restituir.

Derechos Especiales

  1. No pagar renta si se impide uso total.
  2. Reducción de renta por impedimento de uso parcial.
  3. Disminución de renta por vicios ocultos.
  4. Prórroga.

Obligaciones del Arrendador

  1. Conceder uso y goce temporal.
  2. Entregar la cosa.
  3. Garantizar uso pacífico.
  4. Responder a vicios o defectos ocultos.
  5. Obligaciones accesorias: pagar mejoras y dar preferencia de venta.

Terminación

  1. Por vencimiento de plazo.
  2. Convenio expreso.
  3. Nulidad.
  4. Por rescisión.
  5. Por confusión.
  6. Pérdida o destrucción total de la cosa por caso fortuito.
  7. Evicción.
  8. Extinción del usufructo.
  9. Concurso.

Comodato

Comodato: contrato por el que una persona llamada comodante se obliga a conceder a otra denominada comodatario, en forma gratuita y temporal, el uso de una cosa no consumible, en tanto este último adquiere el deber de restituirla individualmente al término del mismo.

Características

  • Traslativo de uso
  • Temporal
  • Crea un derecho personal
  • Su objeto material es un bien no fungible

Clasificación

  • Principal
  • Bilateral
  • Gratuito
  • Conmutativo
  • Tracto sucesivo
  • Personal

Obligaciones del Comodante

  1. Entregar la cosa.
  2. Reembolsar gastos que haya realizado el comodatario para conservar la cosa.
  3. Indemnizar por efectos que causen perjuicio.

Obligaciones del Comodatario

  1. Usar la cosa conforme a lo convenido.
  2. Conservarla.
  3. Entregar los frutos y accesorios que produzca la cosa.
  4. Dar aviso oportuno de gastos extraordinarios.
  5. Devolver individualmente la cosa una vez que el contrato termine.
  6. Realizar gastos ordinarios para conservación de la cosa.

Terminación

  1. Vencimiento de plazo fijado.
  2. Condición resolutoria.
  3. Por concluir finalidad de la cosa.
  4. Pérdida de la cosa.
  5. Dar uso distinto a los pactados.
  6. Que la cosa se deteriore y no pueda usarse.
  7. Por muerte de comodatario.

Depósito

Depósito: contrato en virtud del cual, el depositario, mediante una retribución, se obliga hacia el depositante a recibir una cosa mueble o inmueble y a guardarla para restituirla cuando este lo solicite. Art. 1972.

Clasificación

  • Bilateral
  • Oneroso
  • Obligacional
  • Consensual
  • Personal

Especies

  1. Civil: lo celebran particulares.
  2. Mercantil.
  3. Administrativo.
  4. Judicial.
  5. Bancario.

Obligaciones del Depositante

  1. Remunerar.
  2. Indemnizar.

Obligaciones del Depositario

  1. Recibir la cosa.
  2. Guardar y conservar la cosa.
  3. Restituir la cosa.

Terminación

  1. Vencimiento del plazo.
  2. Destrucción de la cosa.
  3. Desistimiento unilateral del depositante o depositario.

Mandato

Mandato: contrato por el que el mandatario se obliga a ejecutar a nombre y por cuenta del mandante o solo por su cuenta, los actos jurídicos que éste le encargue.

Clasificación

  • Principal
  • Bilateral
  • Oneroso
  • Consensual en oposición a formal
  • Tracto sucesivo
  • Personal

Especies

  1. General: cuando no existe limitación alguna.
  2. Especial: casos concretos.

Clasificación de Contratos

  1. Preparatorios.
  2. Traslativos de dominio.
  3. Traslativos de uso.
  4. Prestación de servicios.
  5. Con fin común.
  6. Aleatorios.
  7. De garantía.
  8. Que prevén o resuelven controversias.

Estructura

  1. Proemio: descripción breve del contrato.
  2. Antecedentes: define el estado de lo que se pretende celebrar.
  3. Declaraciones: manifestación de las partes.
  4. Cláusulas: parte medular que se necesita para formalizar el contrato.
  5. Cierre: fecha, firma de las partes y en cuántos juegos se suscribe el contrato.

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