Teorías sociológicas del derecho: Durkheim, Marx y Weber
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Émile Durkheim: El derecho como reflejo de la solidaridad social
Émile Durkheim, teórico consensualista y sistémico, considera los hechos sociales como objeto de estudio de la sociología. Para él, la conciencia colectiva, un conjunto de creencias y valores compartidos, posee una personalidad propia, que evoluciona según la época y el tipo de solidaridad social.
Durkheim argumenta que la división social del trabajo es crucial para comprender la cohesión social. En sociedades con poca división del trabajo (solidaridad mecánica), la conciencia colectiva es homogénea y el derecho es represivo, castigando severamente las transgresiones. En cambio, en sociedades con alta división del trabajo (solidaridad orgánica), la conciencia colectiva es más diversa y el derecho es restitutivo, buscando reparar el daño causado. El derecho, por lo tanto, refleja el tipo de solidaridad social.
Para Durkheim, derecho y moral van de la mano. Un derecho que contradice la moral social tiende a desaparecer. La solidaridad genera el derecho, no al revés. El derecho, al ser tangible, permite observar la solidaridad, que es intangible.
Karl Marx: El derecho como instrumento de la clase dominante
Karl Marx estudia los modos de producción a lo largo de la historia, centrándose en el capitalismo. Distingue entre estructura (medios de producción, fuerza de trabajo y la relación entre ambos) y superestructura (derecho y Estado). La estructura material determina la superestructura. Para Marx, derecho y Estado están estrechamente vinculados: el Estado sanciona el derecho, y el derecho legitima al Estado.
Marx sostiene que toda ley o norma tiene un aspecto ontológico (cómo es) e ideológico (cómo se justifica). La función ideológica, según Marx, es la predominante, ocultando la realidad de la dominación de clase. El derecho, por lo tanto, sirve a los intereses de la clase dominante.
Max Weber: El derecho y la racionalidad moderna
Max Weber, teórico de la acción, coincide con Marx en la importancia del capitalismo. Para Weber, la modernidad y el capitalismo impulsan una racionalidad jurídica progresiva. Esta racionalidad tiene dos elementos:
- Generalidad: Búsqueda de coherencia entre las normas.
- Sistematicidad: Conjunto de normas interrelacionadas.
Weber distingue entre racionalidad formal (leyes escritas, jurisprudencia y doctrina) y racionalidad material (aplicación del derecho en la práctica).