El Sistema de la Seguridad Social Española: Regímenes, Prestaciones y Acción Protectora

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La Seguridad Social (SS): Concepto y Alcance

La Seguridad Social es un servicio público que garantiza la protección frente a contingencias y/o riesgos a las personas que tienen derecho a ella. Tienen derecho a esta protección tanto los ciudadanos españoles como los extranjeros que trabajen en España.

Regímenes de la Seguridad Social

El sistema se estructura en diferentes regímenes:

  1. Régimen General: Incluye a la mayor parte de los trabajadores por cuenta ajena. También abarca colectivos específicos como deportistas profesionales, artistas y representantes de comercio.
  2. Regímenes Especiales: Diseñados para colectivos profesionales específicos. Ejemplos: trabajadores del mar, autónomos, minería del carbón, funcionarios, agrario y empleados del hogar.

Tipos de Prestaciones

Una prestación es el dinero que entrega la Seguridad Social para prevenir o cubrir riesgos:

  1. Prestación Contributiva: Cantidad económica entregada a los trabajadores que han cotizado el tiempo mínimo requerido. Se destina al trabajador o a sus familiares.
  2. Prestación No Contributiva: Dirigida a personas que no han cotizado o no han alcanzado el periodo mínimo de cotización. Ejemplos: jubilación no contributiva, asistencia sanitaria y subsidio por desempleo (420 €/mes).

La Acción Protectora de la Seguridad Social

Un trabajador tendrá derecho a la prestación si está afiliado y dado de alta en el Régimen correspondiente.

1. Asistencia Sanitaria

Consiste en recibir servicios médicos y farmacéuticos, recuperación física, prótesis y ortopedia.

Requisitos para beneficiarios asimilados

Los familiares y asimilados deben convivir con el titular y no tener rentas superiores al doble del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

2. Prestación por Nacimiento y Cuidado del Menor (Maternidad y Adopción)

Cubre la maternidad, adopción y acogimiento (menores de 6 años, menores discapacitados o en situación de exclusión social). Se benefician los trabajadores por cuenta ajena y autónomos.

Duración y Cuantía

  • Tienen derecho a un descanso de 16 semanas (4 meses) si están afiliados y dados de alta en el Régimen General de la SS.
  • La prestación económica es el 100 % de la Base Reguladora (BR).
  • Las 16 semanas son ampliables 2 semanas por hijo.
  • Distribución (según normativa citada): 6 semanas son obligatorias para la madre después del parto, y el padre puede disfrutar de las otras 10.

Periodos Mínimos de Cotización Requeridos

El periodo mínimo de cotización varía en función de la edad del trabajador:

  • Trabajadores menores de 21 años: No necesitan un periodo mínimo de cotización.
  • Entre 21 y 26 años: Mínimo 90 días cotizados dentro de los 7 años anteriores al parto, o 180 días cotizados en toda la vida laboral.
  • Mayores de 26 años: Mínimo 180 días cotizados dentro de los 7 años anteriores al parto, o 360 días cotizados en toda la vida laboral.

3. Riesgo Durante el Embarazo

Dirigida a futuras madres cuyo puesto de trabajo suponga un riesgo para el embarazo o la salud del feto. El procedimiento de actuación es el siguiente:

  1. Primero, se le ajusta el puesto de trabajo.
  2. Segundo, se le busca otro puesto dentro de la empresa.
  3. Si ninguna opción funciona, se concede la baja laboral.

La trabajadora cobrará el 100% de la Base Reguladora (BR).

4. Prestación por Paternidad (Régimen anterior)

El derecho reconocido era de 13 días, ampliables a 2 días adicionales por cada hijo en caso de parto múltiple.

Requisitos

Se beneficiaban los afiliados, dados de alta y aquellos que tuvieran 180 días cotizados en los 7 años anteriores al parto o 360 días cotizados en la vida laboral.

El beneficiario cobraba el 100% de la Base Reguladora (BR).

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