Sistema Tributario Español: Impuestos Estatales, Autonómicos y Locales

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Sistema Tributario Español: Impuestos Estatales

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

    Grava la totalidad de la renta obtenida por una persona física residente en territorio español. Incluye rendimientos del trabajo, del capital mobiliario e inmobiliario, de actividades económicas y las ganancias o pérdidas patrimoniales.

    Aunque está gestionado por la AEAT, el 50% de la recaudación está cedido a las comunidades autónomas.

  • Impuesto sobre Sociedades (IS)

    Es un impuesto estatal para las personas jurídicas y comunidades de bienes sujetas a este impuesto. Puede decirse que todas las sociedades, excepto las sociedades civiles sin objeto mercantil, están sujetas a este impuesto.

  • Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR)

    Grava la renta obtenida en territorio español por personas físicas y jurídicas no residentes, con o sin establecimiento permanente. A diferencia del IRPF o el IS, no grava la renta en su totalidad, sino de forma separada y con distintos tipos de gravamen.

  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD)

    Este impuesto grava el tráfico entre particulares, a diferencia del IGIC que grava el tráfico empresarial.

    • Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO)

      Grava, a cargo del adquirente, las transmisiones de bienes y derechos, y la constitución de derechos reales.

    • Operaciones Societarias (OS)

      Grava la constitución, ampliación, aumento o disminución de capital y la disolución de la sociedad, así como el cambio de domicilio social.

    • Actos Jurídicos Documentados (AJD)

      Grava determinados documentos notariales, mercantiles y administrativos. Su gestión y recaudación están cedidas a las comunidades autónomas.

  • Impuestos Especiales

    Constituyen impuestos sobre consumos específicos. En Canarias se grava el consumo de:

    • Alcohol y bebidas derivadas, el consumo de cervezas y productos intermedios.
    • Impuesto sobre Matriculación de Vehículos.
    • Impuesto sobre la Electricidad.
    • Impuesto sobre las Primas de Seguro.
  • Impuestos Aduaneros

    Grava la importación y exportación de productos en los territorios aduaneros de la Unión Europea. Es gestionado por la AEAT, aunque es un impuesto propio de la Unión Europea.

Sistema Tributario Canario: Impuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias

  • Tributos Derivados del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias

    Financian a las Haciendas Canarias, Comunidades Autónomas, Cabildos y Ayuntamientos.

    • Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)

      Es un impuesto estatal cedido a las Haciendas Canarias que grava el tráfico empresarial de bienes y servicios. Es un impuesto sobre el volumen de ventas y también un impuesto plurifásico que se aplica en la fabricación, comercio mayorista y en la importación de bienes cuya finalidad es el consumo final de esos productos.

      El IGIC se aplica en dos modalidades de hechos imponibles:

      • En las operaciones interiores, con las entregas de bienes y prestaciones de servicios.
      • En las importaciones.
    • Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias (AIEM)

      Grava en fase única la producción de bienes corporales y la importación de esos mismos bienes en Canarias. En la práctica, solamente se somete a imposición la importación de bienes corporales sujetos al arbitrio, ya que los bienes producidos en Canarias quedan exentos.

  • Impuestos Propios de la Comunidad Autónoma de Canarias

    Destinados a financiar exclusivamente a la Comunidad Autónoma de Canarias.

    • Impuesto sobre Combustibles Derivados del Petróleo

      Se exige únicamente con ocasión de la venta del producto por el comerciante mayorista.

    • Impuesto sobre las Labores del Tabaco

      Se exige concretamente con ocasión de las ventas realizadas por los fabricantes de tabaco en las islas y también con ocasión de la importación.

Tributos Locales

  • Impuestos Obligatorios

    Deben ser aplicados por todos los ayuntamientos, como:

    • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

      Grava la titularidad de bienes inmuebles.

    • Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

      Grava el mero ejercicio de la actividad económica, con independencia de que genere beneficios o pérdidas, o se realice en un local o no.

    • Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (AVTM)

      Grava la titularidad de vehículos para circular por las vías públicas, cualquiera que sea su clase y categoría.

  • Impuestos Facultativos

    Se aplican en los ayuntamientos que hayan decidido su imposición.

    • Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)

      Se exige dentro del municipio por la realización de cualquier obra, instalación o construcción que exija licencia urbanística.

    • Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

      Grava la plusvalía procedente de los inmuebles de naturaleza urbana, ya sea a título oneroso o lucrativo.

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