Sistema Tributario: Conceptos Clave y Tipos de Impuestos

Enviado por Chuletator online y clasificado en Economía

Escrito el en español con un tamaño de 4,89 KB

Tributos

Tributos: son los ingresos públicos más importantes del presupuesto del estado. Son obligatorios para los contribuyentes y su finalidad es obtener los recursos necesarios para financiar el gasto o controlar la actividad económica.

Clasificación

  • Tasas: prestaciones de dinero hechas a un ente público en contraprestación de un servicio o por la realización de una actividad que proporciona un beneficio al usuario (ejemplo: matrícula universitaria).
  • Contribuciones especiales: tributos que gravan los ingresos públicos. Están relacionados con el aumento de valor de los bienes como consecuencia de servicios. Se ingresan en un ente público por parte de un particular. El beneficio es para toda la colectividad.
  • Impuestos: pagos exigidos por la administración pública sin que haya una contraprestación directa para el contribuyente, no hay destino concreto para este dinero. Los impuestos se dividen en:
    • Directos: recaen directamente sobre las personas o empresas ya sea por la obtención de un beneficio o uso de un bien.
    • Indirectos: repercuten en la economía de una persona gravando el consumo de bienes y servicios así como las transmisiones.

Gestionamiento

  • Estatal: el gobierno de España recauda los impuestos y decide su destino a través de Hacienda.
  • Local: quienes recaudan los impuestos son los ayuntamientos de pueblos y ciudades.

Elementos

  • Hecho imponible a un impuesto: formado por las circunstancias previstas en la ley que originan un conjunto de situaciones donde se aplica la norma tributaria (ejemplo: renta).
  • Base imponible: cantidad sobre la cual se aplica el tipo impositivo y se expresa en dinero (ejemplo: factura).
  • Base liquidable: cantidad que resulta de restar las cantidades que la ley permite a la base imponible. Si no existen, las bases coinciden.
  • Tipo impositivo: % que se aplica a la base liquidable o imponible. Si el impuesto es proporcional el impositivo es constante independiente de la base imponible; si es progresivo aumentan los dos.
  • Cuota tributaria: resultado de aplicar el tipo impositivo a la base, podría ser la cantidad a ingresar si no hubiera bonificaciones o recargos.
  • Deuda tributaria: cantidad que se debe ingresar, resultado de sumar o restar bonificaciones o recargos a la cuota tributaria.
  • Contribuyente: persona física o jurídica sobre la que recae el impuesto.
  • Sujeto Pasivo: persona física o jurídica que queda obligada a cumplir prestaciones tributarias y obligaciones materiales. Pueden coincidir con el contribuyente.

Impuesto Directo

IRPF

Es un tributo de carácter personal, directo y progresivo que grava la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales. Se divide en:

  • Rendimiento de trabajo
  • Rendimiento del capital inmobiliario
  • Rendimiento del capital mobiliario
  • Rendimiento de actividad económica
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales

Los rendimientos de las actividades económicas son aquellos que derivan del trabajo personal y el capital, juntos o separados, que tienen como finalidad intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios. La liquidación se realiza anualmente durante los meses de mayo y junio. Se realizan pagos a cuenta cada vez que se obtienen los rendimientos.

IS

Es un impuesto directo que grava los beneficios empresariales. Es un impuesto proporcional, siendo el tipo general el 25%.

Impuesto Indirecto

IVA

El valor añadido es la diferencia entre el valor de los bienes producidos y el coste de materias primas y otros bienes intermedios. Es un tributo indirecto que recae sobre el consumo y grava las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuados por empresarios y profesionales, adquisiciones intracomunitarias de bienes e importaciones de bienes hechas por empresarios o particulares. Algunas operaciones están exentas como la sanidad o enseñanza y algunos gastos. Las empresas y los profesionales lo soportan cuando pagan los bienes y servicios y repercuten cuando cobran el producto o prestan sus servicios. La función es la de intermediarios entre sus proveedores y clientes, el consumidor es quien soporta el impuesto. IVA repercutido - IVA soportado = IVA a ingresar o a devolver.

Tipos Impositivos

  • Superreducido 4%: para artículos de 1ª necesidad.
  • Reducido 10%: para transportes, viviendas, alimentos.
  • General 21%: resto de bienes y servicios.

Entradas relacionadas: