Sistemas de Vigilancia en Salud Pública

Enviado por Chuletator online y clasificado en Formación y Orientación Laboral

Escrito el en español con un tamaño de 4,71 KB

Vigilancia de Salud Pública

La vigilancia de salud pública es el seguimiento y recogida sistemática, análisis e interpretación de los datos necesarios para planificar, implementar y evaluar la práctica de salud pública. El eslabón final de la cadena de vigilancia es la aplicación de los datos al control y prevención de las enfermedades y accidentes.

Objetivos de la Vigilancia

  • Identificar los problemas de salud en una población.
  • Investigar y analizar los datos recogidos.
  • Orientar las intervenciones en salud pública.
  • Evaluar los resultados de los programas de salud.

Sistema de Vigilancia (Sistema de Información Sanitario - SIS)

El Sistema de Vigilancia, también conocido como Sistema de Información Sanitario (SIS), es el sistema encargado de recoger y procesar toda la información necesaria para, tras una posterior recuperación de la misma, poder realizar los estudios y análisis que posibiliten la planificación, gestión y evaluación de las actuaciones.

Requisitos de un SIS

  • Resultar sencillo.
  • Manejar el número justo de datos.
  • Ser ágil y rápido.
  • Ha de ser lo más exacto y fiable posible.
  • Ha de utilizar las tecnologías más adecuadas.
  • Ser de bajo costo inicial y funcionamiento.

Métodos de Recogida de Información

Métodos Pasivos

Recogen la información de los casos que se atienden en los centros, como el EDO (Enfermedades de Declaración Obligatoria) o el CMBD (Conjunto Mínimo Básico de Datos). Esta información es procesada y utilizada posteriormente como base para realizar estudios de gestión, económicos, epidemiológicos, etc.

Métodos Activos

El personal encargado de la vigilancia ha de ir en busca de los datos requeridos para su estudio. Es el caso de encuestas y cuestionarios. Son más costosos.

Vigilancia de las Enfermedades Transmisibles

La vigilancia de las enfermedades transmisibles se realizará a través de la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica. Esta red se origina a partir del Decreto 2210/1995 de 28 de diciembre, con la misión de crear un sistema de información para la vigilancia y control de las enfermedades transmisibles en nuestro país. Comienza en las consultas médicas y laboratorios.

Boletín Epidemiológico Semanal

En el Boletín Epidemiológico Semanal se exponen los casos declarados de la lista de enfermedades.

Red de Vigilancia Epidemiológica de la UE

La Red de Vigilancia Epidemiológica de la UE se encarga de recoger de forma permanente la información relativa a la vigilancia epidemiológica de un cierto número de enfermedades contagiosas graves y de coordinar de manera eficaz las medidas de control para proteger a la población, estableciendo un sistema de cooperación estrecha entre los estados miembros.

Se ha de poner de acuerdo en:

  • Qué enfermedades han de abarcar.
  • Criterios para la elección.
  • Qué tipo de datos e informaciones se van a recoger.

Niveles de Activación de la Red UE

  • Intercambio de información.
  • Amenaza en potencia.
  • Amenaza confirmada.

Líneas de Política Comunitaria en Salud

Las Líneas de Política Comunitaria buscan:

  • Mejorar a fin de fomentar la salud pública.
  • Reaccionar rápidamente ante las amenazas para la salud.
  • Abordar los factores determinantes de la salud mediante la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades.

Vigilancia Internacional de Salud

Existen organizaciones que cooperan e intervienen de distintas maneras a favor de la salud a nivel internacional, pero la OMS (Organización Mundial de la Salud) es la máxima representante. Con 194 miembros, la OMS tiene la función de promover y realizar investigación en el campo de la salud.

Funciones de los Centros Colaboradores de la OMS

  • Normalización de la terminología y la nomenclatura.
  • Intercambio de información de distinto tipo.
  • Servicios relacionados con el programa mundial de vigilancia epidemiológica.
  • Colaboración en investigación.
  • Formación, en especial en investigación.

Reglamento Sanitario Internacional

El Reglamento Sanitario Internacional establece:

  • Presentar informes para notificar la aparición de casos de enfermedades declarables.
  • Normas preventivas de rutina en puertos y aeropuertos.
  • Certificados de vacunación.

Entradas relacionadas: