Sociedad, Conflicto y Orígenes del Derecho Penal: Una Perspectiva Crítica

Enviado por Chuletator online y clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 4,02 KB

Una Sociedad de Conflicto: La Perspectiva Conflictivista

La sociedad se concibe como una puja de intereses. Existen bienes, pero su distribución no es común para todos sus miembros. La ley, en consecuencia, es también producto de esta puja, ya que cada actor responde a intereses particulares (políticos, económicos, ideológicos, partidarios). Desde esta perspectiva, los "desviados" son el resultado de esta misma lucha de intereses.

Evolución del Sistema Penal: La Confiscación del Conflicto

Lo que ha marcado al Derecho Penal a lo largo del tiempo son los avances y retrocesos en la confiscación de los conflictos por parte del poder. Esto ha generado tres modelos principales de sistema penal:

  1. Modelo Disputatorio (Disputatium): Se centra en el conflicto entre las partes. El poder estatal considera que la resolución debe quedar en manos de los involucrados, quienes establecen sus propias reglas. Este modelo prioriza la autonomía de la voluntad para solucionar la disputa.
  2. Modelo Inquisitivo (Inquisitio): Opuesto al modelo disputatorio, es de naturaleza vertical. Se reconoce la figura de un soberano (Rey, Estado, Pueblo) a quien le interesa el delito porque lo considera un daño contra sí mismo. La víctima es relegada a un papel secundario y se le "confisca" el conflicto, ya que su resolución pasa a ser un interés estatal. Un ejemplo contemporáneo es la actuación de los fiscales, quienes asumen la titularidad de la acción penal en nombre del Estado. Este sistema busca sostener una ética social de manera arbitraria.
  3. Modelo Dialoguista: Este modelo busca que los conflictos se resuelvan de la manera más dialogada posible, promoviendo alternativas a la punición tradicional a través del diálogo y la mediación.

El Proceso de Criminalización

Criminalización Primaria

Una conducta está criminalizada primariamente cuando una ley la define formalmente como delito.

Criminalización Secundaria

Es la acción punitiva que se ejerce concretamente sobre las personas. Esta acción es llevada a cabo por las agencias del sistema penal (policía, sistema judicial, etc.) y se caracteriza por ser selectiva. Generalmente, afecta a las personas más vulnerables que encuadran en el estereotipo criminal.

El Derecho Penal, en su función reductora, debe tener como objetivo limitar esta selectividad criminalizante cuando es irracional e ilegítima.

Perspectiva Histórica del Delito y el Poder Punitivo

El concepto de delito surgió cuando el ser humano, viviendo en sociedad, transgredió o violó aquellos principios considerados fundamentales en cada época. Como respuesta a estas transgresiones, aparecieron diversas formas de pena, convirtiéndose en el elemento diferencial y típico del Derecho Penal.

El Malleus Maleficarum: El Acto Fundacional

Un acto considerado fundacional para el Derecho Penal moderno, donde se puede rastrear su origen, es la publicación del Malleus Maleficarum (o Martillo de las Brujas) en 1487, escrito por Heinrich Kramer y Jacob Sprenger. Este texto es considerado una de las primeras legislaciones sistemáticas en materia penal y en él se plasma de forma explícita el ejercicio del poder punitivo.

La racionalidad de la época, dominada por la Inquisición, se basaba en la confusión entre pecado y delito. Al considerar el delito como un pecado que atentaba contra la fe, se justificaba su "extirpación". El Malleus funcionó como el programa para llevar a cabo esta tarea, utilizando la tortura y la confesión como medios de prueba principales.

Este sistema se centró en la persecución de la herejía, representada principalmente en las mujeres. Ellas fueron las primeras víctimas masivas del poder punitivo, ya que se las consideraba encargadas de la transmisión generacional de la cultura y las costumbres, un rol que la Iglesia buscaba monopolizar.

Entradas relacionadas: