Sociedad Limitada vs. Sociedad Anónima: Claves para Elegir la Forma Jurídica de tu Empresa

Enviado por Chuletator online y clasificado en Economía

Escrito el en español con un tamaño de 4,44 KB

Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L. / S.R.L.)

Es una sociedad capitalista. Su capital está dividido en participaciones, y la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado.

Características Principales

  • Mínimo de socios: 1 socio.
  • Capital mínimo: 3.000€, totalmente desembolsado en el momento de la constitución.
  • Transmisión de participaciones: Existen limitaciones a la transmisión de participaciones, que deben ser aprobadas en la Junta General.
  • Denominación social: Nombre elegido + S.L. o S.R.L.

Órganos de Gobierno

  • Junta General: Es el órgano supremo donde se reúnen todos los socios para controlar la gestión social, aprobar las cuentas anuales, decidir sobre la distribución de beneficios, etc.
  • Administradores: Pueden ser socios o no. Son los encargados de gestionar y representar a la sociedad, rindiendo cuentas de su gestión a la Junta General.

Derechos de los Socios

  • Participación en los beneficios.
  • Derecho a voto en la Junta General.
  • Derecho a información sobre la gestión de la sociedad.
  • Derecho de adquisición preferente de nuevas participaciones.

Ventajas e Inconvenientes

Ventajas

  • Ideal para empresas familiares y pequeños proyectos.
  • La responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado.

Inconvenientes

  • Limitación a la transmisión de participaciones.
  • Las ampliaciones de capital pueden ser más complejas, lo que puede restringir su crecimiento.

Sociedad Anónima (S.A.)

Es una sociedad capitalista. Su capital está dividido en acciones, y la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado.

Características Principales

  • Mínimo de socios: 1 socio.
  • Capital mínimo: 60.000€, desembolsado al menos un 25% en el acto de constitución.
  • Acciones: Cada socio posee un número de acciones proporcional a su aportación.
  • Denominación social: Nombre elegido + S.A.

Órganos de Gobierno

  • Junta General de Accionistas: Es el órgano supremo de la sociedad donde los accionistas deliberan y votan sobre los asuntos más importantes de la empresa. Se distinguen tres tipos:
    • Ordinaria: Se reúne en los seis primeros meses del año para valorar la gestión social, aprobar las cuentas anuales y decidir sobre la aplicación de resultados.
    • Extraordinaria: Convocada para tratar asuntos urgentes que requieren aprobación inmediata.
    • Universal: Se celebra cuando, estando todos los accionistas presentes o representados, deciden por unanimidad constituir la junta y tratar cualquier asunto.
  • Consejo de Administración: Es el órgano de gestión y representación de la sociedad, cuyos miembros son elegidos por la Junta General de Accionistas.

Las Acciones

Las acciones representan partes alícuotas del capital social. Pueden materializarse como títulos o anotaciones en cuenta, y pueden ser nominativas o al portador.

Derechos de los Accionistas

  • Derecho a participar en el reparto de beneficios (dividendos).
  • Derecho de adquisición preferente de nuevas acciones en ampliaciones de capital.
  • Derecho a voto en la Junta General.
  • Derecho a recibir información sobre la gestión de la sociedad.

Ventajas e Inconvenientes

Ventajas

  • Gran facilidad para la transmisión de acciones, lo que favorece la liquidez de la inversión.
  • Mayor facilidad para la captación de recursos financieros a gran escala.
  • Favorece la separación entre propiedad y gestión, permitiendo una administración profesionalizada.
  • Mayor facilidad de crecimiento y expansión para la empresa.

Inconvenientes

  • Posibles conflictos entre administradores y accionistas debido a diferentes objetivos o intereses.
  • Los accionistas minoritarios no siempre disponen de información suficiente o influencia sobre la gestión de los directivos.
  • Mayor complejidad en su constitución y gestión administrativa.

Entradas relacionadas: