Subrogación Empresarial: Obligaciones Laborales y de Seguridad Social en la Transmisión de Empresas

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Alcance de la Subrogación Empresarial: Obligaciones del Cesionario

Obligaciones Laborales

El cesionario queda subrogado en las obligaciones y derechos del cedente de la empresa. La negativa a subrogarse en estas obligaciones puede tener consecuencias legales, incluyendo el despido de los trabajadores afectados. La subrogación es esencial para la continuidad de la actividad empresarial. En caso de transmisión parcial, la subrogación se limitará al sector transmitido.

En el contexto de una transmisión de empresa declarada en concurso, el juez puede aceptar la posibilidad de no declarar al cesionario subrogado en todas las deudas pendientes de pago. Cualquier modificación sustancial de las condiciones laborales en la nueva empresa deberá comunicarse a los trabajadores con la suficiente antelación.

Homologación de Condiciones Derivadas de Convenio Colectivo

Respecto a la regulación de la actividad empresarial y las condiciones de los trabajadores, si el adquirente ya posee una empresa con actividad similar a la adquirida, el convenio colectivo de la empresa transmitida seguirá aplicándose hasta su expiración o la negociación de uno nuevo.

Para evitar la continuación de la aplicación del anterior convenio, se requiere un acuerdo de empresa en contrario entre ambas empresas, que deberá contener:

  • Estos acuerdos no podrán aplicarse hasta que haya finalizado la transmisión correctamente.
  • Deberán acordarlo los representantes de los trabajadores y la nueva empresa.

Obligaciones en Materia de Seguridad Social

La subrogación también implica obligaciones en materia de Seguridad Social. El adquirente tendrá la obligación de pagar a la Seguridad Social las cotizaciones correspondientes a la nueva empresa, siempre que no hayan transcurrido tres años desde la transmisión.

Transmisión de Empresa y Continuidad de los Órganos de Representación de los Trabajadores

La subrogación, en principio, no debería alterar la organización de la empresa adquirida. No obstante, pueden darse los siguientes casos:

  • En una transmisión parcial, el sector transmitido podría perder su estructura organizativa, ya que la representación de los trabajadores permanecerá en la empresa transmitente.
  • En caso de absorción de una empresa, los sectores absorbidos podrían no mantener su organización original, lo que podría llevar a una reestructuración de la plantilla.

Pactos entre Empresarios: Opciones del Trabajador

La subrogación es obligatoria para el empresario, pero no para el trabajador. Este último solo puede oponerse a la fusión o transmisión mediante su desistimiento o dimisión del contrato laboral.

Límites al Contenido de las Condiciones Contractuales

a) Las condiciones más beneficiosas no pueden ser contrarias a las disposiciones legales o convencionales.

El límite más importante y general es el de no suponer una contrariedad a las disposiciones legales o convencionales. Esto significa que ninguna condición laboral podrá ir en contra de los principios recogidos en la ley, reglamentos o convenios. Por ello, existen unos límites generales, que hacen referencia a las condiciones que normalmente pueden sufrir estas contrariedades, como son:

  • Límite a la igualdad de trato.
  • Límite a la autonomía individual y colectiva.
  • Límite para determinados aspectos concretos del contrato laboral.

b) Efectos de las cláusulas contractuales contrarias a las disposiciones convencionales.

Esto supone que ninguna cláusula del contrato laboral podrá ir en contra de las disposiciones legales. De lo contrario, resultarán nulas y deberán sustituirse por los preceptos legales correspondientes, teniendo que comparar el contrato laboral individual con el convenio colectivo aplicable.

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