Subjetividad y Ciudadanía: Comprendiendo la Relación entre Derechos y Deberes

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Subjetividad Demandante

La subjetividad demandante es una forma de relacionarse con lo público donde la persona:

  • Se posiciona como alguien que solo exige. Reclama constantemente que “el Estado”, “los otros”, “la sociedad” le deben algo.
  • Se enfoca en derechos sin reconocer deberes.
  • No se piensa parte del proyecto colectivo, sino alguien externo que solo pide.
  • Vive desde el lema: “yo no le debo nada a nadie; solo el Estado me debe a mí”.

Según Abad y Cantarell, este tipo de subjetividad:

  • Se sostiene mediante fugas, que son excusas o discursos para no involucrarse.
  • Construye la idea de que no puede participar o que “no es su responsabilidad”.
  • Es reactiva: solo aparece cuando algo le molesta, pero no toma un rol activo.

Las fugas típicas son:

  1. Fuga al pasado: “todo tiempo pasado fue mejor”, el presente es imposible de cambiar.
  2. Fuga a los valores: “antes había valores, ahora todo está perdido”.
  3. Fuga a la interna: “siempre tengo un problema interno que me impide participar”.
  4. Fuga a los recursos: “no tengo nada, así que no puedo hacer nada”.

En resumen: es un modo de ser ciudadano donde se reclaman derechos pero no se asumen responsabilidades ni se participa.

Subjetividad Responsable

La subjetividad responsable es la forma de ser ciudadano donde la persona:

  • Reconoce sus derechos, pero también se hace cargo de sus deberes.
  • Se entiende a sí misma como parte activa de la sociedad.
  • Participa, colabora y aporta a lo público con los recursos que tenga.
  • No se queda en la queja: actúa, dialoga y construye con otros.
  • Tiene un rol activo: busca transformar lo común.

Esta subjetividad:

  • Implica ética de la responsabilidad: hacerse cargo de lo que a uno le toca.
  • No se desentiende: intenta usar las herramientas que tiene para participar.
  • Rompe con las fugas demandantes, porque entiende que si no participa, nada cambia.

En resumen: es una subjetividad comprometida, constructiva, transformadora y orientada al bien común.

Ciudadanía Restringida

Es una forma limitada de entender la ciudadanía, basada casi exclusivamente en la relación con la ley.

Características:

  • Se centra en conocer y reclamar los propios derechos.
  • Aparece sobre todo en situaciones de vulneración o conflicto legal.
  • Es defensiva y reactiva: la persona se mueve solo cuando siente que le están quitando algo.
  • No implica una participación activa en la vida pública.
  • Se relaciona con el Estado como si fuera solo un “garante de derechos”.

Es un avance importante que la gente conozca sus derechos, pero:

Se queda corta porque la ciudadanía no se agota en lo jurídico.

En resumen: es ciudadanía basada en derechos pero sin participación; es mínima.

Ciudadanía Ampliada (o participativa/política)

Esta es una ciudadanía más rica y completa.

Características:

  • No se queda solo en defender derechos: también se involucra en lo colectivo.
  • Es transformadora: actúa, discute, propone, participa.
  • Considera lo político en un sentido amplio: no solo gobiernos, sino toda acción en la que los ciudadanos construyen lo común.
  • Implica responsabilidad hacia afuera, hacia los otros.
  • Integra lo social, lo económico, lo cultural, lo comunitario.
  • La persona se entiende a sí misma como sujeto político, parte de la sociedad.

Es una ciudadanía:

  • Activa, no pasiva.
  • Constructiva, no solo defensiva.
  • Participativa, no aislada.

En resumen: es ciudadanía que construye, transforma y participa en el espacio público.

Ciudadanía: este concepto implica pertenecer a una nación, un Estado, una sociedad y es también un conjunto de derechos y obligaciones, pero también es una práctica, es decir, es detentar derechos pero además ejercerlos; por lo tanto, debe existir la posibilidad de ejercerlos; la ciudadanía también conlleva a tener obligaciones, cumplirlas y poder cumplirlas.

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