Suspensión y Extinción del Contrato de Trabajo: Derechos y Procedimientos

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Suspensión del Contrato de Trabajo

La suspensión del contrato ocurre cuando se interrumpen temporalmente las obligaciones asumidas por las partes por causas específicas:

  • Incapacidad temporal: hasta 12 meses.
  • Maternidad: 16 semanas, 18 con dos hijos.
  • Ejercicios de cargos públicos: 30 días, sin derecho a seguir cobrando salvo pacto.
  • Causas económicas, técnicas, organizativas o de fuerza mayor: contrato suspendido por iniciativa del empresario para mejorar la situación de la empresa.
  • Huelga: derecho del trabajador, pero no cobra ese día.

Excedencias Laborales

La excedencia sirve para que el trabajador pueda volver a su puesto una vez que transcurra la causa que dio origen a esta. Pueden ser:

  • Forzosa: concedida por el empresario por iniciativa propia o cuando el trabajador es elegido para un cargo público.
  • Voluntaria: la podrá solicitar el trabajador que lleve 1 año en la empresa y podrá durar entre 4 meses y 5 años.
  • Excedencia por cuidados familiares: periodo no superior a 3 años para cuidado de un hijo, no superior a 2 años para atender al cuidado de un familiar por razones de edad o enfermedad.

Trámites al Finalizar un Contrato

Al concluir la relación laboral, se deben realizar los siguientes trámites:

  • Comunicar al INEM con 10 días de antelación.
  • Baja de la Seguridad Social en un plazo de 6 días.
  • Comunicación a los representantes de los trabajadores.
  • Comunicación al trabajador.

Tipos de Extinciones de Contrato

Voluntad entre ambas partes

  • Mutuo acuerdo (finiquito).
  • Condición resolutoria expresada en el contrato.
  • Final de la duración pactada (8 días...).

Por voluntad del trabajador

  • Dimisión.
  • Abandono.
  • Resolución justificada (45 días de salario).

Extinción por voluntad del empresario (Despido)

  • Despido disciplinario: la empresa ofrece la indemnización correspondiente con la carta de despido.
  • Despido por causas objetivas: ineptitud, falta de asistencia... (20 días por año trabajado).
  • Despido por causas técnicas, organizativas, económicas o de producción: (20 días por año trabajado).
  • Despido por fuerza mayor: (20 días por año trabajado).

Impugnación del Despido

  • Despido procedente: cuando se demuestra el incumplimiento alegado por el empresario, se da la indemnización correspondiente y se extingue.
  • Despido improcedente: cuando no son probadas las causas del despido. Si se readmite al trabajador, se le deberá dar el salario de trámite; de lo contrario, 45 días por año de servicio.
  • Despido nulo: cuando el juez estime que ha sido discriminatorio, obliga a la empresa a readmitir al trabajador.

Otras Causas de Extinción

  • Desaparición del empresario persona física (indemnización de un mes de sueldo).
  • Desaparición del empresario como empresa (como despido colectivo).
  • Desaparición del trabajador (indemnización a herederos de 15 días de salario).

Reclamaciones Laborales

El proceso para realizar reclamaciones laborales incluye:

  • Conciliación previa.
  • Acto de juicio o vista oral.
  • Recursos.

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