Sociedad Limitada vs. Sociedad Anónima: Claves para Elegir la Forma Jurídica de tu Empresa
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Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L. / S.R.L.)
Es una sociedad capitalista. Su capital está dividido en participaciones, y la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado.
Características Principales
- Mínimo de socios: 1 socio.
- Capital mínimo: 3.000€, totalmente desembolsado en el momento de la constitución.
- Transmisión de participaciones: Existen limitaciones a la transmisión de participaciones, que deben ser aprobadas en la Junta General.
- Denominación social: Nombre elegido + S.L. o S.R.L.
Órganos de Gobierno
- Junta General: Es el órgano supremo donde se reúnen todos los socios para controlar la gestión social, aprobar las cuentas anuales, decidir sobre la distribución de beneficios, etc.
- Administradores: Pueden ser socios o no. Son los encargados de gestionar y representar a la sociedad, rindiendo cuentas de su gestión a la Junta General.
Derechos de los Socios
- Participación en los beneficios.
- Derecho a voto en la Junta General.
- Derecho a información sobre la gestión de la sociedad.
- Derecho de adquisición preferente de nuevas participaciones.
Ventajas e Inconvenientes
Ventajas
- Ideal para empresas familiares y pequeños proyectos.
- La responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado.
Inconvenientes
- Limitación a la transmisión de participaciones.
- Las ampliaciones de capital pueden ser más complejas, lo que puede restringir su crecimiento.
Sociedad Anónima (S.A.)
Es una sociedad capitalista. Su capital está dividido en acciones, y la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado.
Características Principales
- Mínimo de socios: 1 socio.
- Capital mínimo: 60.000€, desembolsado al menos un 25% en el acto de constitución.
- Acciones: Cada socio posee un número de acciones proporcional a su aportación.
- Denominación social: Nombre elegido + S.A.
Órganos de Gobierno
- Junta General de Accionistas: Es el órgano supremo de la sociedad donde los accionistas deliberan y votan sobre los asuntos más importantes de la empresa. Se distinguen tres tipos:
- Ordinaria: Se reúne en los seis primeros meses del año para valorar la gestión social, aprobar las cuentas anuales y decidir sobre la aplicación de resultados.
- Extraordinaria: Convocada para tratar asuntos urgentes que requieren aprobación inmediata.
- Universal: Se celebra cuando, estando todos los accionistas presentes o representados, deciden por unanimidad constituir la junta y tratar cualquier asunto.
- Consejo de Administración: Es el órgano de gestión y representación de la sociedad, cuyos miembros son elegidos por la Junta General de Accionistas.
Las Acciones
Las acciones representan partes alícuotas del capital social. Pueden materializarse como títulos o anotaciones en cuenta, y pueden ser nominativas o al portador.
Derechos de los Accionistas
- Derecho a participar en el reparto de beneficios (dividendos).
- Derecho de adquisición preferente de nuevas acciones en ampliaciones de capital.
- Derecho a voto en la Junta General.
- Derecho a recibir información sobre la gestión de la sociedad.
Ventajas e Inconvenientes
Ventajas
- Gran facilidad para la transmisión de acciones, lo que favorece la liquidez de la inversión.
- Mayor facilidad para la captación de recursos financieros a gran escala.
- Favorece la separación entre propiedad y gestión, permitiendo una administración profesionalizada.
- Mayor facilidad de crecimiento y expansión para la empresa.
Inconvenientes
- Posibles conflictos entre administradores y accionistas debido a diferentes objetivos o intereses.
- Los accionistas minoritarios no siempre disponen de información suficiente o influencia sobre la gestión de los directivos.
- Mayor complejidad en su constitución y gestión administrativa.