Subjetividad y Ciudadanía: Comprendiendo la Relación entre Derechos y Deberes
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Subjetividad Demandante
La subjetividad demandante es una forma de relacionarse con lo público donde la persona:
- Se posiciona como alguien que solo exige. Reclama constantemente que “el Estado”, “los otros”, “la sociedad” le deben algo.
- Se enfoca en derechos sin reconocer deberes.
- No se piensa parte del proyecto colectivo, sino alguien externo que solo pide.
- Vive desde el lema: “yo no le debo nada a nadie; solo el Estado me debe a mí”.
Según Abad y Cantarell, este tipo de subjetividad:
- Se sostiene mediante fugas, que son excusas o discursos para no involucrarse.
- Construye la idea de que no puede participar o que “no es su responsabilidad”.
- Es reactiva: solo aparece cuando algo le molesta, pero no toma un rol activo.
Las fugas típicas son:
- Fuga al pasado: “todo tiempo pasado fue mejor”, el presente es imposible de cambiar.
- Fuga a los valores: “antes había valores, ahora todo está perdido”.
- Fuga a la interna: “siempre tengo un problema interno que me impide participar”.
- Fuga a los recursos: “no tengo nada, así que no puedo hacer nada”.
En resumen: es un modo de ser ciudadano donde se reclaman derechos pero no se asumen responsabilidades ni se participa.
Subjetividad Responsable
La subjetividad responsable es la forma de ser ciudadano donde la persona:
- Reconoce sus derechos, pero también se hace cargo de sus deberes.
- Se entiende a sí misma como parte activa de la sociedad.
- Participa, colabora y aporta a lo público con los recursos que tenga.
- No se queda en la queja: actúa, dialoga y construye con otros.
- Tiene un rol activo: busca transformar lo común.
Esta subjetividad:
- Implica ética de la responsabilidad: hacerse cargo de lo que a uno le toca.
- No se desentiende: intenta usar las herramientas que tiene para participar.
- Rompe con las fugas demandantes, porque entiende que si no participa, nada cambia.
En resumen: es una subjetividad comprometida, constructiva, transformadora y orientada al bien común.
Ciudadanía Restringida
Es una forma limitada de entender la ciudadanía, basada casi exclusivamente en la relación con la ley.
Características:
- Se centra en conocer y reclamar los propios derechos.
- Aparece sobre todo en situaciones de vulneración o conflicto legal.
- Es defensiva y reactiva: la persona se mueve solo cuando siente que le están quitando algo.
- No implica una participación activa en la vida pública.
- Se relaciona con el Estado como si fuera solo un “garante de derechos”.
Es un avance importante que la gente conozca sus derechos, pero:
Se queda corta porque la ciudadanía no se agota en lo jurídico.
En resumen: es ciudadanía basada en derechos pero sin participación; es mínima.
Ciudadanía Ampliada (o participativa/política)
Esta es una ciudadanía más rica y completa.
Características:
- No se queda solo en defender derechos: también se involucra en lo colectivo.
- Es transformadora: actúa, discute, propone, participa.
- Considera lo político en un sentido amplio: no solo gobiernos, sino toda acción en la que los ciudadanos construyen lo común.
- Implica responsabilidad hacia afuera, hacia los otros.
- Integra lo social, lo económico, lo cultural, lo comunitario.
- La persona se entiende a sí misma como sujeto político, parte de la sociedad.
Es una ciudadanía:
- Activa, no pasiva.
- Constructiva, no solo defensiva.
- Participativa, no aislada.
En resumen: es ciudadanía que construye, transforma y participa en el espacio público.
Ciudadanía: este concepto implica pertenecer a una nación, un Estado, una sociedad y es también un conjunto de derechos y obligaciones, pero también es una práctica, es decir, es detentar derechos pero además ejercerlos; por lo tanto, debe existir la posibilidad de ejercerlos; la ciudadanía también conlleva a tener obligaciones, cumplirlas y poder cumplirlas.