Suspensión y Extinción del Contrato de Trabajo: Tipos y Consecuencias Legales
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La Suspensión del Contrato de Trabajo
En el ámbito laboral, se distinguen los siguientes tipos de excedencias:
- Excedencia forzosa: Se concederá por la designación o elección de un cargo público.
- Excedencia voluntaria: Se concederá por circunstancias personales, siempre que el trabajador tenga una antigüedad de un año en la empresa. La duración mínima es de 4 meses y la máxima de 5 años.
- Excedencia por el nacimiento de un hijo: La duración no es superior a 3 años para atender al cuidado de cada hijo, ya sea por naturaleza o adopción. Durante el primer año tiene derecho a la reserva del puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva se refiere a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
- Excedencia por cuidado de familiares: La duración no es superior a 2 años para atender al cuidado de familiares hasta el segundo grado de parentesco por consanguinidad o afinidad.
La Extinción por Voluntad del Trabajador
Modalidades de Cese Voluntario
- La dimisión: Es la resolución del contrato por voluntad del trabajador sin alegar causa, pero realizando un preaviso. El preaviso puede ser verbal o escrito y con un mínimo de 15 días de antelación. No da derecho a prestaciones de desempleo.
- El abandono: Es la resolución del contrato por voluntad del trabajador sin alegar causa y sin preavisar. No da derecho a prestaciones de desempleo.
- Extinción causal: Es la resolución por voluntad del trabajador fundada en un incumplimiento previo del empresario. Las causas son las siguientes:
- Las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo que redunden en perjuicio de su formación profesional o menoscabo de su dignidad.
- La falta de pago o retraso continuado en el abono del salario pactado.
- Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario.
- Por decisión de la trabajadora que se vea obligada definitivamente a abandonar su puesto de trabajo como consecuencia de ser víctima de violencia de género.
La Extinción por Voluntad del Empresario
Despido Disciplinario
Se basa en un incumplimiento grave y culpable del trabajador (carácter subjetivo).
Forma y Procedimiento
Debe realizarse mediante una notificación por escrito al trabajador, en la que figuren los hechos que lo motivan, la fecha en que tendrá efectos y la causa legal alegada.
Efectos y Calificación Judicial
El trabajador tiene un plazo de 20 días hábiles para reclamar ante los tribunales. Los tribunales, en su sentencia, pueden declarar el despido como:
- Procedente: Cuando se acreditan las causas alegadas por el empresario.
- Improcedente: El empresario puede optar entre readmitir al trabajador y pagarle los salarios de tramitación, o abonar al trabajador una indemnización de 33 días de salario por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades, sin salarios de tramitación.
- Nulo: Tiene el efecto de la readmisión inmediata del trabajador y el abono de los salarios de tramitación devengados.