Teoría del Derecho: Von Wright, Hart y las Normas Jurídicas

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Teoría del Derecho: Von Wright y Hart

Von Wright

a) Ciencias formales: lógica, matemática (indican determinadas pautas, ausentes de contradicciones).

b) Ciencias fácticas: física, biología, química, historia (cada teoría da una visión de su perspectiva del mundo).

Distintos significados de Ley:

  1. Leyes de la naturaleza: expresan diferentes regularidades y algunas relaciones causales. Son descriptivas, son verdaderas o falsas.
  2. Leyes del Estado: no son ni verdaderas ni falsas. Prescriptivas. Dictadas por alguien para determinados destinatarios llamados sujetos normativos. Influyen en la conducta.
  3. Leyes de la lógica: leyes que se asemejan a las reglas de los juegos. Suministran un patrón por el que se juzga si la gente piensa correctamente o no.

Se puede distinguir mediante el contraste descriptivo/prescriptivo las normas de las que no son normas. El atributo "prescriptivo" nos da la clave para una caracterización general de las normas.

Tipos de normas:

  1. Reglas definitorias: reglas que definen una actividad, qué está permitido y qué no.
  2. Prescripciones (Ej: leyes del Estado)
  3. Normas directrices: medios para llegar a un fin
  4. Costumbres: no son dadas por ninguna autoridad, no están escritas, son hábitos repetidos.
  5. Principios morales
  6. Normas ideales: reglas que tienen más relación con el ser que con el hacer

Prescripciones (6):

  1. Carácter: el carácter de deber de las normas. Ordena, obliga, prohíbe.
  2. Contenido: →positivo (hacer algo) o →negativo (no hacer)
  3. Condición de aplicación: condición que tiene que darse para que exista oportunidad de hacer aquello dentro de la norma. →categóricas (ausencia de condición) →hipotéticas (hay condición)
  4. Autoridad: puede ser sujeto supraempírico (Dios) o empírico.personal (un individuo o conjunto de ellos). →impersonal (no está definido). →heterónomas (agente a otro). →autónomas (a sí mismo).
  5. Sujeto: a quién se dirige. →particular (individuo determinado) →general (a todos).
  6. Ocasión: al lugar/tiempo.particulargeneral. disyuntivamente (algunos miembros de la clase) conjuntivamente (todos)

Hart

Derecho compuesto por normas de diferente tipo. Interrelación entre reglas primarias y secundarias. Mundo prejurídico → Defectos reglas primarias: 1) impreciso al momento de determinar obligatoriedad. 2) cambian con más rapidez que las costumbres. 3) no está determinado quién tiene a su cargo el repudio a las acciones prohibidas. En remedio a la falta de certeza surge la regla de reconocimiento. Cumple la misma función que la norma fundamental. Necesidad de cambio de normas por una regla que individualice y autorice a una persona...

Hart dice que tanto las normas penales como las de potestades sirven como pautas de conducta y esto es lo que las hace reglas o normas que imponen deberes. Hart CRITICA la idea de reducir las normas. Supone considerar al orden jurídico desde el punto de vista del hombre malo, el hombre que ya ha infringido su deber. Hart también critica la idea de que la nulidad es una sanción. Reducir las normas deforma el Derecho, dice que el derecho es una unión de diferentes tipos de normas. Reglas primarias: reglas que prescriben a los individuos a realizar ciertos actos, lo quieran o no, estas reglas imponen. Son reglas primarias puesto que las secundarias infieren de ellas. Reglas secundarias: reglas que devienen de las primarias.

Tipos de reglas:

  1. Reglas de reconocimiento: reglas que sirven para identificar qué normas forman parte de un sistema jurídico y cuáles no.
  2. Reglas de cambio: procedimientos para que las reglas primarias cambien en el sistema (potestades a funcionarios)
  3. Reglas de adjudicación: reglas que dan competencia a ciertos individuos (jueces)

Problemas lógicos. Sistemas de enunciados:

  1. Descriptivo: describe o informa.
  2. Prescriptivos: buscan influir en la conducta

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